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Carta poder: formato para llenar y descargar

Escribe los datos de quien da el poder, de quien lo recibe y para qué es. Te damos la carta lista para imprimir y firmar ante dos testigos, en Word o PDF. Gratis y sin registro.

Datos actualizados el

Ver el formato en blanco · Word · PDF

Quién da el poder y quién lo recibe
TúQuien da el poder (otorgante)
Por ejemplo: «credencial para votar con clave de elector …».
Quien lo recibeLa persona que hará el trámite (apoderado)
La que llevará consigo al hacer el trámite.
Para qué es
Escríbelo como algo concreto, para que quien lo recibe sepa qué puede hacer y qué no. Por ejemplo: «realice ante la Secretaría de Educación el trámite de duplicado de mi certificado de secundaria».
La oficina o la empresa donde se hará el trámite, o «A quien corresponda».
Lugar, fecha y testigos
Donde firmas. Por ejemplo: «Guadalajara, Jalisco».
Si lo dejas vacío, vale solo para este trámite y termina al concluirlo.

Si no sabes aún quiénes serán los testigos, déjalo vacío: la carta deja la línea para que pongan su nombre a mano al firmar.

O descárgala ya: ·

Modelo orientativo, gratis y sin registro. No guardamos tus datos: la carta se monta al momento.

No sustituye a un poder notarial. Si el poder es general, si el asunto supera $117,310.00 o si el acto tiene que constar en escritura pública, la ley pide escritura o ratificar las firmas ante notario.

Fírmala tú, quien recibe el poder y dos testigos. Lleva identificaciones: cada oficina puede pedir copia.

Es un modelo orientativo montado con tus datos. No es asesoramiento jurídico: revisa que todo sea exacto.

Formato

Formato de carta poder simple en blanco

Así es la carta. Lo que va entre corchetes lo rellenas tú, a mano o en el formulario de arriba. Puedes descargarla en blanco para llenarla e imprimirla.

Descargar en blanco: Word · PDF

Llenarla con mis datos

[ciudad y estado], a [fecha].

A quien corresponda:

Carta poder

Yo, [nombre completo de quien da el poder], con [identificación oficial y su número], con domicilio en [domicilio], otorgo carta poder a [nombre completo de quien recibe el poder], con [identificación oficial y su número], para que en mi nombre y representación [el trámite o el acto concreto que puede hacer por ti].

Esta carta poder se otorga solo para lo que se indica y termina al concluirlo.

La firman quien otorga el poder, quien lo acepta y dos testigos.

Otorga el poder
[nombre y firma]

Acepta el poder
[nombre y firma]

Testigo
[nombre y firma]

Testigo
[nombre y firma]

Ejemplo

Ejemplo de carta poder simple llena

Con datos inventados, para que veas cómo queda cada parte. Fíjate en que lo que se encarga es concreto y en que firman cuatro personas.

Puebla, Puebla, a 22 de octubre de 2026.

A quien corresponda:

Carta poder

Yo, María Fernanda López Ruiz, con credencial para votar número 0000000000000, otorgo carta poder a José Luis Hernández Soto, con credencial para votar número 1111111111111, para que en mi nombre y representación realice ante la Secretaría de Educación Pública el trámite de duplicado de mi certificado de secundaria y reciba el documento.

Esta carta poder se otorga solo para lo que se indica y termina al concluirlo.

La firman quien otorga el poder, quien lo acepta y dos testigos.

Otorga el poder
María Fernanda López Ruiz

Acepta el poder
José Luis Hernández Soto

Testigo
Ana Sofía Martínez Díaz

Testigo
Carlos Ramírez Peña

¿Basta una carta poder simple?

Si el asunto es…La ley pideNorma
Asunto de hasta $117,310.00 (1,000 UMA diarias de 2026)Carta poder firmada ante dos testigos, sin ratificar firmasCCF, art. 2556
Asunto de más de $117,310.00Escritura pública o carta poder con las firmas del otorgante y de los testigos ratificadas ante notario, juez o autoridadCCF, art. 2555, fr. II
Poder general (pleitos y cobranzas, administrar bienes, actos de dominio)Escritura pública o carta poder con firmas ratificadasCCF, arts. 2554 y 2555, fr. I
Un acto que la ley exige que conste en escritura públicaEscritura pública o carta poder con firmas ratificadasCCF, art. 2555, fr. III
Juicio civil federalEscritura pública o escrito presentado y ratificado ante el juezCCF, art. 2586
Juicio laboral, si eres persona físicaPoder notarial o carta poder firmada ante dos testigos, sin ratificar ante el TribunalLFT, art. 692, fr. I
Cobrar tu salario si no puedes irCarta poder suscrita por dos testigosLFT, art. 100

Según el Código Civil Federal. «Mil veces el salario mínimo» se entiende hoy referido a la UMA por el decreto de desindexación de 2016. La UMA diaria vale $117.31 desde el 1 de febrero de 2026 (INEGI, DOF).

