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GUÍA LEGALTICA

Regularización migratoria en México: requisitos, multas y plazos

La Ley de Migración te permite regularizar tu situación ante el Instituto Nacional de Migración (INM) sin salir de México si eres cónyuge, concubino, padre, madre o hijo de un mexicano o de un extranjero residente, si tu permiso venció hace menos de 60 días naturales, o en casos de vulnerabilidad. Presentas un escrito, pagas la multa (de 2.346,20 a 11.731 pesos en 2026, según el caso) y 1.847,13 pesos de derechos más la tarjeta, y el INM tiene 30 días naturales para resolver.

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LA GUÍA · LECTURA COMPLETA

¿Cuál es tu caso?

01 Estás casado o en concubinato con un mexicano o con un extranjero residente tienes derecho a regularizarte, con multa de 20 a 40 días de UMA.
02 Eres padre, madre o hijo de un mexicano o de un residente, o tienes su custodia o representación legal también tienes derecho, con la misma multa.
03 Entraste legalmente y te pasaste del plazo hace menos de 60 días naturales puedes pedirla, con multa de 20 a 100 días de UMA, pero sigues como visitante.
04 Haces actividades que tu condición no permite (por ejemplo, trabajar como turista) puedes pedirla, con multa de 20 a 100 días de UMA.
05 Eres víctima o testigo de un delito grave en México, o tu vulnerabilidad impide la deportación tienes derecho, sin multa ni derechos.
06 Te pasaste más de 60 días y no tienes familia mexicana o residente no encajas en la regularización ordinaria; necesitas valorar tu caso con un abogado antes de ir al INM.

Quién tiene derecho y quién puede pedirla

La ley distingue dos grupos. Tienen derecho a la regularización, si están en México (Ley de Migración, art. 133):

  • El cónyuge, concubina o concubinario de una persona mexicana o de un extranjero con condición de residente.
  • El padre, la madre o el hijo de una persona mexicana o de un extranjero residente, o quien tenga su representación legal o custodia.
  • Las víctimas o testigos de un delito grave cometido en México identificados por la autoridad.
  • Las personas cuyo grado de vulnerabilidad dificulte o impida su deportación o retorno asistido: el Reglamento cita, entre otros, a menores no acompañados, embarazadas, adultos mayores, personas con discapacidad, indígenas y personas con una alteración grave de la salud (art. 144).
  • Niñas, niños y adolescentes sujetos a un procedimiento de sustracción y restitución internacional.

Además, pueden solicitarla, salvo que estén en un supuesto de inadmisión del artículo 43, quienes entraron de forma regular y se excedieron del plazo autorizado, siempre que lo pidan dentro de los 60 días naturales siguientes al vencimiento, y quienes hacen actividades distintas de las que permite su condición de estancia (art. 134).

Abogados migratorios en México

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  1. Registrado en Legaltica

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    Migralaw - Abogados Migratorios en México

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    MIGRALAW es una firma de abogados migratorios con sede en la colonia Granada (Av. Ejército Nacional 769, Piso 2) en Ciudad de México y presencia en Polanco, Condesa, Santa Fe, Pedregal y sedes en Monterrey, Guadalajara y Cancún. Sus áreas principales son trámites de visas, regularización migratoria y naturalización; además disponen de servicios para empresas y modalidades MigraDigital/MigraVIP. Las oficinas …

  2. Registrado en Legaltica

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    Velarde & Caicero Asociados S.A.S. DE C.V.

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    Velarde & Caicero Asociados S.A.S. DE C.V. es una firma legal con sede en la colonia Modelo de Xalapa (C. Cándido Aguilar 73) especializada en protección integral de derechos humanos: restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes (NNA), protección jurídica de personas adultas mayores, derecho familiar, laboral, civil, mercantil y sucesorio.

