García Fernández Abogados
Zaragoza
GUÍA LEGALTICA
Para estudiar en España más de 90 días necesitas una autorización de estancia por estudios: se pide en el consulado al menos dos meses antes de empezar y exige plaza en un centro reconocido, seguro médico y 600 € al mes de medios económicos (el 100 % del IPREM en 2026), sin contar la matrícula. En estudios superiores puedes trabajar hasta 30 horas a la semana sin pedir otro permiso y, si ya estás legalmente en España, puedes pedirla aquí sin volver a tu país. Al terminar, puedes pasar a residencia y trabajo o quedarte hasta 24 meses buscando empleo.
LA GUÍA · LECTURA COMPLETA
El Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024, en vigor desde el 20 de mayo de 2025) llama a esta figura «estancia de larga duración por estudios». Cubre los estudios superiores a tiempo completo en una universidad o centro de enseñanza superior reconocido (incluidos títulos propios y másteres de FP), el bachillerato y los ciclos de FP de grado medio, los programas de movilidad de alumnos, el voluntariado y determinadas actividades formativas: auxiliares de conversación, cursos de español presenciales en escuelas oficiales de idiomas o centros acreditados por el Instituto Cervantes, preparación del MIR y similares, y certificados profesionales completos de nivel 2 y 3.
Tiempo completo significa estar matriculado en al menos el 90 % de los créditos o del programa (artículo 52.2). Los estudios universitarios pueden ser presenciales o híbridos; fuera de la universidad, al menos la mitad tiene que ser presencial. El centro tiene que figurar en el registro oficial que le corresponda (RUCT para universidades).
Si te han denegado el visado, la prórroga o el cambio a trabajo, cuéntaselo a un despacho: recibe tu mensaje y tu teléfono, y tú ves el suyo al momento. Es gratis y no te compromete. Los despachos marcados como «Registrado en Legaltica» gestionan su propia ficha.
Registrado en Legaltica
Elmira Parikyan es abogada colegiada en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona y directora de KPLEX Boutique Legal, un despacho ubicado en el distrito de Gràcia concebido para ofrecer una atención jurídica de la más alta exigencia, caracterizada por el rigor técnico, la visión estratégica y un trato estrictamente a medida. Su práctica profesional se centra en el …
Registrado en Legaltica
Hurtado & Bárez Abogados es un despacho de Alicante con más de 25 años de experiencia, que ofrece asesoramiento integral y personalizado para cada cliente. Se caracteriza por un seguimiento cercano y una solución a medida para cada procedimiento, defendiendo los intereses de sus clientes. El despacho se presenta como líder en Alicante y cuenta con especialistas en diversas ramas …
Registrado en Legaltica
M&C Abogados y Consultores es un despacho boutique jurídico ubicado en Sevilla. Se caracteriza por situar al cliente en el centro de su trabajo, con un equipo que asume un número limitado de casos para garantizar la máxima calidad, proximidad y éxito. Se autodefine como una “boutique jurídica”, enfocada en ofrecer un servicio cercano y exclusivo, con premisas de transparencia, …
El dinero de la matrícula no cuenta. Valen ahorros, una beca, una carta de responsabilidad económica de tus padres con sus extractos, o un contrato u oferta de empleo cuando la autorización permite trabajar. Si los medios son de un familiar, el consulado suele pedir la prueba del parentesco y de sus ingresos.
Dura lo mismo que el curso, con un máximo de un año, más quince días al final. En estudios superiores, la autorización cubre la duración oficial de la carrera o el máster, pero tienes que acreditar la matrícula al principio de cada curso. La prórroga se pide por internet en los dos meses anteriores a que caduque (o hasta tres meses después, con posible multa); si no te contestan en un mes, se entiende denegada. En idiomas, para prorrogar hay que haber aprobado el curso o el DELE, o estar inscrito para el examen, y solo cabe una prórroga.
