Qué es la fase de convenio y cómo puedes proponer un plan de pagos
La fase de convenio es la etapa del concurso donde la empresa o el deudor propone a los acreedores una forma ordenada de pagar las deudas. Lo que decide si la propuesta prospera es la viabilidad del plan y la forma de repartir las cargas entre los distintos acreedores. Primer paso práctico: preparar una propuesta escrita con números claros y pruebas que justifiquen la capacidad de pago y la clasificación de los créditos.
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¿Tienes razón?
La pregunta no es si la fase de convenio existe —sí existe— sino si puedes usarla para evitar la liquidación. Tres factores determinan si tu propuesta de convenio tiene opciones reales: la capacidad de generar caja en el futuro, la clasificación correcta de los acreedores y la aceptación o bloqueo de grupos relevantes de créditos. Si tu negocio puede mostrar costes razonables, contratos que sigan en vigor y previsiones realistas de ingresos, tu posición mejora. Si, en cambio, la empresa está sin actividad comercial y los acreedores son mayoritariamente administración pública o la Seguridad Social con créditos privilegiados, será más difícil convencer a los acreedores.
Es clave entender que el convenio no es un documento de buen deseo: es un contrato colectivo que modifica las condiciones de cobro de terceros. Por eso los jueces y los administradores concursales buscan pruebas documentales sobre la capacidad de cumplimiento: cifras contables fiables, presupuestos de clientes, acuerdos de financiación y planes de reducción de costes. No es raro que una propuesta bien presentada convenza a la masa de acreedores y evite la fase de liquidación.
Cómo se soluciona
- Reúne la documentación básica. Busca los contratos con clientes y proveedores, extractos bancarios recientes, contabilidad ordenada y toda la documentación que muestre ingresos o pedidos pendientes. Si tienes avales, pólizas de crédito o acuerdos con entidades financieras, inclúyelos.
- Clasifica los créditos. Separa claramente qué deudas son con la administración pública, con la Seguridad Social, con proveedores, y con entidades financieras. Para cada deuda anota si tiene garantía real o si es créditos preferentes. Si no entiendes la naturaleza de una deuda, pide al administrador concursal o al asesor que te lo aclare y que te entregue un listado de acreedores actualizado.
- Define un plan de pagos realista y escrito. Expón cuánto esperas ingresar, cómo vas a repartir ese ingreso entre los grupos de acreedores y qué medidas vas a tomar para garantizar esos cobros (por ejemplo, acuerdos de pago con clientes, subrogación de contratos, o entrega de activos específicos). Explica la secuencia de pagos y qué meses o ejercicios cubrirán cada cuota, siempre con previsiones justificadas por documentación.
- Prepara un documento explicativo para la masa de acreedores. Incluye un estado de situación patrimonial claro, un informe de viabilidad y el texto del convenio propuesto. Sé transparente sobre supuestos y riesgos; la credibilidad cuenta más que promesas optimistas sin respaldo.
- Presenta la propuesta. La propuesta puede presentarla el deudor o, en su defecto, el administrador concursal. Si la presentan terceros acreedores o el propio administrador, asegúrate de que el texto respete tus compromisos operativos y no obligue a clausurar líneas de negocio clave.
- Negocia con los acreedores y el administrador concursal. La negociación suele implicar cesiones: quitas sobre el principal, esperas de cobro o conversión parcial de deuda en otros instrumentos. Lleva toda la negociación por escrito y conserva las versiones firmadas o certificadas.
- Formaliza el convenio. Cuando la masa de acreedores acepta, el convenio debe quedar plasmado en documento y homologado por el juez correspondiente. El convenio puede incluir medidas de supervisión y garantías para asegurar el cumplimiento.
En solitario puedes preparar documentación, exportar conversaciones y escribir la propuesta inicial. Para la negociación final y la valoración de si un plan es aceptable para la masa de acreedores, suele ser recomendable contar con un abogado concursal o con asesor económico.
Qué puede pasar
1) Se arregla con una carta y acuerdo extrajudicial. Mucho más frecuente de lo que la gente imagina: un acreedor acepta una quita o una espera si percibe que la alternativa es cobrar menos o nada. Un acuerdo extrajudicial puede implicar compromisos formales que eviten el concurso o que se integren en el convenio.
2) Acuerdo aprobado o conciliación en la fase concursal. Si la masa de acreedores acepta el convenio, se consigue una solución colectiva que ordena los pagos y evita la liquidación. Un convenio aceptado ofrece seguridad jurídica para el deudor y los acreedores, aunque con sacrificios: a menudo habrá quitas o esperas.
3) Juicio o impugnación del convenio. Si algún acreedor con peso impugna el convenio por abuso o por falta de información, el juez puede revisar su contenido. Si el convenio se declara nulo o ineficaz, la alternativa puede ser la liquidación. Si el deudor incumple el convenio aprobado, los acreedores podrán solicitar la revocación o el inicio de la fase de liquidación.
Y si ganas, ¿cobras? Una resolución favorable que apruebe el convenio no garantiza liquidez inmediata: el cobro depende de la capacidad futura de la empresa y de las garantías pactadas. Un convenio es un título ejecutivo, pero su eficacia material depende de que exista realmente caja o activos que permitan cumplir.
Errores que arruinan el caso
- Presentar previsiones de ingreso sin respaldo documental: disparan la desconfianza y llevan a la desestimación.
- No clasificar correctamente los créditos administrativos y de la Seguridad Social: esos acreedores suelen tener mayor capacidad de bloqueo si no se les trata con precisión.
- Ignorar la necesidad de garantías mínimas cuando la masa lo exige: prometer sin garantías suele ser peor que ofrecer una quita mayor con aval.
- Negociar verbalmente sin dejar constancia escrita: muchas adhesiones orales desaparecen cuando hace falta ejecutarlas.
- Confiar solo en esperanza de clientes futuros sin contratos firmados: los jueces y acreedores piden hechos, no expectativas.
¿Necesitas un abogado para esto?
La primera propuesta de convenio la puedes preparar tú si dominas la contabilidad y reúnes la documentación. Pero cuando aparezcan ofertas de quita o cuando la masa de acreedores tenga representantes, conviene un abogado concursal para redactar el texto jurídico del convenio y negociar cláusulas de garantías y cumplimiento. Si puedes pedir justicia gratuita, menciónalo: podrías acceder a turno de oficio en procedimientos concursales.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Sí, cualquier deudor en concurso puede presentar una propuesta de convenio. Lo decisivo es que la propuesta incluya cómo se van a pagar las deudas y qué garantías se ofrecen. La masa de acreedores y el administrador concursal valoran la credibilidad de la propuesta antes de apoyarla.
Los acuerdos parciales ayudan, porque muestran disposición y reducen incertidumbre. Sin embargo, la masa valorará la representatividad de esos acuerdos y si afectan negativamente a otros acreedores. Es preferible que cualquier acuerdo parcial quede por escrito y sea comunicable al administrador concursal.
Una quita es una opción habitual en convenios: significa que el acreedor acepta cobrar menos del principal. La decisión de aceptar o no corresponde a cada acreedor o al conjunto de la masa, según esté regulado. Una quita puede ser razonable si facilita el cobro efectivo.
El incumplimiento suele permitir a los acreedores solicitar medidas ejecutivas o la apertura de la fase de liquidación. El convenio suele incluir cláusulas sobre consecuencias del incumplimiento y mecanismos de seguimiento.
Sí, la conversión de deuda en participaciones o instrumentos de capital es una herramienta posible. Requiere valoración económica y suele necesitar aprobaciones adicionales, pero puede ser útil para reequilibrar el balance y atraer financiación.
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