Me investigan por uso de sociedades pantalla para ocultar patrimonio: ¿qué debo hacer?
Ser investigado por supuesto uso de sociedades pantalla no implica que seas culpable; lo que cuenta es si las sociedades tuvieron actividad económica real y si las operaciones entre ellas eran justificadas. Conserva contratos, facturas, actas y movimientos bancarios; no destruyas pruebas y pide asistencia de un penalista con conocimientos mercantiles y de un perito que pueda reconstruir la operativa y acreditar la realidad económica de las sociedades.
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¿Tienes razón?
Tu defensa dependerá de cuatro factores: la existencia de actividad real y documentación de la sociedad (contratos, facturas, nóminas, locales, proveedores), el carácter y propósito económico de las transferencias entre sociedades, la separación efectiva entre patrimonio personal y societario y la presencia de indicios de simulación (titulares nominales, apoderados sin actuación, falta de operaciones con terceros). Si las sociedades funcionaban como meros instrumentos sin actividad y con movimientos que favorecían a un beneficiario para apartar bienes del alcance de acreedores o de la Hacienda Pública, la posición es débil. Si, en cambio, hubo una estructura operativa, con ingresos, contratos y registros contables coherentes, puedes acreditar que no se trató de ocultación sino de gestión empresarial.
Cómo se soluciona
- Recopila la documentación societaria completa: escrituras de constitución, poderes, actas de juntas, libros contables, facturas emitidas y recibidas, contratos laborales y arrendamientos, y extractos bancarios de las cuentas vinculadas. Exporta correos y mensajes que muestren negociación o prestación de servicios.
- Documenta la actividad económica: reúne pruebas de clientes, pedidos, albaranes, comprobantes de entrega, contratos con proveedores y recibos que muestren que la sociedad prestó servicios o vendió bienes. Si hay facturación entre sociedades, documenta la contraprestación real: valora y justifica precios.
- Aporta prueba de independencia societaria: contratos firmados por las sociedades, decisiones plasmadas en actas, comprobantes de pago de salarios y gastos operativos. Si hubo local y empleados, documenta su actividad. Si no, prepara explicación razonada de por qué la estructura era necesaria.
- Encarga un informe pericial contable: un perito independiente puede reconstruir el flujo económico, demostrar que las sociedades tenían actividad y valorar si existió enriquecimiento ilícito o simple planificación patrimonial. Ese informe es clave en sede penal.
- Coordina defensa penal y mercantil: un abogado penalista especializado en delitos económicos trabajará con el perito para preparar escritos, solicitar documentación al instructor y plantear líneas de defensa: ausencia de ánimo de defraudar, justificación empresarial, o inexistencia de simulación.
- Evita disposiciones de bienes: mientras dure la investigación, no realices operaciones que empeoren tu posición ante abogados de la acusación. Si necesitas operar, documenta la necesidad económica y la contraprestación.
Qué puedes hacer solo y cuándo llamar a un profesional
- Puedes recopilar y organizar la documentación básica. También puedes solicitar a terceros certificados y extractos.
- Necesitas abogado penalista y perito cuando hay inspecciones fiscales, diligencias de la policía o citaciones judiciales, o cuando la estructura societaria es compleja y vinculada a terceros.
Qué puede pasar
- Archivo por falta de indicios: si la documentación y los informes muestran actividad real y ausencia de intención fraudulenta, la investigación puede cerrarse sin consecuencias penales.
- Acuerdo o regularización: en ocasiones se regulariza la situación con la aportación de documentación, entrega de parte de activos o acuerdos que satisfacen a la parte perjudicada. Un acuerdo puede evitar un proceso largo y costoso.
- Procedimiento penal: si existen indicios de simulación y ánimo de perjudicar a acreedores o de evitar responsabilidades fiscales, se puede proceder penalmente. Una condena conllevaría penas y responsabilidad civil; perder un proceso implica además el riesgo de soportar las costas procesales.
Y si ganas, ¿cobras? Un pronunciamiento favorable no garantiza la recuperación de activos si estos están deteriorados o si las sociedades carecen de bienes realizables.
Errores que arruinan el caso
- Mantener sociedades sin actividad real y sin documentación de respaldo: eso facilita la tesis de «pantalla».
- Delegar todo en terceros sin dejar registro documental de las decisiones: dificulta acreditar independencia empresarial.
- No encargar peritaje contable cuando hay movimientos intersocietarios complejos: la falta de informe técnico deja la valoración al criterio de la acusación.
- Mover bienes entre entidades sin justificación económica visible: parece maniobra de ocultación.
¿Necesitas un abogado para esto?
Recopilar facturas y extractos lo puedes hacer tú, pero cuando hay investigación policial, inspecciones fiscales o riesgo real de imputación, necesitas un abogado penalista con experiencia en delitos económicos y un perito contable. Si la otra parte ya te ha reclamado o hay ofertas de acuerdo, contacta con un abogado: la intervención en ese momento suele ser determinante. Si no puedes costearlo, consulta el turno de oficio y valora la justicia gratuita.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Pruebas de actividad: contratos con clientes, facturas, albaranes, nóminas, gastos operativos, arrendamientos y extractos bancarios que muestren cobros y pagos coherentes. También actas y poderes que reflejen toma de decisiones y documentación de proveedores o clientes reales.
Pueden existir responsabilidades si hay indicios de colaboración o conocimiento de maniobras fraudulentas. La responsabilidad se valora según la participación efectiva y la existencia de ánimo de defraudar.
Sí. Un perito puede reconstruir flujos, justificar precios y demostrar que las operaciones respondían a la actividad real, lo que reduce la fuerza de una acusación por uso de pantalla.
Liquidar sin asesoramiento puede perjudicarte. Antes de cualquier disolución, consulta con tu abogado para no destruir pruebas civiles o generar indicios de ocultación.
No siempre. Una irregularidad fiscal puede devenir penal si hay indicios de defraudación y ánimo de ocultar patrimonio. La diferencia radica en la gravedad y en la intención.
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