  3. Registrado en Legaltica

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    Boca del Río
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    Abogado Alfredo Liceaga

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    Quien necesita un abogado familiar, sucesorio, penal o constitucional en Boca del Río encontrará al abogado Alfredo Liceaga en el Fraccionamiento Costa de Oro. Atiende asuntos de divorcio, guarda y custodia, pensiones alimenticias, juicios sucesorios, defensa penal y amparos. Atiende de lunes a viernes 24 horas; sus clientes lo valoran con 5.0 sobre 5 en 23 reseñas. Es egresado de …

Requisitos

  1. Escrito dirigido al INM en el que pides la regularización y explicas la irregularidad en la que incurriste (art. 135).
  2. Documento oficial que acredite tu identidad, normalmente el pasaporte.
  3. Si es por vínculo familiar, los documentos que lo prueban: actas de matrimonio, de nacimiento o de concubinato, y la prueba de la nacionalidad mexicana o la tarjeta del residente. Las actas extranjeras, apostilladas y traducidas.
  4. Si te excediste del plazo, el documento migratorio vencido.
  5. Comprobante del pago de la multa que corresponda.
  6. Los requisitos de la condición que quieres obtener: por ejemplo, los de residente temporal por unidad familiar.

Multas y costos en 2026

4.692,40 pesos Multa máxima por vínculo familiarque son 40 días de UMA; la mínima es de 20 días, 2.346,20 pesos (Ley de Migración, art. 145).
11.731 pesos Multa máxima por exceso de estancia o actividades no autorizadasque son 100 días de UMA; la mínima es de 2.346,20 pesos (art. 146).
· Víctimas o testigos, personas vulnerables y menores en sustracción internacional: sin multa (art. 145) y sin el derecho por la regularización (Ley Federal de Derechos, art. 10).
1.847,13 pesos Estudio de la solicitud de regularización(Ley Federal de Derechos, art. 10).
11.140,74 pesos Tarjeta de residente temporal por un añoo 13.578,96 la de residente permanente. Por unidad familiar se paga la mitad: 5.570,37 o 6.789,48 pesos.
591,06 pesos Permiso de salida y regreso mientras se resuelve

La Ley de Migración sigue hablando de días de salario mínimo, pero desde la reforma constitucional de desindexación de 2016 todas esas referencias se entienden hechas a la UMA (artículo tercero transitorio, DOF 27-01-2016), que en 2026 es de 117,31 pesos. El monto exacto dentro de cada rango lo fija el INM.

Ejemplo: la esposa extranjera de un mexicano, con el permiso de turista vencido, que se regulariza como residente temporal por un año paga una multa de entre 2.346,20 y 4.692,40 pesos, 1.847,13 de estudio y 5.570,37 de tarjeta con el descuento: entre 9.763,70 y 12.109,90 pesos en total.

El procedimiento y sus plazos

  1. Presentas la solicitud y los documentos en una oficina de trámites del INM. Puedes hacerlo por apoderado, pero el INM te citará a comparecer en persona y levantará un acta con los motivos (Reglamento, art. 146).
  2. El INM no puede presentar (detener) a quien acude voluntariamente a regularizarse (Ley de Migración, art. 136), salvo que antes hayas incumplido una orden de salida o presentado documentos falsos (Reglamento, art. 146).
  3. Resolución: la ley da al INM 30 días naturales desde que ingresa el trámite y el Reglamento habla de 20 días hábiles.
  4. Mientras está pendiente, si necesitas viajar, pide un permiso de salida y regreso: dura hasta 60 días naturales y no se renueva (Reglamento, art. 161). Sin él, salir puede costarte el trámite.
  5. Si se autoriza, das tus datos, pagas la tarjeta y recibes el documento de tu nueva condición.

Si estás en una estación migratoria y cumples los requisitos, el INM debe darte en 24 horas un oficio de salida para que acudas a regularizarte (Ley de Migración, art. 136). Con ese oficio, la oficina no te vuelve a pedir la multa y resuelve en 10 días naturales (Reglamento, art. 147).

Lo que la regularización no hace

01 No cambia siempre tu condiciónsi eres visitante y te regularizas por vencimiento o por actividades distintas, sigues como visitante (Reglamento, art. 145). El cambio a residente solo llega por vínculo familiar o razones humanitarias.
02 No te da permiso para trabajar por sí solacomo residente temporal por unidad familiar necesitas además el permiso de trabajo, salvo que obtengas la residencia permanente.
03 No sirve a quien no encaja en ningún supuestoel art. 133 permite al INM regularizar en general a quien quiera residir y cumpla los requisitos, y la Secretaría puede abrir programas temporales publicados en el DOF (Reglamento, art. 143). No hemos verificado si hay alguno abierto: compruébalo en el DOF antes de fiarte.

