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GUÍA LEGALTICA

Residencia permanente en México: quién puede pedirla y cómo

La residencia permanente te permite vivir en México de forma indefinida y con permiso para trabajar. La obtienes directamente en un consulado si eres pensionado con más de 133.733,40 pesos netos al mes en 2026 o un ahorro promedio de 5.378.663,50 pesos, o si tienes vínculo familiar directo con un mexicano; si no, la pides al INM desde México tras cuatro años consecutivos como residente temporal, o dos si tu residencia se basa en el matrimonio o concubinato con mexicano o con residente permanente.

12 DESPACHOS
10 FUENTES OFICIALES

LA GUÍA · LECTURA COMPLETA

¿Cuál es tu caso?

01 Eres jubilado con una pensión o un ahorro altos vía de pensionado en el consulado, con los montos de 2026 de abajo.
02 Llevas cuatro años consecutivos como residente temporal cambio de condición en el INM, sin nueva prueba de ingresos.
03 Estás casado o en concubinato con mexicano o con residente permanente dos años como residente temporal y después permanente, si el vínculo sigue.
04 Tienes un hijo mexicano por nacimiento, o eres abuelo, padre, hijo o nieto de mexicano por nacimiento permanente directa, desde el consulado o como cambio de condición en México.
05 Naciste fuera de hijo de mexicano quizá ya eres mexicano por nacimiento, que es mejor que cualquier tarjeta.
06 Eres refugiado, asilado, tienes protección complementaria o eres apátrida residencia permanente, sin pagar derechos migratorios.
07 Eres inversionista o propietario no hay vía directa. Esas vías dan residencia temporal, que pasa a permanente a los cuatro años.

Qué te permite

  • Vivir en México de forma indefinida y entrar y salir cuantas veces quieras (Ley de Migración, art. 52-IX).
  • Trabajar sin pedir un permiso aparte: los residentes permanentes mayores de edad lo tienen incluido (Reglamento, arts. 157 y 164).
  • Traer a tus padres, cónyuge o concubino, hijos menores y hermanos menores por unidad familiar (art. 55).
  • Una tarjeta sin vencimiento para adultos. Los menores la renuevan cada año hasta los tres y luego cada cuatro años hasta la mayoría de edad (Reglamento, art. 157).
  • Tiempo que cuenta para la carta de naturalización, que en general pide cinco años de residencia acreditados con tus tarjetas.

Abogados migratorios en México

Cuéntale tu caso a un despacho: recibe tu mensaje y tu teléfono, y tú ves el suyo al momento. Es gratis y no te compromete a nada. Los despachos marcados como «Registrado en Legaltica» gestionan su propia ficha.

  1. Registrado en Legaltica

    CIUDAD
    Ciudad de México
    IDIOMAS
    ES · EN · FR · ZH

    Migralaw - Abogados Migratorios en México

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    MIGRALAW es una firma de abogados migratorios con sede en la colonia Granada (Av. Ejército Nacional 769, Piso 2) en Ciudad de México y presencia en Polanco, Condesa, Santa Fe, Pedregal y sedes en Monterrey, Guadalajara y Cancún. Sus áreas principales son trámites de visas, regularización migratoria y naturalización; además disponen de servicios para empresas y modalidades MigraDigital/MigraVIP. Las oficinas …

  2. Registrado en Legaltica

    CIUDAD
    Xalapa-Enríquez
    IDIOMAS
    ES · EN

    Velarde & Caicero Asociados S.A.S. DE C.V.

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    Velarde & Caicero Asociados S.A.S. DE C.V. es una firma legal con sede en la colonia Modelo de Xalapa (C. Cándido Aguilar 73) especializada en protección integral de derechos humanos: restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes (NNA), protección jurídica de personas adultas mayores, derecho familiar, laboral, civil, mercantil y sucesorio.

  3. Registrado en Legaltica

    CIUDAD
    Boca del Río
    IDIOMAS
    ES · CA · GL · EU · EN · FR · DE · IT · PT · AR · ZH · RU · RO · PL · UK · NL · SV · JA · HI

    Abogado Alfredo Liceaga

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    Quien necesita un abogado familiar, sucesorio, penal o constitucional en Boca del Río encontrará al abogado Alfredo Liceaga en el Fraccionamiento Costa de Oro. Atiende asuntos de divorcio, guarda y custodia, pensiones alimenticias, juicios sucesorios, defensa penal y amparos. Atiende de lunes a viernes 24 horas; sus clientes lo valoran con 5.0 sobre 5 en 23 reseñas. Es egresado de …

Pensionados: cuánto piden en 2026

Los lineamientos de visas del 25 de julio de 2025 fijan los montos en días de UMA (117,31 pesos diarios desde el 1 de febrero de 2026). Tienes que acreditar una de estas opciones:

133.733,40 pesos Pensiónmás de 1.140 días de UMA al mes, libres de gravámenes, en cada uno de los últimos seis meses. Son más de 133.733,40 pesos al mes. Tiene que ser pensión: el sueldo no sirve para esta vía.
5.378.663,50 pesos Ahorro o inversionessaldo promedio mensual equivalente a 45.850 días de UMA durante los últimos doce meses: 5.378.663,50 pesos.
25.808,20 pesos Cada familiar que te acompañe220 días de UMA más, 25.808,20 pesos.

