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GUÍA LEGALTICA
El Permiso por Protección Temporal (PPT) es el documento gratuito con el que los venezolanos acogidos al Estatuto Temporal de Protección (ETPV) viven, trabajan y se identifican legalmente en Colombia, y vale hasta el 30 de mayo de 2031, último día del Estatuto. En 2026 el prerregistro para pedirlo solo está abierto a niños, niñas y adolescentes vinculados al sistema educativo o al ICBF; sus padres o custodios pueden pedir el PEP Tutor hasta el 31 de diciembre de 2026. Con cinco años de PEP o PPT se puede pasar a la visa de residente, pero cualquier visa cancela el PPT, y salir del país más de 180 días seguidos también puede costarle el permiso.
LA GUÍA · LECTURA COMPLETA
El PPT es a la vez un mecanismo de regularización y un documento de identificación. Lo expide Migración Colombia dentro del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos, creado por el Decreto 216 de 2021 y desarrollado por la Resolución 971 de 2021.
Lo que no permite: no es una cédula de extranjería ni una visa, no da derecho a votar (para eso hace falta visa de residente y cinco años de residencia) y no es un pasaporte. El PPT no es prorrogable salvo que el Gobierno decida prorrogar el Estatuto.
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El Estatuto cubrió a quienes estaban en Colombia de manera irregular al 31 de enero de 2021, a los titulares de PEP, PIP, PTP o de salvoconducto de refugio, y a quienes entraron de forma regular durante sus dos primeros años. Esas ventanas para adultos ya se cerraron.
En 2026 el prerregistro en el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV) solo está habilitado para niños, niñas y adolescentes venezolanos matriculados en una institución educativa formal o vinculados a programas del ICBF (procesos de restablecimiento de derechos y sistema de responsabilidad penal para adolescentes). Para estos menores sigue abierto mientras dure el Estatuto.
Los requisitos generales del PPT son estar inscrito en el RUMV, no tener antecedentes penales, sanciones o procesos migratorios abiertos, no tener medida de expulsión o deportación vigente y no haber obtenido refugio o asilo en otro país. Cumplirlos no garantiza el permiso: es una decisión discrecional de Migración Colombia.
El plazo para registrarse y pedirlo vence el 31 de diciembre de 2026 (Resolución 2451 de 2025, modificada por la Resolución 1747 de 2026). Si le falta algún documento, sobre todo el acta apostillada, empiece ya: la apostilla venezolana puede tardar más que el plazo que queda.
La expedición es gratuita y no requiere intermediarios. El duplicado o la reexpedición por error, deterioro, pérdida o hurto cuesta 20.000 pesos en 2026 y exige la denuncia o constancia de pérdida o la devolución del documento dañado. Si tenía una solicitud de refugio en curso, tiene que elegir: el PPT se expide cuando desiste por escrito del refugio.
Contra la cancelación del PPT no procede recurso, y quien la recibe debe salir del país en los 30 días siguientes. Si le notifican una cancelación, actúe dentro de ese plazo.
La Cancillería tiene una visa R específica para venezolanos del ETPV. Exige haber sido titular de PEP vigente durante cinco años, o de PPT vigente durante cinco años, o sumar cinco años entre los dos, y tener el PPT vigente al pedirla. Se puede pedir desde el 1 de junio de 2023, el PPT sirve como documento de identificación en lugar del pasaporte, la visa puede expedirse de forma automática por interoperabilidad entre Cancillería y Migración Colombia, y permite incluir beneficiarios.
Un ejemplo: si recibió el PEP en agosto de 2019 y lo mantuvo vigente hasta que le dieron el PPT en 2022, en agosto de 2024 ya sumaba cinco años y puede pedir la R. Si hubo meses sin documento vigente entre uno y otro, esos meses no cuentan.
La visa R da permiso abierto de trabajo, se mantiene con un traspaso cada cinco años y se pierde si sale del país más de dos años seguidos. Con ella tramitará una cédula de extranjería de residente, que es la que permite votar en elecciones locales tras cinco años de residencia y abre la puerta a la nacionalidad.
