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GUÍA LEGALTICA

Residencia temporal en México: requisitos y cómo tramitarla

Para la residencia temporal por solvencia económica en 2026 necesitas acreditar ingresos netos de más de 79.770,80 pesos al mes durante los últimos seis meses o un saldo promedio mensual de 1.344.372,60 pesos durante los últimos doce. Se pide en un consulado de México fuera del país, entras con la visa y en los 30 días siguientes la canjeas por la tarjeta en el Instituto Nacional de Migración (INM); dura hasta cuatro años y después te abre la residencia permanente.

12 DESPACHOS
11 FUENTES OFICIALES

LA GUÍA · LECTURA COMPLETA

¿Cuál es tu caso?

01 Tienes ahorros, inversiones o un sueldo o pensión del extranjero solvencia económica, la vía más común (cifras de 2026 abajo).
02 Tu cónyuge, concubino, padre, madre o hijo es mexicano o residente en México unidad familiar, sin umbral de ingresos si el familiar es mexicano (si es extranjero residente, acredita 220 UMA por ti) y con la tarjeta al 50%.
03 Una empresa mexicana te ofrece trabajo oferta de empleo, que inicia el empleador ante el INM y que incluye permiso para trabajar.
04 Tienes una casa en México que vale más de 10.758.500 pesos vía de bienes inmuebles, con escritura pública.
05 Inviertes o desarrollas actividades empresariales en México vía de inversionista, desde 5.378.663,50 pesos en capital o activos, o con actividad empresarial documentada (los lineamientos ponen como ejemplo una constancia del IMSS con al menos tres trabajadores).
06 Vienes a una actividad no remunerada invitado por una organización mexicana, o por un convenio de movilidad con tu país invitación o instrumento internacional.
07 Vas a estudiar más de 180 días residencia temporal estudiante, que es otra visa, se renueva cada año y no paga la tarjeta.

Qué te da la residencia temporal y qué no

  • Vivir en México más de 180 días y hasta cuatro años, con entradas y salidas ilimitadas (Ley de Migración, art. 52-VII).
  • Traer a tu cónyuge o concubino, a tus hijos menores y a tus padres, con la misma condición mientras dure la tuya.
  • La CURP una vez que tienes la tarjeta (art. 59) y, con situación regular, abrir cuentas, comprar inmuebles y participar en sociedades (Reglamento, art. 140).
  • No incluye permiso para trabajar. Hace falta un permiso de trabajo ligado a una oferta de un empleador inscrito en el INM o, si trabajas por tu cuenta, a tu inscripción en el RFC (Reglamento, art. 165). Cuesta 4.340,77 pesos.
  • Tiempo que cuenta: con cuatro años consecutivos pasas a residente permanente, y los años cuentan para la naturalización.

Abogados migratorios en México

Cuéntale tu caso a un despacho: recibe tu mensaje y tu teléfono, y tú ves el suyo al momento. Es gratis y no te compromete a nada. Los despachos marcados como «Registrado en Legaltica» gestionan su propia ficha.

  1. Registrado en Legaltica

    CIUDAD
    Ciudad de México
    IDIOMAS
    ES · EN · FR · ZH

    Migralaw - Abogados Migratorios en México

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    MIGRALAW es una firma de abogados migratorios con sede en la colonia Granada (Av. Ejército Nacional 769, Piso 2) en Ciudad de México y presencia en Polanco, Condesa, Santa Fe, Pedregal y sedes en Monterrey, Guadalajara y Cancún. Sus áreas principales son trámites de visas, regularización migratoria y naturalización; además disponen de servicios para empresas y modalidades MigraDigital/MigraVIP. Las oficinas …

  2. Registrado en Legaltica

    CIUDAD
    Xalapa-Enríquez
    IDIOMAS
    ES · EN

    Velarde & Caicero Asociados S.A.S. DE C.V.

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    Velarde & Caicero Asociados S.A.S. DE C.V. es una firma legal con sede en la colonia Modelo de Xalapa (C. Cándido Aguilar 73) especializada en protección integral de derechos humanos: restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes (NNA), protección jurídica de personas adultas mayores, derecho familiar, laboral, civil, mercantil y sucesorio.

