La empresa usó una empresa interpuesta para contratarme
Que te hayan contratado mediante una empresa interpuesta no significa que la relación laboral no exista con la empresa que se beneficia de tu trabajo. Lo que importa es a quién debes realmente tus instrucciones y quién organiza tu actividad. Primer paso: reúne contratos, órdenes, comunicaciones y prueba de quién dirigía tu trabajo y quién remuneraba al contratista interpuesto.
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¿Tienes razón?
Tres aspectos condicionan si una contratación mediante empresa interpuesta es válida o encubre una relación laboral con la empresa usuaria:
- Control efectivo: si la empresa usuaria dirigía tu trabajo, marcaba objetivos, horarios o supervisaba tu actividad, eso apunta a que la relación laboral es con la usuaria y que la interposición es una apariencia.
- Finalidad de la interposición: la existencia de una empresa interpuesta puede obedecer a razones legítimas (subcontratación real, prestación especializada) o a una intención de eludir obligaciones. Si la contratista no tiene capacidad técnica ni plantilla y solo sirve de pantalla, eso es indicio de fraude.
- Consecuencia económica: si la mayoría de la retribución y el control recae en la empresa usuaria, y la interpuesta solo factura y traslada pagos, la realidad laboral puede ser otra distinta a la formalidad contractual.
El juzgado o la autoridad valorarán la prueba para determinar quién es el verdadero empleador.
Cómo se soluciona
Paso uno: conserva todos los contratos y documentos. Reúne el contrato con la empresa interpuesta, las facturas emitidas, correos y órdenes procedentes de la empresa usuaria, y cualquier prueba de supervisión o integración en la plantilla usuaria. Copia comunicaciones que demuestren quién te daba las órdenes.
Paso dos: identifica testigos y pruebas directas de la relación con la usuaria. Compañeros, responsables que te instruían y documentación interna que muestre integración son útiles.
Paso tres: solicita por escrito a la empresa interpuesta y a la usuaria que aclaren su relación contractual y por qué la contratación se hizo mediante la interpuesta. Un burofax pidiendo explicación crea prueba relevante.
Paso cuatro: consulta con un abogado y decide la vía: demanda en lo social para que se declare la relación laboral con la empresa usuaria y se reclamen cotizaciones y derechos, o petición a la Seguridad Social para que investigue la auténtica relación laboral.
Qué puedes hacer por tu cuenta y qué necesita profesional:
- Tú puedes: reunir contratos, correos, facturas y testigos; enviar burofax solicitando aclaración; y conservar toda la documentación contable y comunicativa.
- Necesitas abogado cuando: la interpuesta se niega a reconocer responsabilidad, cuando la usuaria afirma que no tiene relación laboral contigo, o cuando quieres reclamar cotizaciones y salarios adeudados. Un abogado prepara la demanda y coordina la prueba ante el juzgado y la Seguridad Social.
Qué puede pasar
- Solución por carta o negociación. A veces la empresa usuaria acepta regularizar la relación ante la posibilidad de una reclamación, ofreciendo contratación directa o un acuerdo con la interpuesta.
- Acuerdo o conciliación. Una conciliación puede incluir reconocimiento de relación, pago de cantidades y regularización de cotizaciones. Valora la propuesta junto a un abogado, porque un acuerdo rápido puede ser preferible a litigios largos.
- Procedimiento judicial y actuación administrativa. Si no hay acuerdo, procede la demanda en lo social para declarar la relación laboral con la empresa usuaria y reclamar derechos. La Seguridad Social también puede abrir investigación y declarar responsable a la usuaria por cotizaciones no ingresadas. Si pierdes en juicio, las costas y el tiempo de proceso son riesgos a considerar; si ganas, la ejecución depende de la solvencia de las empresas implicadas.
Y si ganas, ¿cobras? El reconocimiento judicial o administrativo es una condición para cobrar, pero la efectividad del cobro depende del patrimonio del empleador declarado. En ocasiones la actuación administrativa de la Seguridad Social facilita la recuperación de cotizaciones y prestaciones, pero la recuperación de salarios y cantidades pendientes siempre depende de la situación patrimonial.
Errores que arruinan el caso
- No conservar contratos, facturas y correos que prueben órdenes de la usuaria.
- Aceptar presentaciones sin pedir aclaraciones por escrito ni guardar copias.
- Firmar documentos que cedan derechos o reconozcan voluntariamente la contratación por la empresa interpuesta.
- No identificar testigos que puedan confirmar la dirección efectiva del trabajo.
¿Necesitas un abogado para esto?
Puedes empezar por reunir documentos y enviar un burofax reclamando explicaciones; muchas situaciones se resuelven sin abogado. Sin embargo, si la interpuesta niega responsabilidad o la usuaria evita asumir obligaciones, necesitas un abogado laboralista para preparar la demanda contra la verdadera responsable y coordinar la actuación frente a la Seguridad Social. Si te ofrecen un acuerdo, consulta con un abogado antes de firmar; con frecuencia esa es la mejor ocasión para obtener una compensación razonable.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
No siempre. Si la subcontratación es real, con autonomía de la empresa contratista y sin instrucciones directas de la usuaria, la responsabilidad puede quedar en la contratista. Pero si la usuaria dirigía tu trabajo, la jurisprudencia y la administración pueden considerarla responsable último.
Sí. Las facturas muestran quién pagaba y representan datos económicos útiles, pero por sí solas no resuelven la cuestión. Hay que combinar facturas con pruebas de control, órdenes y la integración en la actividad de la usuaria.
Sí. Es habitual reclamar ante lo social a la empresa que consideras verdadera responsable y, si procede, también dirigir actuaciones a la Seguridad Social para que determine responsabilidades en materia de cotizaciones.
La inexistencia o insolvencia de la interpuesta complica la ejecución de créditos contra ella, pero eso no impide reclamar a la usuaria si la prueba demuestra su control. Un abogado te orientará sobre las vías para alcanzar responsabilidades reales.
Sí. La Inspección puede investigar relaciones de interposición y determinar la empresa responsable de realizar altas y cotizar. Su actuación puede terminar en liquidaciones a cargo de la usuaria si constata irregularidades.
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