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GUÍA LEGALTICA
La Ley de Migración te permite regularizar tu situación ante el Instituto Nacional de Migración (INM) sin salir de México si eres cónyuge, concubino, padre, madre o hijo de un mexicano o de un extranjero residente, si tu permiso venció hace menos de 60 días naturales, o en casos de vulnerabilidad. Presentas un escrito, pagas la multa (de 2.346,20 a 11.731 pesos en 2026, según el caso) y 1.847,13 pesos de derechos más la tarjeta, y el INM tiene 30 días naturales para resolver.
LA GUÍA · LECTURA COMPLETA
La ley distingue dos grupos. Tienen derecho a la regularización, si están en México (Ley de Migración, art. 133):
Además, pueden solicitarla, salvo que estén en un supuesto de inadmisión del artículo 43, quienes entraron de forma regular y se excedieron del plazo autorizado, siempre que lo pidan dentro de los 60 días naturales siguientes al vencimiento, y quienes hacen actividades distintas de las que permite su condición de estancia (art. 134).
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La Ley de Migración sigue hablando de días de salario mínimo, pero desde la reforma constitucional de desindexación de 2016 todas esas referencias se entienden hechas a la UMA (artículo tercero transitorio, DOF 27-01-2016), que en 2026 es de 117,31 pesos. El monto exacto dentro de cada rango lo fija el INM.
Ejemplo: la esposa extranjera de un mexicano, con el permiso de turista vencido, que se regulariza como residente temporal por un año paga una multa de entre 2.346,20 y 4.692,40 pesos, 1.847,13 de estudio y 5.570,37 de tarjeta con el descuento: entre 9.763,70 y 12.109,90 pesos en total.
Si estás en una estación migratoria y cumples los requisitos, el INM debe darte en 24 horas un oficio de salida para que acudas a regularizarte (Ley de Migración, art. 136). Con ese oficio, la oficina no te vuelve a pedir la multa y resuelve en 10 días naturales (Reglamento, art. 147).
La negativa tiene que estar fundada y motivada, y te da entre 20 y 30 días naturales para salir del país. No puedes volver a pedir la regularización hasta que pasen seis meses desde la notificación (Reglamento, art. 146).
Puedes impugnarla con el recurso de revisión en 15 días hábiles (Ley Federal de Procedimiento Administrativo, arts. 83 y 85) o con el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa en 30 días hábiles. Con plazos tan cortos y una orden de salida corriendo, hay que moverse el mismo día.
Casi siempre. La regularización depende de encajar en un supuesto concreto y de documentarlo bien, y un error puede acabar en una salida obligada y seis meses sin poder volver a pedirla. Los escenarios típicos:
Tu permiso venció o está por vencer: hay 60 días naturales y no se prorrogan.
Te pasaste más de 60 días o no tienes familia mexicana o residente: hay que estudiar si existe otra salida antes de presentarte.
Concubinato o vínculo difícil de probar, o actas de otros países.
Una deportación previa, una orden de salida incumplida o antecedentes: cambian el riesgo de presentarte.
Estás o estuviste en una estación migratoria.
Te la negaron: 20 a 30 días para salir, 15 días hábiles para el recurso y 30 para el tribunal.
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Sí. El cónyuge o concubino de una persona mexicana o de un extranjero residente tiene derecho a la regularización, con una multa de 20 a 40 días de UMA (2.346,20 a 4.692,40 pesos), los derechos y la tarjeta.
Si entraste de forma regular, pide la regularización dentro de los 60 días naturales siguientes al vencimiento, con el documento vencido y el pago de la multa (de 2.346,20 a 11.731 pesos). Seguirás como visitante salvo que tengas vínculo con mexicano o residente.
La Ley de Migración prohíbe al INM presentar (detener) al extranjero que acude a pedir su regularización. El Reglamento exceptúa a quien incumplió una orden de salida anterior o presentó documentos falsos.
La ley da al INM 30 días naturales desde que ingresa el trámite, y el Reglamento 20 días hábiles. Si vienes de una estación migratoria con oficio de salida, 10 días naturales.
La multa (de 2.346,20 a 4.692,40 pesos por vínculo familiar, o de 2.346,20 a 11.731 por exceso de estancia o actividades no autorizadas), 1.847,13 pesos por el estudio y la tarjeta de la condición que obtengas, con el 50% si es por unidad familiar.
Te dan entre 20 y 30 días naturales para salir de México y no puedes volver a pedirla en seis meses. Puedes impugnar la negativa en 15 días hábiles con el recurso de revisión o en 30 ante el tribunal.
Solo con un permiso de salida y regreso del INM, que cuesta 591,06 pesos y dura hasta 60 días naturales.
El Reglamento permite a la Secretaría de Gobernación abrir programas temporales, que se publican en el DOF. Esta guía no ha verificado si hay alguno abierto: desconfía de quien te lo ofrezca sin enseñarte la publicación.
Esta guía es información general, no asesoramiento jurídico. Las normas y los importes cambian: comprueba las fuentes oficiales de abajo o consulta tu caso con un abogado.