  3. Registrado en Legaltica

    CIUDAD
    Boca del Río
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    Abogado Alfredo Liceaga

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    Quien necesita un abogado familiar, sucesorio, penal o constitucional en Boca del Río encontrará al abogado Alfredo Liceaga en el Fraccionamiento Costa de Oro. Atiende asuntos de divorcio, guarda y custodia, pensiones alimenticias, juicios sucesorios, defensa penal y amparos. Atiende de lunes a viernes 24 horas; sus clientes lo valoran con 5.0 sobre 5 en 23 reseñas. Es egresado de …

Cuánto dinero piden en 2026

Los Lineamientos Generales para la expedición de visas (DOF 25-07-2025), que abrogaron los de 2014, fijan los montos en días de UMA y ya no en salarios mínimos. Desde el 1 de febrero de 2026 la UMA diaria es de 117,31 pesos. Tienes que acreditar una de estas dos pruebas:

79.770,80 pesos Ingresosmás de 680 días de UMA al mes, libres de gravámenes, en cada uno de los últimos seis meses, por empleo o pensión. Son más de 79.770,80 pesos al mes.
1.344.372,60 pesos Ahorrosaldo promedio mensual equivalente a 11.460 días de UMA durante los últimos doce meses, en cuentas o inversiones. Son 1.344.372,60 pesos.
25.808,20 pesos Cada familiar a cargo220 días de UMA más, 25.808,20 pesos, sobre los ingresos o sobre el saldo.
10.758.500 pesos Bienes inmueblesvalor de más de 91.710 días de UMA, 10.758.500 pesos.
5.378.663,50 pesos Inversiónmás de 45.850 días de UMA, 5.378.663,50 pesos, en capital de una sociedad mexicana o en activos empresariales.

Ejemplo: una pareja en la que solo trabaja uno. El umbral es 680 + 220 = 900 días de UMA, es decir, 105.579 pesos netos al mes en cada uno de los últimos seis meses. Por ahorro, 11.460 + 220 = 11.680 días: un saldo promedio de 1.370.180,80 pesos durante doce meses. Un solo mes por debajo tumba la prueba de ingresos; en la de ahorro cuenta el promedio, pero hay consulados que revisan el saldo de cada cierre de mes.

Cada consulado convierte los pesos a su moneda: el de Houston habla de unos 4.342,08 y 73.188,95 dólares, y el de Nueva York de 4.200 y 71.500 dólares. Con los tipos del Banco Central Europeo del 23 de octubre de 2026 (18,78 pesos por dólar, 21,02 por euro) son unos 4.248 dólares o 3.795 euros al mes, y unos 71.600 dólares o 63.950 euros de saldo. La UMA sube cada febrero: lo que cuenta es lo que aplique tu consulado el día de la entrevista.

El trámite paso a paso, con plazos

  1. Elige consulado: el de tu país de nacionalidad o el de un país donde residas legalmente (lleva el documento que lo acredite). Pide cita cuanto antes: la espera depende de cada consulado.
  2. Entrevista: formato de solicitud, pasaporte, fotografía, documentos de tu supuesto y pago de derechos. Acuden todos los miembros de la familia. Si falta algo, el consulado te previene para que lo completes; si no lo haces, desecha el trámite.
  3. Resolución: hasta 10 días hábiles desde la entrevista (Reglamento, art. 102, y lineamientos de 2025). Algunos consulados, como Nueva York, retienen el pasaporte mientras tanto.
  4. Viaje: la visa vale 180 días para una sola entrada. Preséntala en el filtro migratorio y entrega la FMM. No entres como turista.
  5. Tarjeta: dentro de los 30 días naturales siguientes a tu ingreso, la tramitas en el INM (Ley de Migración, art. 59; Reglamento, art. 107). Puede expedirse por uno, dos, tres o cuatro años.
  6. Después: avisa al INM en 90 días de cambios de domicilio, estado civil, nacionalidad o trabajo, y renueva en los 30 días anteriores al vencimiento hasta completar cuatro años (Reglamento, arts. 156 y 167).

