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Cómo iniciar un concurso de acreedores voluntario para mi pyme

Sí puedes iniciar un concurso de acreedores voluntario: la ley lo admite cuando tu pyme no puede atender sus obligaciones y quieres ordenar la situación. Lo que determina si es buena idea es la existencia real de falta de pago, la documentación contable y bancaria que lo pruebe, y la posibilidad de negociar con acreedores. Primer paso: reúne toda la contabilidad, justificantes de deuda y movimientos bancarios para valorar la viabilidad y decidir si presentar la solicitud judicial.

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¿Tienes razón?

Que tu pyme pueda solicitar un concurso de acreedores voluntario depende de varias cosas concretas. Primero, de si la empresa no puede cumplir con sus pagos ordinarios y su situación patrimonial hace previsible que esa incapacidad se prolongue. Segundo, de si la contabilidad y los extractos bancarios muestran la existencia y cuantía de las deudas; sin registros claros se complica todo. Tercero, de si hay alternativa viable fuera del concurso, como una reestructuración acordada con los principales acreedores. Y cuarto, de la situación de los administradores: si existe riesgo de responsabilidad, presentar el concurso de forma ordenada suele ser la opción responsable.

Si al revisar las cuentas localizas impagos reiterados, cheques devueltos o transferencias pendientes que no puedes cubrir, tu posición es la de una empresa con dificultades reales. Eso no es una «culpa»: es el punto de partida para que el procedimiento concursal pueda proteger la continuidad o permitir una liquidación ordenada. No es imprescindible que la deuda esté totalmente documentada con contratos firmados; facturas, albaranes y apuntes bancarios tienen valor probatorio. Pero cuanto mejor organizada esté la documentación, más claro será el diagnóstico y menor el riesgo de sanciones para los administradores.

Cómo se soluciona

  1. Reunir y ordenar la documentación. Saca del sistema contable balances y cuentas de pérdidas y ganancias, libros de facturas emitidas y recibidas, extractos bancarios y contratos con proveedores y clientes. Guarda también comunicaciones por correo electrónico o mensajería que muestren acuerdos de aplazamiento o impagos. Exporta las conversaciones de mensajería si existen y genera copias en PDF.
  1. Hacer un diagnóstico económico. Con esa documentación, comprueba el flujo de caja real: qué pagos son inaplazables y cuáles pueden renegociarse. Identifica acreedores privilegiados como Seguridad Social o Hacienda y separa las deudas comerciales. Este análisis te permite saber si el concurso busca la continuidad de la actividad o una liquidación ordenada.
  1. Intentar una solución previa y negociada. Antes de presentar la solicitud judicial, contacta por escrito a los acreedores principales con una propuesta básica de reestructuración o aplazamiento, y conserva las respuestas. Una reestructuración extrajudicial puede ahorrar los costes de un procedimiento y preservar la actividad. Si existe un acuerdo con la mayoría de acreedores importantes, el concurso puede no ser necesario.
  1. Preparar la solicitud concursal. Si no hay alternativa, prepara la documentación para presentar la solicitud en el juzgado competente. Incluye un relato claro de las causas de la insolvencia y un inventario realista de activos y pasivos. Describe las medidas adoptadas para mitigar el daño, como intentos de refinanciación o reducción de costes.
  1. Presentación y acompañamiento profesional. En muchos casos necesitarás consultar con un abogado especializado en derecho concursal para redactar la solicitud y una propuesta de plan si se pretende continuar. Si la empresa tiene administrador solidario o un consejo, la comunicación interna y la decisión formal deben reflejarse en actas.

Enso, lo que puedes hacer ya solo: organiza la documentación, saca informes bancarios y prepara un resumen claro de la deuda. Lo que te conviene que haga un profesional: evaluar riesgos de responsabilidad de los administradores, redactar la solicitud y negociar con acreedores.

Qué puede pasar

Primera posibilidad: acuerdo extrajudicial. Muchos conflictos se resuelven mediante una carta formal y una propuesta de pago, o un pacto con los proveedores. Es la salida menos costosa y la que permite mantener la actividad sin intervención judicial. Un acuerdo aceptado por los acreedores evita el desgaste y los costes del concurso.