Si cursas estudios superiores, la autorización te permite trabajar por cuenta ajena o propia sin trámite adicional, siempre que sea compatible con los estudios. En los demás casos hace falta pedir la autorización de trabajo. El límite general es de 30 horas semanales y pasarte es causa de extinción. Puedes trabajar en tu comunidad autónoma y en localidades limítrofes. Las prácticas curriculares de tu plan de estudios no necesitan permiso aparte. Si trabajas, tu alta en la Seguridad Social sustituye al seguro médico privado.
Si haces estudios superiores, tu cónyuge o pareja y tus hijos pueden venir contigo mientras te queden al menos 90 días de autorización. Necesitan sus propios medios (ver los ejemplos) y seguro. No pueden trabajar con esa autorización. Los hijos que nazcan en España mientras estudias adquieren la misma autorización, que se pide en los seis meses siguientes al nacimiento.
Si terminas una carrera, un máster u otros estudios de nivel 6 o superior del Marco Europeo de Cualificaciones, puedes pedir una autorización de hasta 24 meses para buscar empleo o emprender (disposición adicional 17.ª de la Ley 14/2013). Se pide por internet en los 60 días anteriores o los 90 posteriores al fin de la estancia, y si no te responden en 20 días se entiende concedida.
También puedes pasar directamente a residencia y trabajo, por cuenta ajena o propia, sin visado y sin que se mire la situación nacional de empleo (artículo 190 del Reglamento). Se pide en los dos meses anteriores o los tres posteriores a terminar o a obtener el título, y mientras se tramita ya puedes trabajar a jornada completa. No vale si estudiaste con una beca de cooperación al desarrollo.
La mayoría de estudiantes tramitan el visado por su cuenta. Un abogado de extranjería aporta valor en estos casos:
Te lo han denegado por medios, por el centro o por antecedentes y el curso empieza pronto.
Tu prórroga o el cambio a residencia y trabajo se ha complicado, o se te ha pasado un plazo.
Quieres traer a tu familia o estás en España y vas a pedirla desde aquí.
Tu plan es quedarte: elegir bien entre los 24 meses de búsqueda y el paso directo a trabajo cambia cuánto tardas en sumar años para la residencia o la nacionalidad.
Abajo tienes abogados de extranjería en España que llevan visados de estudios.
MÁS DESPACHOS
Zaragoza
Barcelona
Madrid
Barcelona
Alicante
Barcelona
12 de 1310 despachos.
Plaza en un centro reconocido, pasaporte con un año de vigencia, 600 € al mes de medios en 2026, seguro médico completo, certificado médico, antecedentes penales si la estancia supera seis meses y la tasa. Se pide en el consulado con dos meses de antelación.
El 100 % del IPREM al mes, que en 2026 es de 600 €, por cada mes de estancia; menos si tienes el alojamiento pagado por adelantado. Por cada familiar se suma un 75 % (el primero) o un 50 % (los demás). La matrícula no cuenta.
La autorización cuesta 10,94 € y la TIE, 16,08 €. A eso se suma la tasa consular del visado, que depende del país.
Sí, si vas a cursar estudios superiores y estás en situación legal, con al menos dos meses de antelación al inicio de las clases y antes de que termine tu estancia legal. Para el resto de estudios hay que pedir el visado desde fuera.
Hasta 30 horas semanales, con carácter general. En estudios superiores no necesitas pedir otra autorización; en los demás casos, sí.
Para la ley, la estancia por estudios no es «residencia». El arraigo mira los años de permanencia en España, y la nacionalidad exige residencia legal, así que el cómputo del tiempo de estudiante tiene matices y ha dado lugar a criterios distintos. Si tu plan depende de ese tiempo, haz que un abogado lo revise antes.
La resolución tiene que decirte qué recursos caben y en qué plazo: normalmente reposición en un mes o contencioso en dos. Revisa el motivo concreto, porque muchas denegaciones por medios o documentos se corrigen con una nueva solicitud.
Sí. Puedes pasar a residencia y trabajo sin visado o, si tu titulación es de nivel 6 o superior, pedir hasta 24 meses para buscar empleo o emprender.
Esta guía es información general, no asesoramiento jurídico. Las normas y los importes cambian: comprueba las fuentes oficiales de abajo o consulta tu caso con un abogado.