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¿Qué visado necesito para vivir en España?

Dinos de dónde eres, qué quieres hacer en España y con qué ingresos cuentas. Te decimos qué visado o autorización encaja con tu caso según el Reglamento de Extranjería de 2024 y la Ley 14/2013, cuánto tienes que acreditar con el IPREM y el SMI de este año y cuándo podrías pedir la larga duración y la nacionalidad.

  • RD 1155/2024 · Reglamento de Extranjería
  • Ley 14/2013 · nómadas digitales
  • CC · art. 22

Datos actualizados el

Orientación con la norma vigente: no sustituye a un abogado ni al consulado, que decide cada visado y puede pedir más documentos.

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Orientación con la norma vigente: no sustituye a un abogado ni al consulado, que decide cada visado y puede pedir más documentos.

Primero: ¿eres de la UE o tienes familia española?

Si eres ciudadano de la Unión Europea, del EEE o de Suiza no necesitas visado: te registras. Si tu pareja o tu hijo menor son españoles, tienes la residencia de familiar de español, de cinco años, sin medios económicos y con permiso para trabajar.

Desde el Reglamento de 2024 (en vigor el 20 de mayo de 2025), los familiares de españoles tienen su propio régimen y ya no van por la tarjeta comunitaria.

Cuánto hay que acreditar: IPREM y SMI

Las residencias sin trabajo se miden con el IPREM (600 € al mes) y la de los nómadas digitales, con el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas).

  • No lucrativa: 400 % del IPREM, 2.400 € al mes (28.800 € el primer año), más 600 € por familiar.
  • Nómada digital: 200 % del SMI, 2.442 € al mes (3.358 € con un familiar).
  • Estudios: 100 % del IPREM, 600 € al mes.

Cuánto hay que acreditar en 2026

VíaBaseAl mes
No lucrativa (titular)400 % IPREM2.400 €
No lucrativa (por familiar)100 % IPREM600 €
Nómada digital (titular)200 % SMI2.442 €
Nómada digital (con un familiar)275 % SMI3.358 €
Estudios100 % IPREM600 €
Reagrupación (dos personas)150 % IPREM900 €
Profesional altamente cualificado (al año)Umbral UGE41.356 €

IPREM de 600 € al mes (prorrogado desde 2023) y SMI de 1.221 € al mes en 14 pagas. El umbral de los profesionales cualificados es anual. Reglamento de Extranjería y Ley 14/2013.

La Golden Visa ya no existe

La residencia por comprar vivienda o por invertir (arts. 63 a 67 de la Ley 14/2013) se suprimió el 3 de abril de 2025 (Ley Orgánica 1/2025). Las autorizaciones concedidas y las solicitudes presentadas antes siguen con el régimen anterior.

Quien quiere vivir en España con su patrimonio tiene hoy la no lucrativa (sin trabajar) o la de emprendedor, si monta una actividad innovadora.

Documentos, consulado y TIE

Casi todos los visados se piden en el consulado de España de tu lugar de residencia. Los documentos extranjeros van apostillados y con traducción jurada; casi siempre piden antecedentes penales y, en la no lucrativa y los estudios, certificado médico.

Al llegar, la TIE se pide en el mes siguiente a la entrada.

De la residencia a la nacionalidad

A los cinco años de residencia legal, la larga duración. La nacionalidad por residencia pide 10 años, 2 para iberoamericanos, andorranos, filipinos, ecuatoguineanos y portugueses, y 1 si llevas un año casado con un español (Código Civil, art. 22), con los exámenes DELE A2 y CCSE.

Lo que esta herramienta no tiene en cuenta

  • No mira los antecedentes penales ni las causas de denegación: el consulado y la Administración deciden.
  • No incluye la protección internacional, la búsqueda de empleo, los investigadores ni los traslados intraempresariales.
  • Convierte tus ingresos con el tipo de cambio de referencia del día que indica; si estás cerca del mínimo, conviene un margen.
  • El arraigo extraordinario de 2026 (disposición adicional 21.ª) se cerró el 30 de junio de 2026 y no se calcula.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero hace falta para la residencia no lucrativa?

El 400 % del IPREM al mes: 2.400 € (28.800 € para el primer año), más 600 € al mes por cada familiar. No permite trabajar (Reglamento de Extranjería, art. 62).

¿Cuánto tengo que ganar para el visado de nómada digital?

El 200 % del SMI: 2.442 € al mes, con el criterio de los consulados (SMI mensual en 14 pagas); 3.358 € con un familiar. Además, título o tres años de experiencia y una relación de al menos tres meses con una empresa de fuera de España con al menos un año de actividad.

¿Sigue existiendo la Golden Visa?

No. Se suprimió el 3 de abril de 2025 (Ley Orgánica 1/2025, disposición final 21.ª). Solo siguen las concedidas y las pedidas antes de esa fecha.

Soy ciudadano de la UE: ¿necesito visado?

No. Para quedarte más de tres meses te inscribes en el Registro Central de Extranjeros y obtienes el certificado de registro, si trabajas, estudias o tienes recursos y seguro médico.

¿Cuántos años hacen falta para la nacionalidad española?

Diez años de residencia legal; dos para nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal; uno si llevas un año casado con un español (Código Civil, art. 22).

¿Puedo pedir el visado estando en España como turista?

La mayoría de los visados se piden en el consulado de tu país de residencia. El de nómada digital, el de profesional cualificado y el de emprendedor se pueden pedir desde España ante la Unidad de Grandes Empresas si estás en situación regular.

¿Qué es el arraigo?

La autorización para quien lleva dos años en España sin papeles y tiene un contrato, vínculos familiares, formación o una residencia anterior que no renovó (Reglamento de Extranjería, arts. 124 a 127).

Fuentes oficiales