Ejemplo: una pareja de jubilados con una sola pensión. El umbral es 1.140 + 220 = 1.360 días de UMA, es decir, 159.541,60 pesos netos al mes durante seis meses. Con 120.000 pesos al mes no llegan, pero sí superan el de residencia temporal (680 + 220 = 900 días, 105.579 pesos): lo habitual es entrar como temporales y pasar a permanentes a los cuatro años.

Con los tipos del Banco Central Europeo del 23 de octubre de 2026, 133.733,40 pesos son unos 7.120 dólares o 6.361 euros, y 5.378.663,50 pesos unos 286.400 dólares. Cada consulado publica su propia conversión, y la UMA sube cada febrero.

Desde el consulado, paso a paso

  1. Pide cita en un consulado de México en tu país de nacionalidad o de residencia legal con el formato, el pasaporte, la fotografía y los documentos de tu supuesto: carta de la pensión y seis meses de estados de cuenta, doce meses de estados de inversiones, o las actas de nacimiento y matrimonio que prueban el vínculo.
  2. Acuden todos los familiares a la entrevista. El consulado expide la visa en un máximo de 10 días hábiles; si falta algo te previene, y si no lo completas desecha el trámite.
  3. La visa vale 180 días para una sola entrada. Preséntala al entrar y entrega la FMM.
  4. Dentro de los 30 días naturales siguientes a tu ingreso, tramitas la tarjeta de residente permanente en el INM.

Si tu familiar mexicano vive en México y no te acompaña al consulado, la visa por unidad familiar la pide él ante el INM (derecho de 247,96 pesos) y después la expide el consulado (Reglamento, arts. 113 y 114).

De residente temporal a permanente dentro de México

Si ya vives en México como residente temporal, no vuelves al consulado: pides al INM el cambio de condición de estancia con tu tarjeta vigente, el pago de derechos y los requisitos de tu supuesto (Reglamento, art. 142).

Los cuatro años tienen que ser consecutivos y con situación migratoria regular (art. 139-V), así que renueva siempre a tiempo. En la vía del matrimonio, los dos años se cuentan desde que obtuviste la residencia temporal por ese vínculo, y el vínculo tiene que seguir (art. 141-I-c). Y si siendo residente temporal pasas a cobrar una pensión del exterior suficiente, puedes cambiar a permanente sin esperar los cuatro años (art. 141-VI-b).

Cuánto cuesta en 2026

990,79 pesos Visa consularen moneda local y sin reembolso si te la niegan.
13.578,96 pesos Tarjeta de residente permanente
1.847,13 pesos Cambio de condición de temporal a permanentepor el estudio de la solicitud, más la tarjeta.
6.789,48 pesos Descuento por unidad familiar50% de la tarjeta, 6.789,48 pesos (Ley Federal de Derechos, art. 8, vigente desde noviembre de 2025).
1.779,93 pesos Reposición de la tarjeta
· Refugiados, asilados, personas con protección complementaria y apátridas: no pagan derechos migratorios (art. 16).

Ejemplo: un residente temporal que cambia a los cuatro años paga 1.847,13 + 13.578,96 = 15.426,09 pesos. Por la vía del matrimonio, con el descuento, 1.847,13 + 6.789,48 = 8.636,61 pesos.

Documentos: la lista

  • Pasaporte vigente y, si lo pides fuera de tu país de nacionalidad, el documento de legal estancia.
  • Pensionados: carta original de la institución que paga la pensión con el monto mensual, y los estados de cuenta de seis meses donde se deposita, o doce meses de estados de inversiones.
  • Vías familiares: actas de nacimiento y de matrimonio, y el documento que prueba la nacionalidad del familiar mexicano o la tarjeta del residente.
  • Actas extranjeras: apostilladas o legalizadas (Houston solo exime las de México y Estados Unidos) y con traducción si no están en español o inglés.
  • En México: la tarjeta vigente, el comprobante de pago y, en las renovaciones, un escrito bajo protesta de que siguen las condiciones de tu estancia (Reglamento, art. 159).

Por qué se deniega y cómo evitarlo

  • Usar los montos en salarios mínimos de los lineamientos de 2014, abrogados en julio de 2025.
  • Presentar la pensión bruta cuando se exige ingreso libre de gravámenes, o una pensión en dólares o euros que en algún mes queda por debajo por el tipo de cambio.
  • Una interrupción en la residencia temporal por renovar tarde, que rompe los cuatro años consecutivos.
  • Pedir la vía de dos años cuando la residencia temporal no se otorgó por el matrimonio, o después de separarte.
  • No tramitar la tarjeta en los 30 días siguientes a tu llegada, o no avisar en 90 días de un cambio de domicilio, estado civil o trabajo, que se multa con 20 a 100 días de UMA, de 2.346,20 a 11.731 pesos (Ley de Migración, art. 158).
  • Causas del art. 43: antecedentes que comprometan la seguridad, documentos no auténticos o prohibiciones de autoridad.

