García Fernández Abogados
Zaragoza
GUÍA LEGALTICA
El arraigo sociolaboral es la autorización de residencia para quien lleva dos años seguidos en España y tiene uno o varios contratos de trabajo que suman al menos 20 horas semanales, pagados como mínimo con el salario mínimo (1.221 € al mes a jornada completa en 2026) o el del convenio, en proporción a la jornada. Sustituyó al arraigo laboral el 20 de mayo de 2025 y, desde el 16 de abril de 2026, te permite trabajar por cuenta ajena en cuanto la solicitud se admite a trámite. Cuesta 38,28 € de tasa y la oficina tiene tres meses para resolver.
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Si tu convenio (hostelería, limpieza, construcción, comercio…) fija un salario por encima del SMI, manda el del convenio. Un contrato por debajo de convenio es una de las causas más frecuentes de denegación.
Si tu profesión está regulada en España, también tendrás que aportar la titulación homologada o reconocida.
La habilitación provisional para trabajar se pierde automáticamente con la denegación. Si estabas trabajando, tienes que comunicárselo a tu empleador en cuanto te notifiquen. A partir de ahí tienes un mes para el recurso de reposición o dos para el contencioso-administrativo. Si la denegación es por un defecto de la empresa, valora con un abogado si conviene recurrir o presentar con otro empleador.
El arraigo sociolaboral dura un año. Después puedes pasar a una autorización de residencia y trabajo ordinaria (de cuatro años si cumples los requisitos de renovación de un trabajador) o prorrogar el arraigo un año más, acreditando que buscas empleo activamente y estás inscrito como demandante en el servicio público de empleo.
En el sociolaboral, el expediente lo decide sobre todo la empresa. Busca un abogado de extranjería si te encuentras en alguno de estos casos:
La empresa es pequeña, nueva o tiene deudas: es el motivo número uno de denegación.
Tienes varios empleadores o contratos de temporada: hay que justificar que encajan en las dos excepciones del artículo 127.b.
Trabajas en el hogar familiar: el empleador persona física debe acreditar sus propios medios.
Tienes antecedentes o una orden de expulsión: una expulsión vigente bloquea la concesión.
Te han denegado y el empleador quiere seguir contando contigo: la reposición vence al mes y el contencioso a los dos meses de la notificación.
Abajo tienes abogados de arraigo sociolaboral que pueden revisar el contrato y la documentación de la empresa antes de presentar.
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Uno o varios contratos por cuenta ajena que sumen al menos 20 horas semanales y paguen como mínimo el SMI o el salario del convenio en proporción a la jornada. Varios contratos solo valen si son de temporada encadenados o simultáneos con distintos empleadores.
Dos años de permanencia continuada, no tener antecedentes penales ni otra solicitud abierta, no ser solicitante de asilo, un contrato válido y una empresa al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y con solvencia. Tasa: 38,28 €.
Lo sustituye, pero no es lo mismo: el laboral pedía probar una relación laboral previa; el sociolaboral pide un contrato de trabajo actual que sume al menos 20 horas semanales.
Sí. Desde el 16 de abril de 2026 la admisión a trámite te habilita provisionalmente para residir y trabajar por cuenta ajena hasta que se resuelva (art. 130.5 del Reglamento).
Sí, si trabajas a la vez para varios empleadores o encadenas trabajos de temporada, siempre que en total sumen al menos 20 horas a la semana y cada uno respete el salario mínimo o el de convenio en proporción.
No. El arraigo sociolaboral no exige la situación nacional de empleo: vale cualquier ocupación.
No con este arraigo, que exige contrato por cuenta ajena. Un negocio propio puede servir como fuente de medios en el arraigo social o para modificar después a cuenta propia.
Un año. Después puedes pasar a una autorización de residencia y trabajo de cuatro años o prorrogar el arraigo acreditando búsqueda activa de empleo.
Esta guía es información general, no asesoramiento jurídico. Las normas y los importes cambian: comprueba las fuentes oficiales de abajo o consulta tu caso con un abogado.