Me despidieron durante el periodo de prueba y creo que fue injusto
No necesariamente: la empresa puede extinguir el contrato en periodo de prueba, pero no puede usar motivaciones prohibidas o vulnerar formalidades. Lo que determina si su despido es reclamable son cuatro cosas: qué decía su contrato sobre el periodo de prueba, si hubo razón objetiva o discriminatoria, cómo se le notificó y qué pruebas existen (mensajes, evaluaciones, testigos). El primer paso es preservar todas las comunicaciones y pedir por escrito la causa del despido.
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¿Tienes razón?
Cuando lo despiden durante el periodo de prueba la cuestión clave no es si la empresa puede finalizar la relación —en general puede— sino si lo hizo con una causa prohibida, en fraude de ley o vulnerando formalidades. Para evaluar si su caso tiene fuerza debe comprobar, al menos, estas cuatro cosas:
- Qué decía el contrato sobre el periodo de prueba: su duración pactada y si fue acordado por escrito. Si el acuerdo no existe o es confuso, eso pesa a su favor.
- La causa real que alegan: ¿le dijeron que fue por falta de adaptación, por baja productividad o por razones organizativas? Si la razón coincide con una motivación protegida (por ejemplo, embarazo, inamovilidad reconocida, actividad sindical o ejercicio de un derecho), puede ser discriminatoria.
- La forma de la notificación: cómo y cuándo se le comunicó el cese. Aunque en la práctica muchas empresas usan WhatsApp o mensajes informales, esa comunicación puede servir como indicio, pero usted debe conservarla y tomar captura/exportar la conversación.
- Pruebas que apoyen su versión: evaluaciones de desempeño, correos donde le pidieran mejorar, testigos que confirmen que cumplía funciones, o documentos que muestren que la empresa no le dio la oportunidad razonable de corregir su trabajo.
Ninguno de estos elementos por sí solo decide el asunto. Su caso mejora si varias señales apuntan a que la empresa buscó una causa fácil para terminar la relación o para evitar derechos adquiridos.
Cómo se soluciona
- Reúna pruebas ahora mismo
- Copie y exporte chats de WhatsApp, Telegram o correo. No dependa de que el mensaje quede en el teléfono.
- Guarde cualquier documento firmado, aunque sea un papel simple donde conste su ingreso o funciones.
- Pida por escrito la razón del despido; envíe un correo o una carta con acuse y guarde el comprobante de envío.
- Reúna testigos: nombres, cargo y un resumen por escrito de lo que pueden declarar.
- Examine su contrato y condiciones
- Verifique si existe cláusula de periodo de prueba y qué duración y condiciones establece. Si no hay nada por escrito, esa circunstancia puede favorecer su posición.
- Consulte la Inspectoría del Trabajo
- Antes de ir a tribunales, en muchos casos la Inspectoría es la vía administrativa relevante. Allí se puede solicitar orientación y plantear la controversia. La Inspectoría puede mediar y ordenar actuaciones administrativas.
- Analice las alternativas prácticas
- En muchos casos la primera respuesta de la empresa es ofrecer algún arreglo. Valore si un acuerdo inmediato compensa más que prolongar el conflicto: un acuerdo limpio evita desgaste y riesgo de insolvencia de la empresa.
- Cuándo buscar abogado
- Si la empresa ofreció un pago o condiciona la entrega de documentos, busque asesoría. También si hay razones discriminatorias (embarazo, actividad sindical, inamovilidad), y siempre si usted quiere cuantificar derechos y negociar o litigar.
Acciones que puede hacer solo: recopilar y exportar pruebas, pedir por escrito la causa del despido, acudir a la Inspectoría para asesoría. Acciones para abogado: valorar la estrategia (administrativa versus reenganche o demanda), negociar acuerdo, representar en actuaciones administrativas y judiciales.
Qué puede pasar
1) Se arregla con una carta
- Es habitual que la discrepancia se resuelva con una comunicación formal o un acuerdo extrajudicial. Usted consigue documentos que acrediten el pacto y, salvo que quede en evidencia un acto discriminatorio grave, es la salida más rápida.
2) Acuerdo o conciliación
- Si la empresa reconoce alguna responsabilidad o quiere evitar la inspección, puede proponer un convenio. Un acuerdo puede incluir entrega de documentos, carta de trabajo y una compensación. Un acuerdo aceptable suele competir favorablemente con una sentencia futura porque evita la incertidumbre y la demora.
3) Procedimiento administrativo o juicio
- Si no hay acuerdo, podrá seguirse una actuación ante la Inspectoría del Trabajo y desde allí posibles medidas administrativas o la vía judicial según la naturaleza del caso. Si usted reclama y pierde, deberá asumir que la empresa puede impugnar sus pruebas; también existe el riesgo de que la sentencia sea de difícil cobro si la empresa no tiene activos.
Y si gana, ¿cobra?
- Incluso con una resolución favorable, la ejecución depende de la solvencia de la empresa. Una providencia administrativa o sentencia es un título útil para reclamar el pago, pero no convierte automáticamente la decisión en dinero en efectivo si la empresa está insolvente.
Errores que arruinan el caso
- No exportar y respaldar chats y correos: las conversaciones en el teléfono desaparecen con un cambio de dispositivo.
- Destruir o no pedir documentos: no solicitar constancia escrita del despido o no guardar cartas de evaluación limita su prueba.
- Firmar recibos sin leer: firmar un finiquito o una carta de conformidad sin asesoría puede cerrar derechos.
- Trabajar sin testigos ni registros: no documentar su trabajo y las instrucciones recibidas reduce la credibilidad de su versión.
- No agotar la vía administrativa cuando es procedente: saltarse la Inspectoría puede complicar la estrategia.
(Palabras aproximadas: 765)
¿Necesitas un abogado para esto?
La primera gestión —exportar mensajes, pedir por escrito la causa y consultar en la Inspectoría del Trabajo— la puede hacer usted. Necesita abogado cuando la empresa le ofrece un pago, alega motivos discriminatorios, o cuando quiere cuantificar prestaciones y preparar un reclamo formal. Si reúne pruebas pero la empresa no cede, un abogado laboralista puede diseñar la estrategia (administrativa o judicial) y representarle. Si cumple requisitos, es posible acceder a servicio de justicia gratuita.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Sí. La ausencia de contrato escrito no impide reclamar. La prueba puede basarse en testimonios, correos, pagos de nómina o cualquier documento que acredite la relación laboral. Eso sí, la carencia de texto reduce la claridad sobre duración del periodo de prueba y funciones, por lo que deberá esforzarse en reunir indicios.
Sí, los mensajes pueden servir como evidencia si se exportan correctamente y se presentan junto con otros elementos (correos, testigos, documentos). Lo importante es que la conversación esté completa y autenticada: haga exportación que incluya fecha, hora y remitente.
Depende del contenido del documento. Un finiquito que reconozca haber cobrado todo lo adeudado limita la posibilidad de reclamar cantidades ya pagadas; sin embargo, si hay motivos de nulidad o vicios (coacción, información falsa), puede impugnarse con fundamento. No firme sin leer y sin asesoría.
Sí. Aunque la empresa alegue verbalmente un periodo de prueba, su existencia y condiciones pueden probarse por otros medios. La falta de formalidad no elimina derechos laborales mínimos ni impide cuestionar un despido discriminatorio o fraudulento.
La Inspectoría puede intervenir y ordenar medidas administrativas; en casos de inamovilidad laboral específicos puede gestionarse reenganche mediante el procedimiento pertinente. La forma concreta y la vía dependen de la situación y de si aplica alguna protección legal especial.
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