Qué es una carta poder

Es la forma más sencilla de dar un mandato por escrito: tú (quien otorga) encargas a otra persona (el apoderado) que haga en tu nombre algo concreto. El Código Civil Federal define el mandato como el contrato por el que el mandatario ejecuta por cuenta del mandante los actos que este le encarga, y admite darlo «en carta poder sin ratificación de firmas» (arts. 2546 y 2551). Puede ser objeto del mandato cualquier acto lícito para el que la ley no exija que vayas en persona (art. 2548).

Cuándo basta una carta poder simple

Cuando el asunto no pasa de $117,310.00 (1,000 UMA diarias de 2026): entonces basta un escrito firmado ante dos testigos, sin ratificar las firmas (art. 2556 CCF). Por debajo de $5,865.50 (50 UMA diarias) la ley admite incluso el mandato de palabra, pero por escrito queda constancia de qué encargaste.

Cuándo necesitas notario

Si el poder es general, si el asunto supera $117,310.00 o si el acto tiene que constar en escritura pública, la ley pide escritura pública o ratificar las firmas ante notario, juez o autoridad; sin esa forma, el mandato es nulo (arts. 2555 y 2557 CCF). Cómo se ratifican las firmas y qué pasa en un juicio, en la carta poder notariada.

Cómo se llena, paso a paso

Pon el lugar y la fecha; tu nombre completo y el de quien recibe el poder, con su identificación oficial si la quieres citar; y qué puede hacer, en concreto (un trámite, ante qué oficina, con qué datos). Imprímela y fírmala: tú, quien la acepta y dos testigos. Cuanto más concreto sea lo que encargas, menos dudas tendrá quien la recibe.

La firma de quien la acepta y la de los testigos

El mandato se perfecciona cuando el apoderado lo acepta; la aceptación puede ser expresa o tácita, y es tácita cualquier acto que haga para cumplirlo (art. 2547 CCF). Que firme la carta deja la aceptación por escrito. Los dos testigos firman porque la ley pide el escrito «firmado ante dos testigos» (art. 2556).

Cuánto dura y cómo se cancela

El mandato termina, entre otras causas, por revocación, por renuncia del apoderado, por la muerte de cualquiera de los dos, por vencer su plazo o por concluir el asunto para el que se dio (art. 2595 CCF). Puedes revocarlo cuando quieras, salvo que se haya dado como condición de un contrato o para cumplir una obligación (art. 2596). Si no pones fecha, la carta dice que termina al concluir el trámite.

Tu estado y la oficina pueden pedir algo más

El Código Civil Federal rige los asuntos del orden federal (art. 1); en los demás, se aplica el código civil de tu estado, con sus propias reglas sobre la forma del mandato. Y cada oficina o empresa puede pedir requisitos propios, como copia de las identificaciones o un formato suyo. Confírmalos antes de ir.

Preguntas frecuentes

¿Qué es una carta poder?

Un escrito en el que una persona encarga a otra que haga en su nombre algo concreto. Es un mandato (art. 2546 del Código Civil Federal) dado en su forma más sencilla, la carta poder sin ratificación de firmas (art. 2551).

¿Una carta poder tiene que estar notariada?

No siempre. Si el asunto no pasa de $117,310.00 (1,000 UMA diarias de 2026), basta una carta poder firmada ante dos testigos, sin ratificar las firmas (art. 2556 del Código Civil Federal). Hace falta escritura pública o ratificar las firmas ante notario si el poder es general, si el asunto supera esa cifra o si el acto debe constar en escritura pública (art. 2555).

¿Cuántos testigos necesita una carta poder?

Dos. El Código Civil Federal habla de un escrito «firmado ante dos testigos» (art. 2556), y la Ley Federal del Trabajo, para cobrar el salario, de una carta poder «suscrita por dos testigos» (art. 100).

¿Cuánto tiempo es válida una carta poder?

La que pongas en la carta. Si no pones fecha, termina al concluir el asunto para el que se dio; también termina, entre otras causas, por revocación o por la muerte de quien la da o de quien la recibe (art. 2595 del Código Civil Federal).

¿Puedo cancelar una carta poder?

Sí. Puedes revocarla cuando quieras, salvo que se haya dado como condición de un contrato o para cumplir una obligación (art. 2596 del Código Civil Federal). Avisa a quien la tiene y a la oficina donde se iba a usar.

¿Sirve una carta poder simple para un juicio?

Depende del juicio. En un juicio laboral, la persona física puede usar carta poder firmada ante dos testigos, sin ratificarla (art. 692 de la Ley Federal del Trabajo). Para un juicio civil federal, el poder se da en escritura pública o en un escrito ratificado ante el juez (art. 2586 del Código Civil Federal). Si vas a un juicio, habla con un abogado.

¿La aceptan en cualquier oficina?

Cada oficina o empresa puede pedir requisitos propios, como copia de las identificaciones o un formato suyo, y en asuntos locales se aplica el código civil de tu estado. Confírmalo antes de ir.

Fuentes oficiales