legaltica

Interés legal del dinero: tabla por años y calculadora

Datos actualizados el

Interés legal del dinero en 2026

3,25%

0,00 puntos frente a 01-01-2025

LPGE 2023 prorrogada, DA 42.ªFuente: BOEVer la serie

El interés legal del dinero en 2026 es 3,25 % (BOE).

El tipo de cada año desde 2000, con la ley que lo fija, y una calculadora: pon el importe y las dos fechas y te calculamos el interés legal tramo a tramo.

  • Ley 24/1984
  • CC · art. 1108
  • Presupuestos Generales del Estado
La deuda
Las fechas

Cálculo orientativo, hecho con los datos oficiales publicados. No sustituye la revisión de tu contrato o de tu caso por un abogado.

Tabla del interés legal del dinero por años

Interés legal del dinero en. Solo valores oficiales publicados.

Interés legal del dinero en
VigenteValor
01-01-2026 en adelantePrórroga (art. 134.4 CE) de la Ley 31/2022, de PGE para 2023, disposición adicional cuadragésima segunda3,25 %
01-01-2025 – 31-12-2025Prórroga (art. 134.4 CE) de la Ley 31/2022, de PGE para 2023, disposición adicional cuadragésima segunda3,25 %
01-01-2024 – 31-12-2024Prórroga (art. 134.4 CE) de la Ley 31/2022, de PGE para 2023, disposición adicional cuadragésima segunda3,25 %
01-01-2023 – 31-12-2023Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de PGE para el año 2023, disposición adicional cuadragésima segunda3,25 %
01-01-2022 – 31-12-2022Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de PGE para el año 2022, disposición adicional cuadragésima sexta3,00 %
01-01-2021 – 31-12-2021Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de PGE para el año 2021, disposición adicional cuadragésima novena3,00 %
01-01-2020 – 31-12-2020Prórroga (art. 134.4 CE) de la Ley 6/2018, de PGE para 2018, disposición adicional quincuagésima séptima3,00 %
01-01-2019 – 31-12-2019Prórroga (art. 134.4 CE) de la Ley 6/2018, de PGE para 2018, disposición adicional quincuagésima séptima3,00 %
05-07-2018 – 31-12-2018Ley 6/2018, de 3 de julio, de PGE para el año 2018, disposición adicional quincuagésima séptima3,00 %
01-01-2018 – 04-07-2018Prórroga (art. 134.4 CE) de la Ley 3/2017, de PGE para 2017, disposición adicional cuadragésima cuarta3,00 %
29-06-2017 – 31-12-2017Ley 3/2017, de 27 de junio, de PGE para el año 2017, disposición adicional cuadragésima cuarta3,00 %
01-01-2017 – 28-06-2017Prórroga (art. 134.4 CE) de la Ley 48/2015, de PGE para 2016, disposición adicional trigésima cuarta3,00 %
01-01-2016 – 31-12-2016Ley 48/2015, de 29 de octubre, de PGE para el año 2016, disposición adicional trigésima cuarta3,00 %
01-01-2015 – 31-12-2015Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de PGE para el año 2015, disposición adicional trigésima segunda3,50 %
01-01-2014 – 31-12-2014Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de PGE para el año 2014, disposición adicional trigésima segunda4,00 %
01-01-2013 – 31-12-2013Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de PGE para el año 2013, disposición adicional trigésima novena4,00 %
01-07-2012 – 31-12-2012Ley 2/2012, de 29 de junio, de PGE para el año 2012, disposición adicional décima tercera4,00 %
01-01-2012 – 30-06-2012Prórroga (art. 134.4 CE) de la Ley 39/2010, de PGE para 2011, disposición adicional decimoséptima4,00 %
01-01-2011 – 31-12-2011Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de PGE para el año 2011, disposición adicional decimoséptima4,00 %
01-01-2010 – 31-12-2010Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de PGE para el año 2010, disposición adicional decimoctava4,00 %
01-04-2009 – 31-12-2009Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, art. 1 (modifica la DA 27ª de la Ley 2/2008) y disposición transitoria primera4,00 %
01-01-2009 – 31-03-2009Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de PGE para el año 2009, disposición adicional vigésima séptima (redacción original)5,50 %
01-01-2008 – 31-12-2008Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de PGE para el año 2008, disposición adicional trigésima cuarta5,50 %
01-01-2007 – 31-12-2007Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de PGE para el año 2007, disposición adicional trigésima5,00 %
Ver toda la serie
Interés legal del dinero en: valores anteriores
Vigente desdeValor
01-01-20064,00 %
01-01-20054,00 %
01-01-20043,75 %
01-01-20034,25 %
01-01-20024,25 %
01-01-20015,50 %
01-01-20004,25 %

Fuente: Boletín Oficial del Estado. Consultado el 22-10-2026.

Ejemplo: 10.000 € de 2020 a 2025

Una deuda de 10.000 € que devenga el interés legal desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2025, con el tipo de cada año.

Intereses: 1.874,18 €. Total con intereses: 11.874,18 €, en 2191 días.

Ver el desglose de este ejemplo. Con tus datos, en la calculadora de arriba.

Qué es el interés legal del dinero

Es el tipo de interés que fija cada año la Ley de Presupuestos Generales del Estado (art. 1 de la Ley 24/1984). Se usa, entre otros casos, cuando quien debe dinero se retrasa y no se pactó otro interés (art. 1108 del Código Civil).

Por qué se calcula por años

El tipo puede cambiar de un año a otro. Una deuda que abarca varios años se calcula por tramos, cada uno con el tipo de su año. El desglose te enseña los días, el tipo y el interés de cada tramo, y la ley de la que sale cada tipo.

Si un año no hay presupuestos nuevos

Se prorrogan los del año anterior (art. 134.4 de la Constitución) y, con ellos, el tipo del interés legal. En el desglose verás qué ley fija el tipo de cada año.

Cómo contamos los días

No hemos encontrado una norma ni jurisprudencia que fije cómo se cuentan los días de un interés legal o de demora. Seguimos la práctica de la Agencia Tributaria (Manual práctico de IRPF 2025): se cuenta desde el día siguiente al inicial hasta el final, ambos incluidos, y los días de cada año se dividen entre 365, o entre 366 si el año es bisiesto. El interés es simple: los intereses no generan a su vez intereses.

Preguntas frecuentes

¿En qué se diferencia del interés de demora?

El interés legal es el tipo general. El de demora es el que paga quien se retrasa: sin pacto, en una deuda civil es el interés legal (art. 1108 del Código Civil); en una deuda entre empresas, el de la Ley 3/2004; y tras una sentencia de condena, el interés legal más dos puntos (art. 576.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Los tres se calculan en la página de intereses de demora.

¿Desde qué fecha se cuentan los intereses?

Desde que el deudor incurre en mora (art. 1108 del Código Civil). Cuándo empieza la mora depende de cada caso; si no lo tienes claro, un abogado puede fijar la fecha.

¿Los intereses generan más intereses?

En esta calculadora, no: aplicamos interés simple. Si tu caso tiene otra regla, el resultado no te sirve tal cual.

¿Y si en el contrato pactamos otro interés?

Manda lo pactado. Las tres normas dan prioridad al pacto: el artículo 1108 del Código Civil («no habiendo pacto en contrario»), el artículo 7.1 de la Ley 3/2004 («el que resulte del contrato») y el artículo 576.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil («o el que corresponda por pacto de las partes»). Esta calculadora usa el tipo legal, el que rige cuando no hay pacto.

Fuentes oficiales

Otras calculadoras y guías

Más calculadoras legales gratuitas