Si venden imitaciones o falsificaciones con tu marca
Si venden imitaciones o falsificaciones que incorporan tu marca, normalmente tienes derecho a exigir el cese y la retirada: lo que importa es si eres titular de la marca y puedes probar la copia y el perjuicio. Primer paso: recoger pruebas materiales y documentar la venta o la oferta dirigida al mercado español.
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¿Tienes razón?
Para saber si tienes una posición sólida hay que comprobar tres cosas: que posees derechos sobre la marca en España (registro o uso notorio), que el producto que venden reproduce de forma ilegítima signos distintivos de tu marca o elementos caracterizadores, y que existe una actividad comercial que afecta a tu mercado (ventas, anuncios, envíos a España). Si la reproducción es clara —etiqueta, nombre, logotipo— y el público puede confundirse, la infracción es patente. Si se trata de una imitación que usa un signo similar pero no idéntico, habrá que valorar el riesgo de confusión y la posibilidad de denegación por parte de la defensa basada en derechos anteriores o en usos legítimos.
Además, distingue entre falsificación (uso ilegal y fraudulento de tu marca) y simple imitación: la falsificación suele ser más grave y permite medidas más amplias, incluidas acciones penales en algunos supuestos cuando existe comercialización a gran escala.
Cómo se soluciona
- Conserva muestras y documentación: adquiere unidades si es necesario y guarda embalaje, etiquetas y comprobantes de envío. Fotografía y compara con tus originales.
- Acredita la titularidad: reúne el registro de marca en España, certificados de renovación y pruebas de uso en el mercado (facturas, campañas publicitarias, catálogos).
- Actúa ante la plataforma o distribuidor: reclama la retirada del producto con la documentación de titularidad. Si es un punto de venta físico, exige el cese y documenta la oferta.
- Medidas aduaneras y administrativas: para importaciones, solicita la intervención aduanera para impedir la entrada de mercancías falsificadas. Esto requiere presentación de documentación que corrobore la titularidad y la condición de falsificación.
- Carta de cese o demanda: si la vía administrativa no funciona, proyecta una carta de cese y desistimiento firmada por un abogado y, si procede, una demanda por infracción de marca y competencia desleal. Si hay indicios de delito (producción y venta a gran escala), denuncia ante la policía judicial para iniciar investigación penal.
- Medidas cautelares: ante riesgo de destrucción de pruebas o de desaparición de existencias, solicita medidas cautelares judiciales que permitan secuestro de mercancía o prohibición de seguir vendiendo.
Qué puedes hacer sin abogado: documentar las ventas y denunciar en la plataforma o ante la autoridad de consumo. Si hay indicios de delito o volumen significativo, consulta a un abogado y considera la intervención de aduanas.
Qué puede pasar
- Retirada y cese: muchas veces la mera reclamación con pruebas logra que el vendedor o la plataforma retiren los productos y cesen la comercialización.
- Acuerdo: puedes negociar que el vendedor destruya existencias, indemnice o compense por ventas realizadas. Un acuerdo puede incluir cláusulas de no repetición y garantía de retirada de stock.
- Juicio y posibles medidas penales: si hay producción ilícita masiva, además de la vía civil, puede iniciarse una causa penal. En el juicio civil, si pierdes, podrías afrontar costas; si ganas, la efectividad práctica dependerá del patrimonio del condenado.
Y si ganas, ¿cobras? Cobrar una indemnización exige que el condenado tenga bienes ejecutables. En caso de redes de falsificación internacionales, el efecto más cierto suele ser cortar la oferta mediante plataformas y aduanas.
Errores que arruinan el caso
- No comprar ni conservar una muestra: sin la comparación física se complica probar la falsificación.
- No coordinar con aduanas si hay importaciones: perderás una herramienta clave para detener envíos.
- Subestimar la dimensión penal: cuando hay producción a gran escala, no denunciar penalmente puede limitar las opciones.
- Enviar comunicaciones que reconozcan prácticas anteriores propias que debiliten la titularidad: asegúrate de la documentación antes de declarar hechos.
¿Necesitas un abogado para esto?
Si la falsificación afecta a tu línea de negocio o hay indicios de producción masiva, necesitas un abogado para coordinar medidas aduaneras, preparar demandas y, si procede, denunciar penalmente. Si la otra parte te ofrece un acuerdo, consulta a un abogado para valorar la mejor salida. Si hay recursos limitados, infórmate sobre la posibilidad de justicia gratuita.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Sí, cuando existe producción y comercialización de falsificaciones a escala que constituyan delito, puedes presentar denuncia ante la policía o el juzgado. Un abogado penalista o especializado en propiedad industrial puede orientar la calificación.
Sí, pero consulta antes con un abogado sobre el mejor modo de presentar la prueba. La policía puede iniciar una investigación si hay indicios claros de delito.
La aduana puede suspender el despacho de mercancías y retener lotes si se acredita la infracción de marca. Para ello debes aportar documentación que acredite la titularidad y la existencia de falsificación.
No. Destruir mercancía por tu cuenta puede eliminar pruebas necesarias para un procedimiento y puede exponer a responsabilidades. Solicita medidas judiciales para su aseguramiento y destrucción.
Depende del valor económico del fraude y de la capacidad de cobro del infractor. A veces la prioridad es cesar la venta y retirar stock; otras, negociar compensación. Valora con un abogado.
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