Calculadora de medios económicos para extranjería
Elige tu trámite, cuántos familiares vienen contigo y cuánto tiempo. Te decimos cuánto dinero tienes que acreditar al mes, al año y en total, y si con lo que tienes llegas.
- IPREM vigente, prorrogado desde 2023: 600 € al mes
- SMI 2026: 1.221 € al mes
- RD 1155/2024
Datos actualizados el
Información orientativa con la norma vigente. Cada consulado y oficina de extranjería valora tu caso y puede pedir más papeles: esto no sustituye a un abogado de extranjería.
Guía
Medios económicos en extranjería, explicados
Qué es el IPREM y cuánto vale en 2026
El IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples) es la referencia que usa el Reglamento de extranjería para casi todos los medios económicos. En 2026 vale 600 € al mes y 7.200 € al año. Lo fijó la Ley de Presupuestos para 2023 y, como no se han aprobado presupuestos después, sigue igual: la ley está prorrogada.
El nómada digital y el arraigo sociolaboral no van con el IPREM, sino con el salario mínimo interprofesional (SMI): 1.221 € al mes en 14 pagas y 17.094 € al año en 2026 (Real Decreto 126/2026).
Cuánto se pide en cada trámite
- Residencia no lucrativa: el 400 % del IPREM al mes para ti y el 100 % por cada familiar, por todo el tiempo de la autorización: un año la primera y dos la renovación (arts. 61.4, 62 y 64.7 del Reglamento).
- Visado de estudios: el 100 % del IPREM al mes (salvo que tengas el alojamiento pagado de antemano), el 75 % por el primer familiar y el 50 % por cada uno más, sin contar lo que pagas por los estudios (art. 35.h).
- Reagrupación familiar: ingresos de al menos el 150 % del IPREM al mes para ti y un familiar, y un 50 % más por cada miembro adicional (art. 67.1).
- Nómada digital: ingresos del trabajo del 200 % del SMI al mes para ti, un 75 % más por el primer familiar y un 25 % más por cada uno de los siguientes (Ley 14/2013 y la Unidad de Grandes Empresas).
- Arraigo social con familiares extranjeros residentes: al menos el 100 % del IPREM, disponible en España (art. 127.c, redacción del RD 316/2026).
- Arraigo sociolaboral: no se piden ahorros, sino un contrato que pague al menos el SMI en proporción a la jornada, de 20 horas a la semana o más (art. 127.b).
Medios económicos al mes por número de familiares (2026)
| Personas | No lucrativa | Estudios | Reagrupación | Nómada digital |
|---|---|---|---|---|
| Solo tú | 2.400 € | 600 € | — | 2.442 € |
| Tú y 1 familiar | 3.000 € | 1.050 € | 900 € | 3.358 € |
| Tú y 2 familiares | 3.600 € | 1.350 € | 1.200 € | 3.663 € |
| Tú y 3 familiares | 4.200 € | 1.650 € | 1.500 € | 3.968 € |
IPREM vigente (600 € al mes, prorrogado desde 2023) y SMI de 2026 en 14 pagas (1.221 €). En la no lucrativa y en estudios hay que acreditar además el total por los meses de la autorización o del curso. En la reagrupación, «tú y 1» es la unidad de dos personas.
Ejemplo: una familia de tres a la residencia no lucrativa
Ana quiere pedir la residencia no lucrativa con su marido y su hija, sin trabajar en España. Tiene 40.000 € ahorrados y ningún ingreso fijo.
| Quién | Cuánto | Al mes |
|---|---|---|
| Tú (titular) | 400 % del IPREM | 2.400,00 € |
| Primer familiar | 100 % del IPREM | 600,00 € |
| Cada familiar más | 100 % del IPREM | 600,00 € |
| Total al mes | 3.600,00 € | |
Necesitan 3.600,00 € al mes, 43.200,00 € para el primer año. Con 40.000 € les faltan 3.200,00 €.
Familiares de españoles y de ciudadanos de la UE
Para la tarjeta de familiar de un español, el Reglamento no pide medios económicos: pide el vínculo y, según el caso, que estés a su cargo (art. 96).
Para el familiar de un ciudadano de la UE, si ese ciudadano trabaja en España no se piden recursos. Si no trabaja, tiene que tener recursos suficientes para todos; la Orden PRE/1490/2012 da por suficientes los que superan la pensión no contributiva (8.803,20 € al año en 2026), valorando cada situación familiar.
Cómo se acredita el dinero
Con cualquier prueba admitida en Derecho: certificados bancarios, títulos de propiedad, cheques certificados o tarjetas de crédito con certificado del saldo disponible. Si las cuentas están fuera de España, el certificado tiene que identificar el banco y la cuenta y dar el saldo a 31 de diciembre y el saldo medio del último año (art. 62.3).
En la reagrupación cuentan los ingresos fijos y regulares, por su importe íntegro y con la parte de las pagas extra; no cuentan las ayudas para estudios o vivienda ni las de asistencia social (art. 67.1).
Lo que esta calculadora no tiene en cuenta
- No incluye el seguro médico, las tasas ni el resto de requisitos de cada trámite: solo los medios económicos.
- Los consulados pueden pedir los extractos de los últimos meses o el saldo medio: tener la cifra un solo día no siempre basta.
- En la reagrupación de menores, el reglamento permite rebajar la cifra (110 % del ingreso mínimo vital): no lo calculamos.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el IPREM en 2026?
¿Cuántos medios económicos hacen falta para la residencia no lucrativa en 2026?
¿Cuánto dinero necesita un estudiante extranjero en España?
¿Cuántos ingresos hacen falta para reagrupar a un familiar?
¿Cuánto hay que ganar para el visado de nómada digital?
¿Se piden medios económicos para el arraigo?
¿Necesita medios económicos el familiar de un español?
Fuentes oficiales
- Reglamento de extranjería (Real Decreto 1155/2024), texto consolidado
- Real Decreto 316/2026, que modifica el Reglamento de extranjería
- Ley 31/2022 de Presupuestos para 2023, disposición adicional 90.ª: IPREM (prorrogada)
- Real Decreto 126/2026: salario mínimo interprofesional de 2026
- Ley 14/2013 de emprendedores: teletrabajo de carácter internacional
- Unidad de Grandes Empresas: preguntas frecuentes del teletrabajo internacional
- Orden PRE/1490/2012: recursos suficientes de ciudadanos de la UE y sus familiares
- Real Decreto-ley 3/2026 (preámbulo): la falta de Ley de Presupuestos para 2026 prorroga la Ley 31/2022
- Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 363.2 (límite de acumulación de recursos)
- Real Decreto 1155/2024, Reglamento de extranjería, art. 62 (residencia no lucrativa)
- Real Decreto 1155/2024, Reglamento de extranjería, art. 35.h) (visado de estudios)
- Real Decreto 1155/2024, Reglamento de extranjería, art. 67.1 (reagrupación familiar)
- Real Decreto 1155/2024, Reglamento de extranjería, art. 127.c) (arraigo social, redacción del RD 316/2026)