Un hijo de extranjeros nacido en Colombia es colombiano por nacimiento si al menos uno de los padres estaba domiciliado en el país cuando nació. Para la mayoría de extranjeros, ese domicilio se prueba con tres años continuos de visa M o R, pero la Ley 2332 de 2023 presume el ánimo de permanencia de quienes están cobijados por mecanismos especiales como el ETPV. Si el niño no tiene ninguna nacionalidad, también puede inscribirse como colombiano tras el reconocimiento de la condición de apátrida.
Los padres, por su parte, pueden pedir la nacionalidad por adopción una vez tengan la visa R: cinco años de domicilio contados desde la expedición de esa visa, o dos si están casados o en unión permanente con un colombiano o tienen hijos colombianos. Tener un hijo colombiano, por tanto, reduce el plazo a dos años.
El PPT y el PEP Tutor se pueden tramitar sin intermediarios. Un abogado de migración sí marca la diferencia cuando hay un riesgo concreto:
Le negaron o le cancelaron el PPT o el PEP Tutor: tiene 30 días para salir o regularizarse, y no hay recurso administrativo.
Tiene antecedentes, una multa o un proceso sancionatorio en Migración Colombia.
Quiere pasar a una visa M o R sin quedarse sin papeles en el cambio.
Le falta la apostilla o algún documento del vínculo con su hijo y el plazo del PEP Tutor se acaba.
Su hijo nació en Colombia y el registro civil no dice «válido para demostrar nacionalidad».
Quiere pedir la nacionalidad colombiana y necesita confirmar desde cuándo cuentan sus años.
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Es el Permiso por Protección Temporal: el documento de identificación y de regularización que Migración Colombia expide a los venezolanos acogidos al Estatuto Temporal de Protección. Permite vivir, trabajar, estudiar, afiliarse a salud y abrir cuentas en Colombia hasta el 30 de mayo de 2031.
Solo para niños, niñas y adolescentes venezolanos vinculados al sistema educativo o a programas del ICBF, que son los únicos que pueden hacer hoy el prerregistro en el RUMV. Los adultos que no lo pidieron a tiempo deben buscar otra vía, como el PEP Tutor si son padres o custodios de un menor con PPT, o una visa.
Hasta el 30 de mayo de 2031, último día del Estatuto Temporal de Protección. No es prorrogable salvo que el Gobierno decida prorrogar el Estatuto.
No. Los dos son documentos de identidad, pero el PPT es propio del ETPV y la cédula de extranjería va ligada a una visa. No se pueden tener a la vez: si obtiene una visa, el PPT se cancela y tramita la cédula.
Con el PPT no. La cédula de extranjería llega con una visa, por ejemplo la visa R para venezolanos del ETPV. La cédula de ciudadanía colombiana solo la tienen los colombianos: por nacimiento o tras obtener la nacionalidad por adopción.
No. La ley permite votar en elecciones de alcaldes, concejos y juntas administradoras locales a los extranjeros con visa de residente, cédula de extranjería de residente y cinco años continuos de residencia, inscritos en la Registraduría. El PPT no basta.
La expedición es gratis. El duplicado o la reexpedición cuestan 20.000 pesos en 2026. El PEP Tutor cuesta 68.000 pesos.
Sí: con cinco años de PEP, de PPT o de los dos sumados, y con el PPT vigente, puede pedir la visa R para venezolanos del ETPV. La Cancillería puede expedirla de forma automática y acepta el PPT en lugar del pasaporte.
Puede salir, pero si permanece fuera más de 180 días calendario seguidos, Migración Colombia puede cancelarle el permiso. Para entrar en otros países necesitará además el documento que cada uno exija.
Puede serlo por nacimiento si al menos uno de los padres estaba domiciliado en Colombia cuando nació, y la ley presume ese domicilio para quienes están en el ETPV. Revise que el registro civil del niño lleve la anotación «válido para demostrar nacionalidad».
Esta guía es información general, no asesoramiento jurídico. Las normas y los importes cambian: comprueba las fuentes oficiales de abajo o consulta tu caso con un abogado.