Me cayó una visita del IMPI por presunta infracción
Una inspección del IMPI por presunta infracción puede derivar en medidas administrativas si se encuentran indicios de uso indebido. Lo que determina tu posición es la naturaleza de la inspección, las pruebas que aportes de titularidad o autorización y si puedes justificar el uso con contratos y facturas. Primer paso: solicita copia del acta y guarda toda la documentación relacionada con la marca y con los productos inspeccionados.
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¿Tienes razón?
Que el IMPI realice una visita no significa que ya has sido declarado responsable; es un acto de investigación. Para saber si la presunción de infracción tiene fundamento, valora tres ejes. Primero, tu titularidad o autorización para usar el signo: si eres titular registral o cuentas con licencia o cesión documental, eso te protege frente a la acusación. Segundo, la trazabilidad de los productos: facturas de compra, contratos con proveedores, pedimentos de importación y comprobantes de venta permiten demostrar que los bienes proceden de una fuente legítima o que tú tienes derechos sobre la marca. Tercero, la identificación de los productos inspeccionados: fotografías, lotes, etiquetas y envases que se hayan intervenido son clave para defender que el uso se ajusta al derecho.
Si no puedes probar titularidad ni autorización ni cadena de suministro clara, la inspección tendrá más peso y podrás enfrentar sanciones administrativas o medidas cautelares.
Cómo se soluciona
Paso uno: pide copia del acta de inspección y revisa qué se anotó exactamente: descripciones, objetos intervenidos y observaciones. Si no te entregaron copia en el momento, solicita una por escrito y guarda el acuse.
Paso dos: organiza la documentación que pruebe tu derecho a usar la marca: título registral, contratos de licencia o cesión, facturas de compra y venta, contratos con distribuidores o fabricantes, pedimentos y órdenes de compra. Escanea y exporta estas pruebas en formato PDF para poder aportarlas rápidamente.
Paso tres: responde ante la autoridad con argumentos y prueba. En muchos procedimientos administrativos existe la posibilidad de presentar alegatos y documentos para desvirtuar la presunción de infracción; prepara un escrito fundamentado y acompáñalo con la documentación probatoria.
Paso cuatro: si la inspección llevó a medidas como el retiro de mercancía o bloqueo, valora acciones para su restitución. Dependiendo de la actuación de la autoridad, puedes solicitar la devolución o impugnar la medida si acreditas titularidad o autorización. Para esto es recomendable apoyo legal.
Paso cinco: si un tercero presentó la denuncia y la disputa se complica, valora negociar con ese tercero. A veces una licencia o acuerdo transaccional resuelve la situación antes de llegar a sanciones o a un conflicto contencioso.
Qué puede pasar
Primera posibilidad: la situación se aclara con la documentación y la inspección concluye sin sanción. Si puedes demostrar titularidad o autorización y la cadena de suministro es clara, la autoridad puede cerrar el acta sin mayores consecuencias.
Segunda posibilidad: acuerdo o medidas administrativas. La autoridad puede ordenar medidas como retiro de productos o medidas preventivas hasta que se aclare la situación; un acuerdo con el titular registral también puede terminar la disputa sin multa. Un acuerdo puede implicar licencia o pacto de coexistencia.
Tercera posibilidad: sanciones y procedimiento contencioso. Si la inspección acredita infracción y no acreditas derecho, puedes enfrentar sanciones administrativas y la destrucción o decomiso de mercancía. Si se inicia un procedimiento y lo pierdes, además podrías ser responsable de costas. Si ganas, la resolución confirmará que tu uso era legítimo. Ten en cuenta que incluso con una resolución favorable, si la otra parte es insolvente, recuperar daños puede ser complejo.
Y si ganas, ¿cobras? En procedimientos de infracción, recuperar indemnizaciones depende de la existencia de daño cuantificable y de la situación patrimonial del denunciante; muchas veces es más práctico buscar acuerdos para restituir mercancía y pactar condiciones de uso.
Errores que arruinan el caso
- No solicitar copia del acta o no conservarla: sin el acta es difícil rebatir las afirmaciones de la autoridad.
- Eliminar o esconder mercancía: intentar ocultar bienes incautados genera agravios y puede convertirse en un delito administrativo o penal.
- No ordenar la documentación comercial: facturas y contratos dispersos o faltantes reducen tu capacidad de defensa.
- Hablar con el denunciante sin asesoría: la comunicación directa puede facilitar acuerdos o, al contrario, generar pruebas en tu contra si se hace sin estrategia.
¿Necesitas un abogado para esto?
Si la inspección solo pide información básica y tienes documentación ordenada, puedes presentar pruebas por tu cuenta. Busca abogado cuando la autoridad imponga medidas como decomisos, cuando haya procedimiento administrativo abierto, o si el denunciante solicita medidas cautelares o te pide arreglos económicos. Un abogado también ayuda si conviene negociar una licencia o un acuerdo para levantar medidas provisionales.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
El IMPI puede ordenar medidas precautorias sobre mercancía presuntamente infractora, pero la clausura total del establecimiento no es la consecuencia más habitual. Lo relevante es qué medidas concretas se anotaron en el acta y si se ordenó retiro o aseguramiento de productos; revisa el acta y conserva copia.
Sí. Negociar una licencia temporal, un acuerdo de cesión o un arreglo económico puede ser una salida práctica para liberar mercancía y resolver la disputa sin mayores trámites. Asegura todo por escrito.
Sí. Facturas, pedimentos y contratos con proveedores ayudan a demostrar la procedencia legítima de la mercancía y pueden desvirtuar la presunción de infracción. Organiza estos documentos y preséntalos a la autoridad.
Si la autoridad destruye mercancía, revisa el acta para identificar el fundamento. Puedes impugnar la medida si tienes prueba de titularidad o autorización; busca asesoría para evaluar recursos administrativos o judiciales.
En general, las controversias por marcas son de naturaleza administrativa o civil. Solo en casos agravados con delitos conexos podría involucrarse la vía penal. Si temes un riesgo penal, consulta con abogado penalista especializado.
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