Segunda posibilidad: acuerdo dentro del concurso. Si se abre el concurso, puede surgir un convenio con los acreedores que incluya quitas o esperas. Un convenio suele tardar menos que una liquidación y permite a la empresa seguir operando si la propuesta es viable. A veces aceptar un convenio por menos cantidad es preferible porque reduce el riesgo y la duración total del conflicto. Hay que valorar si la empresa puede cumplir la propuesta: si no, la alternativa será la liquidación.

Tercera posibilidad: liquidación y consecuencias para administradores. Si no hay acuerdo y la situación patrimonial no permite continuar, se inicia la fase de liquidación. En esa fase, los activos se venden para pagar de manera ordenada a los acreedores. Si el concurso revela una gestión negligente o fraudulenta, los administradores pueden enfrentarse a responsabilidades civiles e incluso reclamaciones de responsabilidad por parte de la masa activa. Además, si hay patrimonio insuficiente, una sentencia condenatoria contra la empresa es un título que los acreedores podrán intentar ejecutar, aunque el cobro real dependerá de la existencia de bienes.

Y si ganas o consigues un convenio, ¿cobras? Un convenio o una sentencia que te reconozca un crédito es un título ejecutivo para cobrar, pero el cobro efectivo dependerá de que existan fondos en la masa o de la solvencia de los responsables. No siempre recuperarás la totalidad si la masa es escasa.

Errores que arruinan el caso

  • Dejar la contabilidad sin ordenar: asientos atrasados y extractos sin conciliar dificultan la acreditación de la situación y reducen tu credibilidad.
  • No conservar comunicaciones con acreedores: las respuestas por escrito y los acuerdos verbales plasmados en mensajes son prueba clave.
  • Actuar tarde y sin asesoramiento: demorar la decisión puede empeorar las opciones y aumentar riesgos de responsabilidad para administradores.
  • Ocultar activos o transferir bienes sin justificación: cualquier operación sospechosa puede ser anulada por los administradores concursales y agravar responsabilidades.

¿Necesitas un abogado para esto?

La primera carta y el intento de acuerdo con acreedores puedes gestionarlo tú si tienes la documentación y capacidad de negociación. Necesitarás abogado cuando haya que redactar la solicitud judicial, valorar responsabilidad de administradores o negociar un convenio complejo. Si la otra parte tiene abogado o te ofrecen una propuesta de acuerdo, contrata a un especialista. Comprueba también si puedes solicitar justicia gratuita: muchas pymes y administradores pueden cumplir los requisitos.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

Sí. Lo relevante es la imposibilidad real de atender las obligaciones ordinarias y la situación patrimonial. Las deudas con Hacienda y la Seguridad Social tienen un tratamiento prioritario, pero no son el único criterio. Lo decisivo es la capacidad de pago global y la documentación que lo demuestre.

Sí. Los mensajes y correos electrónicos pueden servir como prueba si se exportan y se conservan con formato legible. Es preferible convertirlos a PDF y adjuntar capturas con fechas y remitentes para que el juzgado y el administrador concursale puedan verificarlos.

Debes mantener informados a los representantes de los trabajadores y cumplir las obligaciones laborales vigentes. En la práctica, una comunicación clara evita conflictos y facilita opciones como pago parcial o renegociación de salarios, pero conviene coordinarla con tu abogado para evitar errores que compliquen el procedimiento.

Operaciones que reduzcan indebidamente el patrimonio pueden ser investigadas por el administrador concursal y la autoridad judicial. Si se demuestra que hubo detrimento del activo para perjudicar a los acreedores, esas operaciones pueden ser anuladas y dar lugar a reclamaciones contra los responsables.

Sí, es común proponer medidas para continuar la actividad dentro del concurso, pero requiere un plan verosímil y financiación para sostener la operativa. Es aconsejable coordinar esa estrategia con un abogado para que la propuesta sea creíble ante los acreedores y el juzgado.

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