No me devuelven el aval bancario tras finalizar el alquiler
Que te retengan el aval bancario no es automático: lo que importa es si existe deuda, daños acreditados o una cláusula válida en el contrato. Comprueba la documentación que vinculó el aval al alquiler y reclama por escrito con certificación de contenido; si no funciona, hay vías judiciales para exigir su devolución o negociar un acuerdo. Aquí te explico cómo demostrar tu posición y qué errores evitar.
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¿Tienes razón?
Que te pidan el aval bancario no significa que puedan quedárselo. Tres cosas determinan si tu reclamación tiene fundamento: el motivo alegado por el arrendador (impago de rentas, reparaciones, gastos), la prueba documental que él aporte para justificar el cobro contra el aval (facturas, presupuestos, actas de entrega) y la relación entre lo que se reclama y la cobertura del aval según el documento del banco y el contrato de alquiler. Si el aval se constituyó como garantía de rentas y servicios, y el arrendador no aporta justificantes convincentes, tu posición es fuerte. Si, por el contrario, existe una deuda claramente documentada y certificada, el banco puede ejecutar el aval a favor del arrendador.
También importa cómo terminó el contrato: una entrega de llaves con acta y fotografías, y la ausencia de deudas, te ponen en ventaja. Si no firmaste acta de entrega o no dejaste constancia de las condiciones de la vivienda, seguirás teniendo opciones, pero tendrás que disputar pruebas o falta de ellas. Finalmente, el texto del aval y del contrato puede contener cláusulas que condicionen la ejecución del aval a ciertos requisitos; revisarlas es clave.
Cómo se soluciona
- Reúne toda la documentación: contrato de arrendamiento, copia del aval bancario (fianza bancaria o aval), justificantes de pago de las rentas y recibos de suministros que pagaste, mensajes o correos con el arrendador, fotografías del inmueble a la entrega y cualquier acta de entrega de llaves. Si el aval está en poder del banco, busca el documento emitido por el banco que describe su alcance.
- Pide una explicación por escrito y fehaciente al arrendador: envía un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido o una carta certificada en la que solicites la devolución del aval y que te expliquen el motivo y las cuantías que alegan. Conserva copia y el justificante de envío.
- Si la respuesta no te satisface, solicita al banco información sobre la disponibilidad del aval y su estado. A veces el aval no se ha ejecutado y el banco puede retenerlo por una resolución administrativa o judicial; otras veces el arrendador ya solicitó su ejecución.
- Examina la documentación que aporte el arrendador: facturas, presupuestos, peritajes. Si detectas que faltan elementos o que las cuantías no están justificadas, contéstalo por escrito y adjunta tu propia prueba.
- Si la disputa no se resuelve, valora iniciar una reclamación judicial o un procedimiento monitorio si hay documento que justifique la deuda. Para eso probablemente necesites abogado y procurador: el reclamo judicial es la vía para que un juez determine si procede la ejecución del aval y, en su caso, ordenar la devolución.
Separa lo que puedes hacer solo (reunir documentos, enviar burofax, pedir al banco información, tomar fotos) de lo que ya exige asesoramiento: impugnar facturas, preparar demanda y representar en juicio.
Qué puede pasar
1) Se arregla con una carta. A menudo el arrendador rectifica tras recibir la reclamación fehaciente y devuelve el aval o parte de él. Es la opción más rápida y menos costosa: una devolución completa o un acuerdo de pago que incluya la renuncia a ejecutar el aval.
2) Acuerdo o conciliación. Llegar a un acuerdo con el arrendador —por ejemplo, aceptando una retención parcial a cambio de un documento que libere al aval— es frecuente. Un acuerdo reduce riesgo y tiempo: aun si la cantidad aceptada es menor que la que podrías obtener en sentencia, la seguridad de cobrar y evitar litigio suele compensar.
3) Juicio. Si no hay acuerdo, se puede demandar. En juicio se decidirá si la ejecución del aval estaba justificada. Si pierdes, el juez puede desestimar la pretensión y corresponderá a la parte que perdió asumir las costas si así lo decide el tribunal. Si ganas, habrá que ejecutar la sentencia: un problema real si la parte condenada carece de bienes, porque una sentencia es el título para intentar cobrar pero no garantiza el cobro inmediato.
Y si ganas, ¿cobras? Ganar la demanda no siempre equivale a cobrar. Si el arrendador es insolvente, tendrás un título ejecutivo que permite intentar embargos, pero el resultado depende de la situación patrimonial del condenado. El aval bancario garantiza cobro si aún existe disponibilidad en el banco o si la ejecución fue autorizada.
Errores que arruinan el caso
- Dejar que el arrendador ejecute el aval sin reclamar por escrito y sin pedir justificantes. Sin protesta fehaciente es más difícil impugnar.
- No conservar justificantes de pago y comunicación: recibos, transferencias, mensajes exportados y fotos de la entrega son la base de tu defensa.
- Firmar un reconocimiento de deuda o renuncia sin asesoramiento: puede cerrar la puerta a reclamar después.
- Destruir o no pedir copia del aval bancario: sin ese documento no puedes comprobar su alcance.
¿Necesitas un abogado para esto?
Puedes enviar la primera reclamación por tu cuenta y en muchos casos con eso se soluciona. Necesitarás un abogado cuando la otra parte presente documentación que haya que impugnar, cuando te ofrezcan un acuerdo del que debas valorar su alcance real, o para presentar demanda y representación ante el juzgado. Si no puedes pagar, comprueba si reúnes requisitos para la justicia gratuita: el turno de oficio cubre este tipo de procedimientos en muchos supuestos.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Sí. La fianza usualmente se entrega al arrendador y es un depósito; el aval bancario es una garantía emitida por un banco que se obliga a pagar al arrendador si tú no cumples. El tratamiento práctico es parecido, pero su ejecución y los documentos implicados son diferentes: siempre solicita copia del aval bancario para ver su alcance.
Sí, puede servir como prueba si contiene información clara y va acompañado de fotos. Exporta la conversación y guarda las imágenes con fecha. En juicio se valorará junto con otras pruebas (actas, testigos, recibos).
Si el banco ha pagado conforme al aval y consideras que la ejecución fue indebida porque no existía deuda, lo habitual es reclamar contra quien solicitó la ejecución (el arrendador) y, en su caso, exigir responsabilidad al banco si actuó sin cumplir el aval. Cada caso exige analizar los documentos.
Hay herramientas procesales para impugnar una ejecución o reclamar su improcedencia, pero requieren actuación judicial. En algunos escenarios se puede suspender la ejecución mediante la vía adecuada; lo debe valorar un abogado según la documentación concreta.
Conserva transferencias bancarias, recibos, extractos y cualquier comunicación en la que el arrendador reconozca pagos. Las transferencias son especialmente valiosas porque acreditan importes y fechas. Si pagaste en efectivo, ten testigos o recibos firmados.
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