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Derecho de petición a su empleador

Cuéntenos qué necesita de su empleador y le devolvemos el escrito listo para radicar. Es gratis y no necesita abogado.

Datos actualizados el

  • Ley 1755 · art. 32
  • Ley 1755 · art. 32 par. 1
  • Ley 1755 · art. 14
  • Consultado el 17-10-2026

Tipo de peticiónA su empleador

Cambiar
Quién pide y a quién
UstedAsí firmará la petición.
A quién se dirigeLa empresa o la persona para la que trabaja o trabajó.
Ponga la dirección donde vaya a recibirlo: si no se entrega, no sirve de prueba.
Qué pasó
¿Para quién trabaja o trabajó?

Si es una entidad pública, use la petición general.

¿Sobre qué es su petición?
¿Qué le pide a su empleador?

De esto depende el plazo que tiene para responderle: 10 días hábiles para información o copias y 15 para lo demás.

¿Qué documentos va a adjuntar? (opcional)

Marque solo los que vaya a entregar con la petición.

No ponga teléfonos ni correos. Antes de pasarlo a la IA cambiamos por etiquetas los nombres y los datos que ha puesto arriba.

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Qué pides

Para redactar los hechos y la petición enviamos sus respuestas a un proveedor de inteligencia artificial sin nombres, documentos, domicilios ni cuenta. Guardamos el documento 2 horas para que pueda editarlo y descargarlo, y después se borra. No lo compartimos con nadie salvo que usted lo pida. Política de privacidad

Modelo orientativo, gratis y sin registro. Lo revisa, lo firma y lo envía usted.

Modelo

Ejemplo de derecho de petición: a su empleador

Así es el escrito. Lo que va entre corchetes lo llena usted en el formulario; los hechos y la petición los redactamos con lo que nos cuente. Las normas que cita están enlazadas abajo, en las fuentes.

[ciudad], [fecha]

Destinatario: [nombre del destinatario], con dirección en [domicilio del destinatario].

Asunto: derecho de petición. Se refiere a: [sobre qué es].

Yo, [su nombre], con cédula n.º [cédula], presento respetuosamente el siguiente derecho de petición en relación con mi vínculo laboral.

HECHOS

[Hechos: aquí va lo que ha pasado, en orden y con fechas. La herramienta lo redacta con lo que cuente en el formulario.]

PETICIÓN

[Petición: lo que pide en concreto, con el importe o lo que necesita y el plazo.]

FUNDAMENTO

Presento esta petición en los términos del artículo 32 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por la Ley 1755 de 2015, que, salvo norma legal especial, somete el trámite y la resolución de estas peticiones a las reglas generales del derecho de petición. De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por la Ley 1755 de 2015, esta petición debe resolverse dentro de los 10 días hábiles siguientes a su recepción.

Documentos que anexo: [documentos que adjunta].

NOTIFICACIONES

Recibiré la respuesta en la siguiente dirección: [su domicilio].

Atentamente,

[su nombre]

C. C. [cédula]

Cómo radicar su derecho de petición

Lo radica usted, sin abogado.

Coste orientativo
Gratis.Consultado el 17-10-2026.
  1. Descárguelo y fírmelo.

  2. Radíquelo en la ventanilla, por correo o en el formulario PQRS de la entidad.

  3. Guarde el número de radicado.

  4. Apunte la fecha límite de la respuesta.

Qué es el derecho de petición

Un escrito con el que pide algo a una entidad pública o, en algunos casos, a una empresa o a su empleador. Lo puede presentar cualquier persona, sin abogado. Qué es un derecho de petición y para qué sirve

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tienen para responder un derecho de petición?

Salvo norma especial, 15 días hábiles desde que la reciben. Si pide documentos o información, 10 días; si es una consulta a una autoridad sobre materias a su cargo, 30 días (artículo 14 de la Ley 1755 de 2015).

Son días hábiles: no cuentan los festivos (artículo 62 de la Ley 4 de 1913).

¿Se puede presentar un derecho de petición a una empresa privada?

Sí, para garantizar sus derechos fundamentales: la Ley 1755 de 2015 lo regula también ante organizaciones privadas, como bancos, sociedades o cooperativas (artículo 32). Ante una persona natural procede cuando está en situación de subordinación o de indefensión frente a ella, o cuando ejerce una función o posición dominante frente a usted.

¿Y si no le responden o se lo niegan?

Un abogado de derecho laboral puede decirle cuál es el siguiente paso en su caso.

Fuentes oficiales