Cuánto cuesta en 2026

990,79 pesos Visa consular(Ley Federal de Derechos, art. 22), cobrados en moneda local; Houston y Nueva York publican 54 y 56 dólares. No se reembolsa si te la niegan.
11.140,74 pesos Tarjeta de residente temporal por un año
25.057,82 pesos Tarjeta por dos, tres o cuatro años16.693,36, 21.142,58 o 25.057,82 pesos. La renovación cuesta lo mismo que una tarjeta de esa duración.
· Descuento del 50%lo pagan a mitad de precio quienes residen por unidad familiar, oferta de empleo de un empleador con constancia vigente o invitación de una organización (art. 8, añadido el 7-11-2025).
4.340,77 pesos Permiso de trabajo para residente temporal
1.779,93 pesos Reposición de la tarjeta
591,06 pesos Permiso de salida y regreso con un trámite pendienteválido hasta 60 días.

Ejemplo para una persona durante cuatro años: visa 990,79 + tarjeta de un año 11.140,74 + renovación por tres años 21.142,58 = 33.274,11 pesos en derechos, sin contar apostillas, traducciones ni asesoría.

Documentos: la lista

  • Pasaporte vigente durante todo el trámite y copia de la página de datos.
  • Documento de legal estancia en el país donde lo pides, si no eres nacional de ese país.
  • Vía ahorro: estados de cuenta de cada uno de los últimos doce meses. Houston pide que estén certificados por el banco (firma o sello) o una carta del banco firmada a mano con el saldo de cada cierre de mes, más copias.
  • Vía ingresos: si es pensión, la carta original de la institución que la paga y los estados de cuenta de seis meses donde se depositan; si es empleo, carta del empleador firmada a mano con fecha de alta, puesto y salario, y seis meses de recibos de nómina o estados de cuenta.
  • Trabajo a distancia: el consulado de Nueva York pide una carta del empleador que diga que puedes trabajar desde el extranjero.
  • Familia: actas de matrimonio o de nacimiento. Houston exige apostilla o legalización a las de países distintos de México y Estados Unidos.
  • Documentos en un idioma distinto del español o el inglés: traducción oficial.
  • Revisa que el nombre coincida exactamente en todos los documentos con el pasaporte: un segundo apellido que falta o en otro orden es motivo típico de prevención.

Por qué se deniega y cómo evitarlo

  • Ingresos por debajo en alguno de los seis meses: revisa mes a mes, no el promedio, y deja margen por el tipo de cambio.
  • Ingresos brutos en vez de netos: la norma dice libres de gravámenes.
  • Ahorro que baja del promedio o un depósito grande justo antes: se miran doce meses, una transferencia reciente no ayuda.
  • Guiarse por montos en salarios mínimos de los lineamientos de 2014, abrogados en julio de 2025.
  • Tramitarla en México entrando como turista: los visitantes no pueden cambiar de condición salvo vínculo con mexicano o con residente, o razones humanitarias (Ley de Migración, art. 53).
  • Dejar pasar los 30 días naturales para la tarjeta, o entrar con FMM de turista en vez de con la visa.
  • Causas del art. 43 de la ley: antecedentes que comprometan la seguridad, documentos no auténticos o prohibiciones de autoridad.

Si te la niegan

En el consulado, lo más rápido suele ser una nueva solicitud bien documentada: el art. 43 de la Ley de Migración dice que no cumplir los requisitos no impide volver a estudiar tu solicitud. Los derechos pagados se pierden.

En el INM (tarjeta, renovación, cambio de condición, permiso de trabajo), la negativa debe estar fundada y motivada. Si tu documento ya venció, te dan entre 20 y 30 días naturales para salir, regularizarte o defenderte (Reglamento, art. 142). Puedes interponer el recurso de revisión en 15 días hábiles (Ley Federal de Procedimiento Administrativo, arts. 83 y 85) o demandar la nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa en 30 días hábiles (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, art. 13).