Por qué se deniega y cómo evitarlo

  • Dejar pasar los 60 días naturales después del vencimiento del permiso: cuenta desde el día que vence, no desde que te enteras.
  • Actas extranjeras sin apostilla o traducción, o un vínculo que no se puede probar con documentos.
  • Un concubinato sin acreditar conforme a la legislación mexicana.
  • Causas del art. 43: antecedentes que comprometan la seguridad, documentos no auténticos o una prohibición de autoridad.
  • Pagar a gestores que prometen regularizar sin cumplir los supuestos de la ley.
  • Viajar fuera de México con el trámite pendiente sin permiso de salida y regreso.

Si te la niegan

La negativa tiene que estar fundada y motivada, y te da entre 20 y 30 días naturales para salir del país. No puedes volver a pedir la regularización hasta que pasen seis meses desde la notificación (Reglamento, art. 146).

Puedes impugnarla con el recurso de revisión en 15 días hábiles (Ley Federal de Procedimiento Administrativo, arts. 83 y 85) o con el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa en 30 días hábiles. Con plazos tan cortos y una orden de salida corriendo, hay que moverse el mismo día.

Cuándo te conviene un abogado migratorio

Casi siempre. La regularización depende de encajar en un supuesto concreto y de documentarlo bien, y un error puede acabar en una salida obligada y seis meses sin poder volver a pedirla. Los escenarios típicos:

Tu permiso venció o está por vencer: hay 60 días naturales y no se prorrogan.

Te pasaste más de 60 días o no tienes familia mexicana o residente: hay que estudiar si existe otra salida antes de presentarte.

Concubinato o vínculo difícil de probar, o actas de otros países.

Una deportación previa, una orden de salida incumplida o antecedentes: cambian el riesgo de presentarte.

Estás o estuviste en una estación migratoria.

Te la negaron: 20 a 30 días para salir, 15 días hábiles para el recurso y 30 para el tribunal.

Los despachos de abajo llevan regularizaciones ante el INM. Escribirles es gratis.

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Preguntas frecuentes

Sí. El cónyuge o concubino de una persona mexicana o de un extranjero residente tiene derecho a la regularización, con una multa de 20 a 40 días de UMA (2.346,20 a 4.692,40 pesos), los derechos y la tarjeta.

Si entraste de forma regular, pide la regularización dentro de los 60 días naturales siguientes al vencimiento, con el documento vencido y el pago de la multa (de 2.346,20 a 11.731 pesos). Seguirás como visitante salvo que tengas vínculo con mexicano o residente.

La Ley de Migración prohíbe al INM presentar (detener) al extranjero que acude a pedir su regularización. El Reglamento exceptúa a quien incumplió una orden de salida anterior o presentó documentos falsos.

La ley da al INM 30 días naturales desde que ingresa el trámite, y el Reglamento 20 días hábiles. Si vienes de una estación migratoria con oficio de salida, 10 días naturales.

La multa (de 2.346,20 a 4.692,40 pesos por vínculo familiar, o de 2.346,20 a 11.731 por exceso de estancia o actividades no autorizadas), 1.847,13 pesos por el estudio y la tarjeta de la condición que obtengas, con el 50% si es por unidad familiar.

Te dan entre 20 y 30 días naturales para salir de México y no puedes volver a pedirla en seis meses. Puedes impugnar la negativa en 15 días hábiles con el recurso de revisión o en 30 ante el tribunal.

Solo con un permiso de salida y regreso del INM, que cuesta 591,06 pesos y dura hasta 60 días naturales.

El Reglamento permite a la Secretaría de Gobernación abrir programas temporales, que se publican en el DOF. Esta guía no ha verificado si hay alguno abierto: desconfía de quien te lo ofrezca sin enseñarte la publicación.

Esta guía es información general, no asesoramiento jurídico. Las normas y los importes cambian: comprueba las fuentes oficiales de abajo o consulta tu caso con un abogado.