Mi expareja no paga la pensión de alimentos
Si la expareja no paga la pensión, no siempre es ilegal: lo que importa es si existe una obligación reconocida (sentencia o convenio) y qué pruebas tienes. Lo primero es reunir los documentos que acreditan la deuda y reclamar por escrito de forma fehaciente; con eso puedes forzar medidas de ejecución o solicitar el cambio de medidas si la situación ha variado.
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¿Tienes razón?
Que alguien no haya ingresado una cantidad no basta por sí sola. Lo que determina si puedes exigir el pago son tres cosas: 1) que exista una obligación formal (una sentencia, un convenio judicial o un acuerdo homologado) que establezca la pensión; 2) que puedas probar qué cantidades se adeudan (extractos, transferencias, recibos, comunicaciones) y 3) la situación de la persona obligada: si está declarada insolvente o ha ocultado ingresos, eso condiciona la ejecución. Si sólo hay un acuerdo verbal, la situación es más difícil pero no siempre imposible: deberás reunir más pruebas indirectas. Si existe una resolución judicial, tu posición es sólida sobre el papel; el problema es convertir ese papel en cobro efectivo.
Cómo se soluciona
- Reúne la prueba. Busca la sentencia o convenio homologado que fije la pensión. Exporta los extractos bancarios donde aparezcan los pagos y guarda los justificantes de transferencia. Si pagabas en efectivo, busca recibos, testigos o cualquier comunicación donde conste el pago. Conserva mensajes de texto y conversaciones que muestren promesas de pago o reconocimientos de deuda: expórtalos desde la app y haz capturas con fecha.
- Reclamación fehaciente. Envía una comunicación escrita y certificada reclamando las cantidades impagadas; usa un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido o un escrito con registro de entrada. En ese escrito describe las cantidades impagadas y pide pago concreto. Esto crea constancia y, en muchos casos, desencadena la respuesta de la otra parte.
- Intenta acuerdo. Muchas situaciones se resuelven con un acuerdo: propon un plan de pagos por escrito y deja claro que, de no cumplirse, procedes a ejecutar judicialmente. Un acuerdo por menos puede ser razonable si te permite cobrar con rapidez; valora la propuesta.
- Presenta ejecución. Si la reclamación fehaciente no sirve, puedes solicitar medidas de ejecución sobre el patrimonio del deudor ante el juzgado que dictó la resolución. Eso incluye embargos, retenciones de salario o medidas similares. Para estimar si merece la pena, necesitas saber si la otra parte tiene bienes o ingresos embargables.
- Valora vías alternativas. Si no hay resolución judicial pero sí documentos que acreditan la obligación, existe la posibilidad de reclamar por la vía civil competente para obtener una resolución que te permita ejecutar. En casos claros de impago y acreditación documental, el procedimiento monitorio puede ser útil para reclamar deudas dinerarias debidamente justificadas.
Qué puedes hacer hoy solo: reunir toda la documentación, enviar el burofax de reclamación y, si te ofrecen un acuerdo, pedirlo por escrito. Cuándo buscar un profesional: si te ofrecen un acuerdo que te preocupa, si sospechas que el deudor oculta bienes, o si necesitas iniciar ejecución y cobrar realmente.
Qué puede pasar
1) Se arregla con una carta o acuerdo extrajudicial. Es lo más frecuente: tras la reclamación fehaciente, la persona paga lo adeudado o propone un plan de pagos. Un acuerdo rápido evita costes y desgaste: a veces aceptar menos dinero y cobrarlo tiene más sentido que ganar en juicio y esperar a ejecutar.
2) Acuerdo en acto de conciliación o mediación. Si optáis por acudir a un acuerdo formal o a mediación familiar, podéis documentar un calendario de pagos que luego se homologa judicialmente. Eso da seguridad y facilita la ejecución si no se cumple.
3) Juicio y medidas de ejecución. Si no hay acuerdo, se plantea la ejecución judicial de la resolución. El juzgado puede imponer embargos sobre cuentas o retenciones en la nómina. En un juicio pueden imponerse costas a la parte perdedora, pero también puede ocurrir que ganes la sentencia y la otra parte sea insolvente, y entonces cobrar sea materialmente difícil: una sentencia contra alguien sin bienes puede quedarse en un papel. Si pierdes el procedimiento, podrías tener que asumir las costas si así lo decide el juez; valora el riesgo antes de litigar.
Y si obtienes sentencia favorable, ¿cobras? Depende. Una sentencia permite embargar bienes y salarios, pero si el obligado carece de recursos o ha ocultado patrimonio, ejecutar puede ser largo o poco efectivo.
Errores que arruinan el caso
- No conservar pruebas: borrar mensajes, no guardar recibos o no solicitar justificantes tras pagos hace más difícil acreditar impagos.
- Aceptar verbalmente un aplazamiento sin dejar constancia: acepta o propone por escrito y pide firma o al menos mensaje que reconozca la modificación.
- No reclamar por escrito antes de litigar: el burofax crea constancia y ayuda en ejecución.
- Ignorar posibles vías indirectas para cobrar (embargos laborales o retenciones): no valorar la fuente de ingresos del deudor puede hacer fracasar la ejecución.
- Firmar un acuerdo de desistimiento sin asesoramiento: podrías renunciar a derechos sin darte cuenta.
¿Necesitas un abogado para esto?
La primera carta la puedes escribir tú y en muchos casos con eso se soluciona. Necesitarás abogado cuando la otra parte no responde, oculta bienes, te ofrezca un acuerdo que no entiendes, o cuando debas iniciar ejecución judicial. Si la otra parte ya tiene abogado o la suma en disputa es relevante para tu economía, pide asesoramiento profesional. Si no puedes pagar, podrías tener derecho a asistencia jurídica gratuita.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Sí puedes reclamar, pero te faltará la fuerza de una resolución judicial. Deberás reunir pruebas indirectas: mensajes, transferencias, testigos, recibos o cualquier rastro de las obligaciones. Con pruebas suficientes se puede intentar una reclamación civil que homologue la deuda.
Sí. Un WhatsApp puede ser prueba si se exporta adecuadamente y se conserva la integridad. Es mejor combinarlo con otros documentos. Guarda capturas y exporta el chat con fecha; describe en un documento cómo se obtuvo la conversación.
Una explicación de gasto no anula la obligación. Lo relevante es que exista la obligación de pago. Si demuestra enfermedad o pérdida de ingresos, puede solicitar modificación de medidas, pero eso no borra deudas ya vencidas.
No. Retener la relación con el hijo como presión económica es una mala idea legal y puede perjudicarte en un procedimiento de familia. La vía correcta es reclamar la pensión por los cauces establecidos.
Una sentencia te da título para embargar, pero si el ejecutado no tiene bienes accesibles, el cobro puede ser muy limitado. En algunos casos es posible localizar rentas futuras embargables, pero requiere investigación y, a menudo, la intervención de un abogado.
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