Situaciones especiales

01 Te vence la tarjeta estando fuerapuedes volver a entrar con ella si no han pasado más de 55 días naturales desde el vencimiento, y pedir la renovación en los 5 días hábiles siguientes a tu ingreso (Reglamento, art. 160). Pasados 55 días, no te dejan entrar con ella.
02 Renovaste tarde estando en Méxicopierdes la situación regular y tienes que regularizarte con multa; además se rompen los cuatro años consecutivos.
03 Menores de tres añossu tarjeta se expide por un año y se renueva cada año (Reglamento, art. 156).
04 Estudiantesla tarjeta se renueva cada año, no paga el derecho de la tarjeta y puedes pasar a residente temporal ordinario en cualquier momento.
05 Matrimonio con mexicano o con residente permanenteempiezas como residente temporal y a los dos años puedes pasar a permanente si el vínculo sigue.

Cuándo te conviene un abogado migratorio

Mucha gente hace sola la parte consular. Estos son los casos en los que un error cuesta meses o la propia residencia, y en los que un abogado migratorio en México se paga solo:

Ingresos cerca del umbral, irregulares o de varias fuentes: un mes flojo es una negativa y unos derechos perdidos.

Trabajas a distancia o por tu cuenta: acreditar ingresos y, si vas a facturar en México, conseguir el permiso de trabajo con tu RFC.

Tu tarjeta o tu permiso de visitante está por vencer o ya venció: los plazos de 30, 55 y 60 días no se mueven.

Ya estás en México y quieres quedarte: dentro del país solo se cambia de condición por vínculo familiar o razones humanitarias.

Una negativa anterior, un exceso de estancia, una deportación o antecedentes en cualquier país: el art. 43 permite negar y hay que preparar el caso.

Una negativa del INM: 15 días hábiles para el recurso, 30 para el tribunal, y entre 20 y 30 días para salir si tu documento ya venció.

Vías de inmueble o de inversión: la escritura, el avalúo o la documentación societaria tienen que encajar con lo que piden los lineamientos.

Los despachos de abajo llevan residencias temporales. Escribirles es gratis.

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Abogados migratorios en México

12 de 1107 despachos.

Preguntas frecuentes

Ingresos netos de más de 79.770,80 pesos al mes en cada uno de los últimos seis meses, o un saldo promedio mensual de 1.344.372,60 pesos durante doce meses, más 25.808,20 pesos por cada familiar a cargo. Cada consulado publica su cifra en moneda local.

En derechos de 2026: 990,79 pesos de visa y la tarjeta de 11.140,74 pesos (un año) a 25.057,82 pesos (cuatro años). Por unidad familiar, oferta de empleo o invitación, la tarjeta paga el 50%.

En UMA. Los lineamientos de visas del 25 de julio de 2025 sustituyeron a los de 2014, que usaban salarios mínimos. En 2026 la UMA es de 117,31 pesos.

En general no: se pide en un consulado en el exterior. Dentro de México solo puedes cambiar de condición si tienes vínculo con mexicano o con residente, o por razones humanitarias.

El consulado tiene hasta 10 días hábiles desde la entrevista para expedir la visa. Súmale la espera de la cita, que depende del consulado, y el trámite de la tarjeta en el INM, que debes iniciar en los 30 días siguientes a tu llegada.

Solo con permiso de trabajo (4.340,77 pesos), ligado a una oferta de un empleador inscrito en el INM o, si trabajas por tu cuenta, a tu inscripción en el RFC. La residencia por solvencia no lo incluye.

Puede expedirse por uno a cuatro años. Se renueva en el INM en los 30 días anteriores al vencimiento, hasta sumar cuatro años; después pasas a residente permanente.

La tarjeta te deja salir y volver a México cuantas veces quieras. Si otro país te pide visa o no, lo decide ese país: consúltalo en su consulado antes de viajar.

Dejas de cumplir el requisito por el que se te otorgó la condición. Antes de que venza tu tarjeta necesitas otra vía, como la solvencia, o regularizarte. Conviene asesorarte en cuanto ocurra.

No. Los consulados de Houston y Nueva York avisan de que el pago no es reembolsable; revisa el expediente antes de la entrevista.

Esta guía es información general, no asesoramiento jurídico. Las normas y los importes cambian: comprueba las fuentes oficiales de abajo o consulta tu caso con un abogado.