Reclamación de cantidades por incumplimiento contractual en alquileres
Puedes reclamar cantidades por incumplimiento contractual (daños, gastos, daños por obras, etc.) si lo acreditas con pruebas y sigues el procedimiento adecuado. Lo que cuenta es la existencia de una obligación incumplida, la cuantificación razonada del daño y la prueba que lo respalde. Primer paso: reúne todas las facturas, presupuestos, comunicaciones y pruebas que justifiquen la cuantía de la reclamación.
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¿Tienes razón?
Tu posibilidad de reclamar cantidades por incumplimiento contractual en un alquiler se basa en estas cuestiones fundamentales: existe una obligación contractual incumplida; el incumplimiento te ha causado un perjuicio económico identificable; y puedes documentar tanto el incumplimiento como el cálculo del daño. La naturaleza de lo que reclamas puede variar: cantidades por obras no autorizadas, daños en la vivienda al final del contrato, gastos que tuviste que asumir por una obligación del arrendador o penalizaciones previstas en el contrato.
No es suficiente la mera queja: necesitas documentos que conecten el incumplimiento con el daño. Facturas por reparaciones que tuviste que pagar, presupuestos rechazados por el arrendador, fotografías del estado de la vivienda antes y después, y cualquier comunicación que pruebe que solicitaste la actuación y no la obtuviste son esenciales. Si el arrendador alega que el daño proviene del uso normal o del inquilino, tendrás que aportar peritajes o pruebas que atribuyan la causa.
Cómo se soluciona
- Reúne la prueba documental: facturas, presupuestos, contratos de empresas que hicieron reparaciones, fotos, vídeos, informes técnicos y comunicaciones con el arrendador. Organiza la documentación cronológicamente y guarda copias en varios soportes.
- Calcula la cantidad: prepara un detalle razonado de los importes que reclamas, indicando concepto por concepto y adjuntando las facturas o presupuestos que los respaldan. No expliques la cifra de forma vaga; vincula cada concepto a un documento.
- Reclama por escrito de forma fehaciente: envía una carta o burofax detallando la cuantía reclamada, los motivos y la oferta o exigencia de pago. Indica que, ante la falta de respuesta, acudirás a la vía judicial. Conserva prueba de la comunicación.
- Negocia si procede: valorar una solución negociada puede ahorrarte costes y tiempo. En algunos casos, llegar a un acuerdo que contemple un pago parcial o aplazado es preferible a litigar.
- Procede judicialmente si no hay arreglo: para cantidades documentadas existe un procedimiento específico orientado a hacer efectivas deudas claras. Para daños controvertidos o complejos puede necesitarse demanda civil ordinaria o prueba pericial.
- Ejecuta la resolución: si obtienes una sentencia favorable, inicia la ejecución para obtener el cobro. Ten en cuenta que la efectividad del cobro depende de la solvencia del obligado.
Qué puedes hacer solo y qué requiere profesional: puedes reunir facturas y enviar la reclamación fehaciente. Para litigar, valorar la prueba pericial y preparar la demanda con garantías necesitarás abogado y procurador. La cuantificación de daños complejos suele exigir peritos.
Qué puede pasar
Acuerdo extrajudicial: muchas reclamaciones se resuelven mediante acuerdo con pago parcial, compensación o plan de pagos. Es la vía más rápida y menos costosa y puede permitirte cobrar sin necesidad de juicio.
Conciliación o resolución por mediación: si las partes acuden a un acto de conciliación, un acuerdo formalizado reduce el riesgo y permite ejecución si no se cumple.
Juicio y sentencia: en un litigio, el juez valorará la prueba y decidirá sobre la responsabilidad y la cuantía. Si gana el demandante, la sentencia impondrá el pago y podrá incluir costas. Si pierde, podrá enfrentarse a las costas que se le impongan.
"Y si gano, ¿cobro realmente?": cobrar depende de que el condenado tenga bienes embargables o ingresos. Una sentencia no garantiza el cobro si el deudor es insolvente. Antes de litigar, valora la expectativa real de cobro.
Errores que arruinan el caso
- Reclamar sin facturas ni presupuestos que respalden la cuantía.
- No documentar la causa del daño; cuando el origen es discutible, el peritaje puede ser decisivo.
- No enviar una reclamación fehaciente antes de demandar.
- Presentar pruebas tardías o contradictorias en juicio.
- Emprender acciones de presión ilegales o intimidatorias que se vuelvan en tu contra.
¿Necesitas un abogado para esto?
Puedes recopilar pruebas y enviar la primera reclamación por tu cuenta, y negociar un arreglo. Necesitarás abogado y procurador si vas a litigar, si la cuantía es elevada o si es necesario un peritaje para probar los daños. Si el deudor te ofrece un acuerdo, consulta con un abogado para valorar si aceptarlo.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Sí, si demuestras que la reparación era obligación del arrendador y aportas facturas y presupuestos. Asegúrate de notificar al arrendador y de guardar toda la documentación que justifica el gasto.
Si el origen o la cuantía del daño es discutible, un peritaje técnico es muy útil y a menudo imprescindible para acreditar la relación causal y cuantificar el perjuicio.
Sí, si puedes probar que las obras realizadas por el arrendador causaron un perjuicio y tienes facturas o presupuestos que cuantifiquen la reparación. Documenta el antes y el después con fotos y comunicaciones.
Depende del acuerdo. Si aceptas por escrito que es liquidación total, podrías renunciar a reclamaciones posteriores. Firma solo lo que entiendas y, si procede, reserva derechos por escrito.
Si es insolvente, la sentencia puede quedar sin cobro efectivo. Antes de litigar, valora la solvencia y la posibilidad de ejecutar la sentencia si la consigues.
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