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Familia · Paso a paso

¿Cómo es el divorcio de mutuo acuerdo en notaría? Pasos, costos de 2026 y cuánto tarda

Si ambos están de acuerdo, no necesitan un juez: el divorcio se firma en una escritura pública en la notaría que ustedes elijan. Le contamos qué deben acordar, cuánto cuesta en 2026 y qué pasa si tienen hijos menores.

Actualizado Lectura6 min
EN 30 SEGUNDOS
  • Si ambos cónyuges están de acuerdo, pueden divorciarse ante el notario del círculo que escojan, mediante escritura pública y por intermedio de abogado (art. 34 Ley 962 de 2005; arts. 1 y 2 Decreto 4436 de 2005).
  • Los derechos notariales en 2026 son los de un acto sin cuantía: $90.600, más $5.600 por hoja de la escritura y $19.300 de recaudos, vigentes desde el 1 de febrero de 2026 (Res. SNR RES-2026-000964-6, arts. 2, 36, 50 y 56).
  • Si tienen hijos menores, el acuerdo debe fijar cuota alimentaria, custodia y visitas, y el Defensor de Familia tiene 15 días para dar su concepto (art. 3 Decreto 4436 de 2005).
  • Si no firman la escritura dentro de los 2 meses siguientes a que quede a su disposición, se entiende que desistieron (art. 4 Decreto 4436 de 2005).
  • Basta un solo abogado con poder de ambos cónyuges.

Sí, pueden divorciarse en notaría sin pasar por un juez, siempre que los dos estén de acuerdo y lo tramiten a través de un abogado: el divorcio queda en una escritura pública y, en 2026, los derechos notariales son de $90.600 más hojas y recaudos. Si tienen hijos menores de edad, el acuerdo pasa además por el Defensor de Familia, que tiene 15 días para pronunciarse.

01Qué dice la ley

El art. 34 de la Ley 962 de 2005 permite convenir el divorcio ante notario, por mutuo acuerdo de los cónyuges y por intermedio de abogado, mediante escritura pública. El Decreto 4436 de 2005 regula el trámite: sirve tanto para el divorcio del matrimonio civil como para la cesación de efectos civiles del matrimonio religioso, y puede hacerse ante el notario del círculo que ustedes escojan, no necesariamente donde se casaron (art. 1).

02Cuánto cuesta en 2026

Derechos notariales del divorcio$90.600Es un acto sin cuantía (art. 7 Decreto 4436 de 2005; Res. SNR RES-2026-000964-6, arts. 2 lit. a y 36 lit. e). Se paga al presentar la solicitud completa.
Hojas de la escritura$5.600 por hojaPor cada hoja utilizada por ambas caras (Res. SNR RES-2026-000964-6, art. 2, parágrafo). Las copias auténticas cuestan lo mismo por hoja (art. 5).
Recaudos$19.300Por escritura sin cuantía, con destino a la Superintendencia y al Fondo Cuenta Especial del Notariado (art. 50).
Liquidación de la sociedad conyugal$90.600 hasta $19.277.909Si el patrimonio líquido no supera 1.591,90 UVB ($19.277.909 en 2026) se cobra como acto sin cuantía; sobre el excedente, 3,5 por mil (art. 12).
Honorarios del abogadoSe pactanNo hay tarifa oficial. Pídalos por escrito y pregunte si incluyen la liquidación de bienes.

Estas tarifas rigen desde el 1 de febrero de 2026 (art. 56) y la resolución obliga al notario a exhibirla en un lugar visible al público (art. 53): puede pedir que se la muestren antes de pagar.

03Paso a paso

  1. Pongan por escrito el acuerdoDebe decir que ambos quieren divorciarse, cómo quedan las obligaciones alimentarias entre ustedes y en qué estado está la sociedad conyugal (art. 2 lit. b Decreto 4436 de 2005).
  2. Si hay hijos menores, fijen todo lo suyoCuánto aportará cada uno a la crianza y educación, la cuota alimentaria con lugar y forma de pago, quién tendrá la custodia y el régimen de visitas con su periodicidad (art. 2 lit. c).
  3. Otorguen el poder al abogadoAmbos presentan personalmente el poder ante notario o juez. Si quieren que el abogado firme la escritura por ustedes, el poder debe decirlo expresamente (art. 2).
  4. Reúnan los documentosRegistros civiles de nacimiento y de matrimonio de los dos y, si hay hijos menores, sus registros civiles de nacimiento (art. 2 lit. d).
  5. Radiquen y paguenEl abogado presenta la petición en la notaría elegida y se pagan los derechos con la solicitud completa (art. 7).
  6. Concepto del Defensor de Familia (solo con hijos menores)El notario le notifica el acuerdo y el Defensor tiene 15 días para dar su concepto. Si no responde, el notario deja constancia y autoriza la escritura (art. 3).
  7. Firmen la escrituraTienen 2 meses desde que la escritura queda a su disposición; si no comparecen, se entiende que desistieron (art. 4).
  8. Inscripción en el registro civilLa notaría comunica el divorcio al registro del estado civil, que hace la anotación a costa de ustedes (art. 6).
Quién le puede ayudar

Cómo le ayuda un abogado en este caso

En el divorcio notarial el abogado no es opcional: la petición se presenta por su intermedio (art. 34 Ley 962 de 2005; art. 2 Decreto 4436 de 2005). Su trabajo real está en el acuerdo: que la cuota alimentaria, la custodia y las visitas queden con cifras, fechas y forma de pago concretas para que el Defensor de Familia no las objete, y que la sociedad conyugal quede liquidada o con su estado claro, porque una escritura mal hecha deja bienes y deudas sin repartir. Llámelo apenas tengan un borrador del acuerdo, antes de firmar nada.

