La mesa de contratación ha adoptado decisiones sin motivación suficiente
Que la mesa de contratación deje decisiones sin motivación puede ser contrario a la ley y debilitarlas; lo que determina si usted tiene base para impugnarlo es qué decisiones carecieron de motivación, si esa falta afectó los criterios del pliego y si quedó constancia en el expediente. Primer paso: copie y guarde todas las resoluciones, actas, comunicaciones y el pliego; después solicite el expediente si aún no lo tiene.
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¿Tienes razón?
Cuando la mesa de contratación no explica por qué desestima una oferta o por qué asigna puntaje concreto puede estar vulnerando principios esenciales del procedimiento: igualdad de trato, transparencia y motivación administrativa. No todas las deficiencias de redacción convierten una decisión en nula. Lo que realmente determina si su queja tiene fuerza es, al menos, una combinación de estos elementos:
- Existencia de una resolución o acta que decide algo relevante (adjudicación, exclusión, descalificación, evaluación técnica) sin ninguna fundamentación o con fundamentación genérica que no conecta los hechos probados con la conclusión.
- Que la falta de motivación haya afectado la competencia entre ofertas: es decir, que una explicación insuficiente tenga impacto directo en la valoración que recibió su propuesta o en la posibilidad real de competir.
- Que en el expediente consten pruebas que contradigan la motivación escasa (por ejemplo, informes técnicos o comunicaciones que muestran que sí había criterios aplicables) o, por el contrario, que la mesa ocultó o no incorporó elementos relevantes.
Si concurren estos elementos, su posición es fuerte para pedir la revisión administrativa y, si procede, la impugnación ante la instancia competente.
Cómo se soluciona
- Reúna el expediente. Pida copia de la totalidad del expediente de la contratación: pliego, actas de la mesa, evaluaciones técnicas, oficios, comunicaciones y la propuesta ganadora. Si la entidad pone trabas, solicite constancia por escrito de la denegatoria.
- Documente la falta de motivación. Señale exactamente dónde la decisión omite razón: páginas sin fundamento, párrafos que reproducen la norma sin aplicar hechos, ausencia de comparación entre ofertas. Copie y exporte las actas y oficios en PDF; si hay audios o vídeos de las sesiones, solicítelos.
- Compare con el pliego. Identifique las clausulas del pliego que establecen criterios de evaluación y demuestre que la decisión de la mesa no aplica esos criterios o aplica otros distintos.
- Reclamación interna. Dirija una petición de aclaración o impugnación ante la autoridad convocante señalando la falta de motivación y pidiendo motivación complementaria o la reapertura de la valoración. Adjunte pruebas y pida traslado al expediente.
- Agotar vía administrativa previa si el procedimiento lo exige. En muchos casos la Ley de la materia exige agotar recursos internos o administrativos antes de acudir a la vía contencioso administrativa. Consulte si existe un recurso de reconsideración o impugnación ante la máxima autoridad de la entidad.
- Impugnación ante la jurisdicción administrativa. Si la vía administrativa no corrige el defecto, se puede acudir a la instancia contencioso administrativa para solicitar la nulidad de la decisión por falta de motivación y la reposición del procedimiento o la repetición de la evaluación.
Qué puede hacer usted solo y qué necesita profesional:
- Puede reunir y ordenar el expediente, redactar la petición de aclaratoria y presentar la reclamación administrativa.
- Necesitará abogado cuando haga falta presentar la impugnación judicial, cuando el caso exija prueba pericial o cuando la entidad invoque criterios técnicos que haya que contradecir con peritos.
Qué puede pasar
1) Se arregla con una aclaración: la salida más frecuente. La entidad emite una motivación complementaria o corrige el acta y la adjudicación se mantiene o cambia. Esto evita litigio y recupera la competencia entre ofertas.
2) Acuerdo o solución administrativa: la entidad acepta anular la evaluación y vuelve a convocar o valora otra vez las ofertas. Un acuerdo suele implicar negociar una nueva evaluación o la apertura de un acto de reconsideración; puede ser más rápido y práctico que litigar.
3) Impugnación contencioso administrativa: si se acude a la vía judicial, el tribunal puede declarar la nulidad de la resolución por ausencia de motivación suficiente y ordenar la reposición del procedimiento administrativo o que se motive debidamente. Si usted pierde, puede que la decisión quede firme y tenga que asumir las costas, salvo que la ley prevea otra cosa. Además, aun ganando, que le adjudiquen no garantiza el cobro si la entidad no tiene disponibilidad presupuestaria.
¿Y si gana, cobra? Una sentencia favorable puede ordenar la declaración de nulidad y la reposición del procedimiento o la adjudicación, pero la ejecución material (cobrar o iniciar contrato) depende de que la administración tenga recursos y cumpla la providencia. La sentencia es un paso esencial, pero no siempre resuelve de inmediato la situación económica.
Errores que arruinan el caso
- No pedir copia completa del expediente desde el primer momento: la falta de documentación le impide demostrar la ausencia de motivación.
- Limitarse a alegar “falta de motivación” sin señalar concretamente qué puntos del pliego o de la evaluación no fueron aplicados.
- Presentar recursos fuera del ámbito administrativo previo que exige el procedimiento: saltarse la vía administrativa puede dejar sin efecto una impugnación posterior.
- Guardar pruebas solo en el teléfono y no exportarlas: conversaciones de WhatsApp o correos no exportados pueden perderse.
- Aceptar acuerdos informales sin dejar constancia escrita y firmada que proteja sus derechos.
¿Necesitas un abogado para esto?
Puede preparar usted mismo la petición de aclaración y recoger el expediente; en muchos casos eso basta para conseguir una motivación complementaria. Necesita abogado cuando se vaya a impugnar en la vía contencioso administrativa, cuando haya que presentar peritos técnicos para contradecir la valoración de la mesa, o cuando la entidad le ofrece un acuerdo económico: ese es el momento en que un abogado se paga solo. Si carece de recursos, pregunte por asistencia jurídica gratuita en su jurisdicción.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Sí, sirve como indicio si del acta resulta que no se expusieron razones concretas. Lo importante es el contenido: si el acta reproduce conclusiones sin enlazarlas con hechos o criterios del pliego, puede cuestionarse su validez. Reúna cualquier otro documento que complete el contexto (correos, informes, valoraciones técnicas).
Normalmente sí: los procedimientos de contratación suelen permitir que los oferentes accedan al expediente para ejercer defensa y control. Solicítelo por escrito y guarde la constancia de la petición; si le niegan el acceso, pida por escrito la motivación de la denegatoria y consigne copia de esa negativa para posibles recursos.
Depende del contenido: si el correo explica los fundamentos concretos y conecta hechos con la decisión, puede ser prueba suficiente. Si es genérico o vagamente justificante, no sustituye una motivación administrativa adecuada. Conserve el encabezado, remitente, horas y adjuntos.
No siempre. La falta de motivación puede ser subsanable con una motivación complementaria o puede ser determinante si afecta la igualdad entre oferentes. Lo que decide es el efecto del defecto sobre la competencia y el derecho de defensa de los oferentes.
Normalmente un informe pericial de un experto en la materia objeto del contrato que compare su oferta con la valoración aplicada y muestre errores técnicos u omisiones en la evaluación. Un abogado le puede orientar sobre el tipo de perito y el alcance del informe.
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