Si te la niegan

En el consulado puedes volver a solicitarla en cuanto cumplas los requisitos (Ley de Migración, art. 43). En el INM, la negativa de un cambio de condición debe estar fundada y motivada: si tu tarjeta temporal sigue vigente, te la devuelven y continúas con ella; si ya venció, tienes entre 20 y 30 días para salir, regularizarte o defenderte (Reglamento, art. 142).

Los medios de defensa son el recurso de revisión, en 15 días hábiles, y el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en 30 días hábiles. Si el INM no contesta, pasados tres meses el silencio se entiende como negativa y también puedes impugnarlo (Ley Federal de Procedimiento Administrativo, art. 17), salvo que haya un plazo especial.

Situaciones especiales

01 Divorcio durante los dos años del matrimoniodesaparece la base de tu residencia y necesitas otra vía antes de que venza tu tarjeta.
02 Tiempo fuera de Méxicola Ley de Migración no fija una estancia mínima para los residentes permanentes ni un tiempo fuera que cancele la tarjeta. Para naturalizarte sí cuenta: más de seis meses fuera en los dos años anteriores a la solicitud rompen la residencia.
03 Perder la residenciase cancela si manifiestas que te vas definitivamente, si obtienes otra condición, si das información o documentos falsos, o si tus antecedentes comprometen la seguridad (Ley de Migración, art. 64).
04 Sistema de puntosla ley y el reglamento lo prevén, pero sus criterios no se han publicado, así que hoy no es una vía utilizable.

Cuándo te conviene un abogado migratorio

La vía consular es sencilla cuando las cifras sobran. Estos son los casos en los que conviene un abogado en México, y lo que te juegas:

Pensión cerca del umbral o de varias fuentes: un mes por debajo de 133.733,40 pesos netos es una negativa y unos derechos perdidos.

Renovaste tarde o hay un hueco en tu residencia temporal: puede reiniciar los cuatro años, y quizá tengas que regularizarte antes.

Separación o divorcio en la vía del matrimonio: sin nueva base puedes quedar irregular cuando venza la tarjeta.

Actas de varios países o con nombres que no coinciden: cada una tiene que estar apostillada, traducida y ser coherente.

Una negativa o el silencio del INM: 15 días hábiles para el recurso y 30 para el tribunal.

Antecedentes penales, una deportación o un exceso de estancia en cualquier país: el art. 43 permite negar, y hay que tratarlo antes de solicitar.

Planear la naturalización: elegir la vía y controlar las ausencias desde el primer día.

Los despachos de abajo llevan residencias permanentes. Escribirles es gratis.

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Abogados migratorios en México

12 de 1107 despachos.

Preguntas frecuentes

Directamente en un consulado si eres pensionado con más de 133.733,40 pesos netos al mes o tienes vínculo directo con mexicano (por ejemplo, un hijo mexicano por nacimiento); o desde México, con un cambio de condición en el INM tras cuatro años como residente temporal, o dos si es por matrimonio.

La visa consular cuesta 990,79 pesos y la tarjeta 13.578,96. Si cambias desde residente temporal, 1.847,13 pesos más la tarjeta. Por unidad familiar, la tarjeta queda en 6.789,48 pesos.

Pasaporte, formato, fotografía y los documentos de tu supuesto: pensión de más de 1.140 UMA al mes durante seis meses o ahorro promedio de 45.850 UMA durante doce, actas que prueben el vínculo familiar, o tu tarjeta de residente temporal con cuatro años consecutivos.

Es el documento del INM que acredita que vives en México de forma regular e indefinida, con permiso para trabajar y entradas y salidas ilimitadas. Para adultos no vence.

La Ley de Migración no fija un límite ni una estancia mínima. Las ausencias sí cuentan para la carta de naturalización: más de seis meses fuera en los dos años anteriores a la solicitud rompen la residencia.

A los cuatro años consecutivos como residente temporal, o a los dos si tu residencia se otorgó por matrimonio o concubinato con mexicano o con residente permanente y la relación sigue. Si pasas a ser pensionado con ingresos suficientes del exterior, antes.

La vía de dos años exige que el vínculo siga, así que pierdes esa base. Necesitas otra vía, como la solvencia, o salir al vencer tu tarjeta. Asesórate antes de que venza.

La ley no menciona el divorcio entre las causas de cancelación de la residencia permanente (art. 64). El riesgo está antes, mientras eres residente temporal por el matrimonio.

No directamente. Los inmuebles de más de 10.758.500 pesos y las inversiones de más de 5.378.663,50 pesos dan residencia temporal; la permanente llega a los cuatro años.

Sí, los residentes permanentes mayores de edad tienen permiso de trabajo incluido, sin trámite aparte.

Esta guía es información general, no asesoramiento jurídico. Las normas y los importes cambian: comprueba las fuentes oficiales de abajo o consulta tu caso con un abogado.