Mi aval fue solidario pero no me pidieron requerimiento previo
Si eres avalista solidario y no te hicieron un requerimiento previo, puede que la otra parte aún te reclame: lo que importa es si el aval contiene una obligación conjunta y solidaria y qué defensas renunciaste. Primer paso: pide copia del expediente de ejecución y del aval, y no reconozcas deuda por escrito; conserva toda la documentación y consulta con un abogado para valorar defensas formales y materiales.
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¿Tienes razón?
Que el aval sea solidario significa que el beneficiario puede dirigirse contra cualquiera de los obligados para exigir el pago. Pero si no te hicieron un requerimiento previo, tu posición depende de dos cosas principales: el texto del aval (si se pactó la solidaridad y si hay condiciones para exigir el pago) y las cláusulas de renuncia de defensas que pudieras haber hecho al firmar. En algunos casos la solidaridad viene acompañada de renuncias que permiten el cobro inmediato; en otros, la solidaridad se limita o condiciona a que antes se intenten otras vías contra el deudor principal.
También influyen las pruebas que aporten para acreditar el incumplimiento del deudor principal: si la ejecución se lanza contra ti sin que exista una exigibilidad clara, puedes alegar falta de legitimación o defectos formales en la presentación de la demanda. Si tu aval incluye expresa renuncia a requerimiento previo, esa renuncia facilitará la reclamación; si no la incluye, puedes defenderte alegando que no se cumplió un requisito previo previsto para agotar la vía contra el deudor principal.
Además hay que valorar si te comunicaron debidamente la deuda garantizada y si existieron pagos parciales que afecten la responsabilidad. Y, por supuesto, la solvencia del demandado principal influye en la estrategia: reclamar primero contra quien realmente pueda pagar suele ser más eficaz.
Cómo se soluciona
- Pide la documentación: solicita copia del aval, del contrato garantizado, del procedimiento o requerimiento que te hayan enviado, y del expediente si ya te han demandado. Hazlo por escrito y guarda copia.
- Revisa el aval: comprueba si contiene renuncia expresa al requerimiento previo y si se pacta solidaridad. Si hay renuncia, la defensa será distinta que si no la hay.
- Analiza la legitimación del demandante y la documentación aportada: solicita facturas, certificaciones o cualquier documento que acredite el impago del deudor principal.
- No reconozcas la deuda por escrito ni hagas pagos sin asesoramiento. Un pago o reconocimiento puede cerrar vías defensivas.
- Si hay errores formales en la demanda o en la ejecución, tu abogado puede alegarlos y pedir la suspensión de la ejecución; si no hay errores, negocia si interesa un acuerdo.
- Valora la viabilidad de acciones de repetición: si pagas como avalista, luego podrías reclamar al deudor principal, pero eso depende de la solvencia y de la prueba.
Acciones que puedes hacer ya: pedir y conservar la documentación y no admitir responsabilidad. Qué hace un abogado: analizar el texto del aval y la documentación de la reclamación para articular defensa o negociar.
Qué puede pasar
1) Se arregla con una carta o negociación: muchas ejecuciones de aval se reconducen mediante una oferta de pago o un calendario que evita ir a juicio y sus costes. A veces el beneficiario prefiere cobrar algo antes que enfrentarse a incertidumbres.
2) Acuerdo en conciliación: en un acto de conciliación se puede cerrar una quita o un fraccionamiento aceptable. Aceptar un acuerdo por menos puede estar justificado si evita una ejecución inmediata y reduce costes, aunque implique perder parte del importe.
3) Juicio o ejecución: si la reclamación sigue y pierdes, podrías ser condenado al pago y afrontar medidas de apremio sobre tu patrimonio. Quien paga como avalista suele tener la acción de repetición contra el deudor principal, pero recuperar lo pagado depende de la solvencia del deudor.
Y si ganas, ¿cobro? Ganar una cuestión procesal o una impugnación sobre la forma de la ejecución evita que te embarguen, pero no garantiza la recuperación de cantidades si el deudor principal carece de bienes.
Errores que arruinan el caso
- Reconocer deuda por mensaje o carta: limita defensas.
- No pedir copia del expediente cuando te reclaman.
- Hacer pagos sin tener claro si eso extingue tu acción contra el deudor principal.
- No comprobar si firmaste renuncia a requerimiento previo.
- No consultar con un abogado cuando la otra parte propone un acuerdo económico: aceptar sin asesoramiento puede ser perjudicial.
¿Necesitas un abogado para esto?
Si solo quieres pedir copia del aval y del expediente, puedes hacerlo por tu cuenta. Necesitarás abogado si el aval contiene renuncias a defensas, si ya existe un procedimiento judicial o si te ofrecen un acuerdo: entonces un abogado puede calcular el coste-beneficio y negociar condiciones. Revisa la posibilidad de turno de oficio si tus recursos son limitados.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Significa que el beneficiario puede exigir el pago a cualquiera de los obligados sin necesidad de agotar antes acciones contra los demás. Pero el alcance depende de lo pactado en el aval.
Depende del contenido del aval y de las renuncias que contenga; si renunciaste al requerimiento previo, el beneficiario puede reclamar directamente, y en otros supuestos puede ser discutible.
Pide copia del expediente, consulta con un abogado para ver defensas formales y de fondo, y valora negociar un acuerdo si es razonable.
Sí, existe la acción de repetición, pero su eficacia depende de la solvencia del deudor principal y de la prueba de la obligación.
Puede ser una solución práctica: reduce riesgo y coste. Debe valorarse frente a los riesgos y gastos de litigar.
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