  • Redactar el acuerdo con cuota alimentaria, custodia y visitas en cifras y fechas concretas
  • Presentar la petición en la notaría elegida con el poder y los registros civiles
  • Responder las observaciones del Defensor de Familia sin que el trámite se caiga
  • Inventariar bienes y deudas para liquidar la sociedad conyugal en la misma escritura o aparte
  • Firmar la escritura en su nombre si el poder le da esa facultad
  • Verificar que la notaría comunique el divorcio al registro civil

Cuándo no lo necesita. No necesitan un abogado cada uno: el decreto prevé un solo poder de ambos cónyuges al abogado (art. 2 Decreto 4436 de 2005). Y para conocer los costos tampoco: las tarifas notariales están fijadas por la Superintendencia de Notariado y Registro y la notaría debe exhibirlas.

Justacol 5,0 (44) · Bogotá

Su ficha destaca los divorcios de mutuo acuerdo como servicio principal, junto con sucesiones en notaría: encaja si ya tienen el acuerdo y buscan que alguien gestione el trámite completo en la notaría. Atienden en Bogotá, en línea o en persona con cita, y le informan los avances del caso.

Alejandra silva abogada 5,0 (78) · Bogotá

Su ficha incluye divorcios de mutuo acuerdo, unilaterales y contenciosos, así que puede decirles si su caso cabe en la notaría o necesita juez. También tramita exequátur, por si necesitan que una sentencia dictada en el exterior valga en Colombia. Atiende en Bogotá, en persona y en línea.

BORDA JIMENEZ & ASOCIADOS 4,9 (15) · Chía
  • 5 años de ejercicio

Su ficha dice que llevan divorcios notariales y judiciales y trámites notariales y registrales: encaja si además del divorcio hay un inmueble o deudas que repartir al liquidar la sociedad conyugal. Atienden en Chía, en su oficina o con cita en línea.

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04Cuándo no aplica

  • Si no hay acuerdo: la notaría no sirve para un divorcio en el que uno de los dos no quiere o no acepta las condiciones; ese caso va ante el juez de familia.
  • Si no aceptan las observaciones del Defensor de Familia: cuando el Defensor hace observaciones sobre la protección de los hijos menores y ustedes no las incorporan, se entiende que desistieron y la notaría les devuelve los documentos (art. 3).
  • Si dejan pasar 2 meses sin firmar: el trámite se da por desistido (art. 4) y tendrían que empezar de nuevo.

05A quién acudir gratis

Si tienen hijos menores, el Defensor de Familia del ICBF interviene en el trámite y revisa que la cuota, la custodia y las visitas protejan a los niños (art. 3 Decreto 4436 de 2005). Si no tienen medios económicos para pagar un abogado, los consultorios jurídicos de las facultades de derecho prestan asistencia jurídica gratuita (arts. 2 y 8 Ley 2113 de 2021); los gastos del trámite, como los derechos notariales, siguen corriendo por cuenta de ustedes (art. 3).

06Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta un divorcio de mutuo acuerdo en notaría en 2026?

Los derechos notariales son $90.600 (acto sin cuantía), más $5.600 por hoja de la escritura y $19.300 de recaudos, según la Res. SNR RES-2026-000964-6, vigente desde el 1 de febrero de 2026. Los honorarios del abogado se pactan aparte.

¿Cuánto tarda el divorcio en notaría?

No hay un plazo total fijo. Si hay hijos menores, el Defensor de Familia tiene 15 días para dar su concepto (art. 3 Decreto 4436 de 2005), y ustedes tienen 2 meses para firmar desde que la escritura queda lista (art. 4).

¿Necesitamos un abogado cada uno?

No. El decreto prevé el poder de los cónyuges al abogado, de modo que uno solo puede llevar el trámite de ambos (art. 2 Decreto 4436 de 2005).

¿Nos podemos divorciar en notaría si tenemos hijos menores?

Sí, pero el acuerdo debe incluir cuota alimentaria, custodia y visitas, y el notario se lo notifica al Defensor de Familia para que dé su concepto (art. 34 Ley 962 de 2005; art. 3 Decreto 4436 de 2005).

¿Tenemos que ir a la notaría donde nos casamos?

No. Puede ser la notaría del círculo que ustedes escojan (art. 1 Decreto 4436 de 2005).

¿Se puede liquidar la sociedad conyugal en la misma escritura?

Sí. Si el patrimonio líquido no supera $19.277.909 en 2026 se cobra como acto sin cuantía y, por encima, 3,5 por mil sobre el excedente (Res. SNR RES-2026-000964-6, art. 12). Cada acto de la escritura causa sus propios derechos (art. 38).

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FUENTES
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