Aparecieron dos testamentos y dicen cosas distintas
Cuando aparecen dos testamentos con disposiciones contradictorias, lo relevante es su validez formal, la fecha de cada uno y si alguno fue revocado correctamente. Primer paso: obtener copias certificadas de ambos testamentos y la noticia registral de su protocolo para identificar si fueron abiertos o cerrados y ante qué fedatario se otorgaron.
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¿Tienes razón?
Que haya dos testamentos no resuelve por sí mismo la sucesión: lo decisivo es cuál de los dos cumple los requisitos legales y si uno revoca o sustituye al otro. Las cuestiones que determinan la validez son, en síntesis: la forma en que fueron otorgados (testamento público abierto ante notario, testamento ológrafo, etcétera, según lo permitido por la legislación estatal y la normativa aplicable); la fecha de cada uno y si existe constancia de que el testador revocó expresamente el anterior; y la existencia de vicios que afecten su validez (falta de capacidad, coacción). En muchos casos la solución es relativamente técnica: el testamento más reciente que cumpla con formalidades suele prevalecer, salvo que el anterior conserve validez por razones documentales o por ausencia de revocación clara.
Importante: no confíe en copias informales. Solicite copia certificada en la notaría que custodia cada testamento o solicite constancia en el registro de testamentos si existe. La prueba documental y el acta notarial que protocolizó cada testamento son fundamentales.
Cómo se soluciona
- Obtenga copias certificadas y protocolizadas de ambos testamentos. Averigüe en qué notaría o archivo se encuentran y solicite versiones oficiales con sello. Si uno es testamento ológrafo (escrito de puño y letra del causante), pida la incorporación del original y su protocolización.
- Verifique la cronología y la revocación: revise si el testador incluyó cláusula expresa de revocación o si el segundo testamento contiene disposiciones que contradicen y, por tanto, revocan tácitamente al primero. También pida informes a la notaría sobre el procedimiento de apertura y si existe inscripción en algún registro disponible.
- Reúna indicios de vicios: si sospecha que uno fue otorgado bajo coacción o que fue falsificado, reúna pruebas médicas, testimoniales o periciales (grafoscopia). La autenticidad de firmas y la capacidad del testador en las fechas relevantes son pruebas que suelen decidir el caso.
- Acuda a conciliación o impugne judicialmente. Si los interesados no llegan a acuerdo, se debe instar al juez competente a valorar la validez de ambos instrumentos y determinar cuál debe aplicarse. El abogado solicitará pruebas periciales y la comparecencia de testigos.
Si desea intentar solución sin abogado, puede promover una conversación entre herederos con la intervención del notario para aclarar las versiones. Para impugnaciones y peritajes resulta casi imprescindible la asistencia letrada.
Qué puede pasar
1) Acuerdo entre herederos. Muchas veces se negocia un reparto práctico que evita litigar: repartición por bienes concretos, compensaciones o renuncias pactadas.
2) Conciliación protocolizada. Ante notario o juez pueden acordar la aplicación de uno de los testamentos y dejar constancia de la renuncia del otro, con la formalidad que corresponda.
3) Juicio de validez. El tribunal decidirá cuál testamento es válido y si hubo revocación o vicio. Si pierde la impugnación, la resolución confirmará la validez del testamento rechazado y el tribunal puede imponer costas si la impugnación fue temeraria; si gana, se aplicará el instrumento reconocido.
Y si gana, ¿cobro? La adjudicación se ejecuta conforme a la sentencia; la efectividad depende de la existencia de bienes suficientes y de la situación registral. Si bienes fueron transferidos a terceros de buena fe, la ejecución puede complicarse.
Errores que arruinan el caso
- No obtener copias certificadas y confiar en copias digitales o fotos.
- No verificar la cronología y la existencia de cláusula de revocación.
- No solicitar peritaje grafoscópico cuando hay dudas sobre la autoría.
- Actuar sin notificar a todos los interesados: un acuerdo parcial puede quedar nulo por falta de consentimiento de otros herederos.
- Empezar a repartir bienes antes de aclarar cuál testamento rige.
¿Necesitas un abogado para esto?
Si sólo quieres recopilar copias certificadas y preguntar en la notaría, puedes hacerlo usted mismo. Necesita abogado cuando hay sospecha de falsedad, coacción, o cuando los herederos no se ponen de acuerdo. Un abogado gestionará peritajes, solicitudes de medidas cautelares y la impugnación en los tribunales. Si los bienes tienen poco valor y las partes acuerdan, quizá no sea necesario litigar; si hay oferta de acuerdo, consulte primero con un profesional.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
No siempre. En general el último que cumpla las formalidades y no sea revocado es el que rige, pero si el más reciente tiene vicios de validez o fue otorgado sin capacidad, puede ser declarado nulo y quedarse el anterior vigente.
El testamento ológrafo es el escrito de puño y letra del causante. Su prueba requiere el original y, frecuentemente, peritaje grafoscópico para acreditar autoría y fecha, así como su protocolización según la ley local.
Sí. La vía común es solicitar peritaje grafoscópico para demostrar la falsedad. Si la pericia demuestra falsificación, el documento puede ser declarado inválido.
Se pueden solicitar medidas cautelares y acciones de nulidad o restitución si la inscripción es consecuencia de un testamento impugnable. La viabilidad depende de la situación registral y de terceros de buena fe.
Sí. Si no se contradicen, ambos pueden integrarse: el segundo puede completar o aclarar el primero. Solo cuando hay disposiciones opuestas surge la necesidad de decidir cuál aplica.
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