Mi ex incumple la orden de alejamiento, ¿qué puedo hacer?
Si tu ex incumple una orden de alejamiento, no debes solucionarlo por tu cuenta: la obligación de respetarla nace de una resolución judicial y su incumplimiento es delito. Lo que determina lo que pasa es la prueba de la vulneración y la forma en que lo comuniques a las autoridades. Primer paso: deja constancia fehaciente del hecho y ponte en contacto con la policía o la Guardia Civil para que lo investiguen.
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¿Tienes razón?
Que tu ex esté incumpliendo la orden de alejamiento puede significar cosas distintas según el contexto. Lo determinan, básicamente, cuatro elementos: 1) el contenido concreto de la resolución (qué distancia y qué prohibiciones impone), 2) la forma en que se produce la vulneración (contacto directo, tercera persona, presencia en un lugar determinado), 3) la prueba disponible (testigos, mensajes, imágenes, partes de lesiones) y 4) si hay una denuncia previa o medidas en vigor en otras causas. Si la orden está en vigor y puedes probar que tu ex se ha acercado o ha intentado contactar contigo en los términos prohibidos, tu posición es sólida para pedir la intervención de la autoridad judicial.
Si no conservas la resolución escrita, pide una copia en el juzgado o solicítala a través de la policía. Sin texto que fije la distancia y las prohibiciones es más difícil demostrar el incumplimiento. Si la vulneración fue verbal o indirecta, la valoración será más compleja: la autoridad mira el conjunto probatorio y la credibilidad de las partes.
Cómo se soluciona
1) Reúne pruebas ahora mismo. Guarda todos los mensajes, llamadas perdidas, capturas de pantalla, grabaciones de llamadas o conversaciones y exporta las conversaciones de apps. Haz fotografías de pruebas físicas (coche, puerta, lugar donde se presentó). Anota fechas, horas y nombres de testigos con detalle. Si hay daños o lesiones, procura informe médico.
2) Comunica a la policía. Acude al lugar donde prestan servicio la policía nacional, la guardia civil o la policía local y presenta denuncia por incumplimiento de medida judicial. Lleva toda la documentación que hayas recogido y, si tienes la resolución, una copia. Si el hecho ocurre mientras estás en peligro, llama a los servicios de emergencia.
3) Pide medidas complementarias. En la denuncia puedes solicitar que se practiquen diligencias urgentes: toma de manifestaciones a testigos, actuación en el lugar y valoración de riesgo. La policía puede emitir un parte de denuncia que se remite al juzgado.
4) Si existe riesgo grave, plantea ante la autoridad judicial o fiscal la revisión de las medidas. Se puede pedir la modificación de la orden —por ejemplo, ampliando restricciones— o incluso solicitud de prisión provisional si se aprecia riesgo de reiteración. Un letrado o la fiscalía pueden promover estas medidas.
5) Si la vía penal no avanza, conserva todo para ejercer derechos civiles: la misma prueba puede servir para solicitar medidas en la jurisdicción civil (por ejemplo, custodia, visitas restringidas o reclamación por daños) y para pedir ejecución de la resolución penal.
Qué puedes hacer tú sola y qué necesita profesional
- Tú sola: reunir y preservar pruebas, acudir a la policía a denunciar, solicitar copia de la resolución al juzgado, pedir apoyo a servicios sociales o recursos especializados municipales o autonómicos.
- Con abogado: solicitar diligencias concretas, presentar escritos ante el juez que instruye la causa, pedir la revisión de medidas o reclamar responsabilidad penal o civil cuando la situación lo aconseje.
Qué puede pasar
1) Se arregla con una intervención administrativa o policial. A veces la denuncia provoca que la policía actúe de inmediato, la persona es identificada y la situación se calma sin más trámite. Este escenario es frecuente cuando la vulneración es puntual y existe una respuesta rápida.
2) Acuerdo o medidas judiciales revisadas. La denuncia puede conducir a que el juez modifique la orden, imponiendo restricciones adicionales o ajustando la distancia. También puede derivar en medidas civiles complementarias como custodia o visitas supervisadas si hay hijos en común. Un acuerdo con presencia de letrados puede establecer nuevas reglas de convivencia autorizadas por el juzgado.
3) Juicio penal. Si la investigación prueba la reiteración o la gravedad del incumplimiento, se puede celebrar un juicio por el delito correspondiente. Si se obtiene una sentencia condenatoria, además de la pena prevista, puede implicar responsabilidades civiles. ¿Y si pierdes? En caso de absolución, la persona queda libre de sanciones penales y tu capacidad de ejecutar medidas penales desaparece; en lo civil, la alternativa es seguir por la vía administrativa o civil. Además, si el tribunal impone costas, la parte que pierde puede tener que asumirlas: ese riesgo existe y debe valorarse.
¿Y si ganas, cobro? Una sentencia penal condenatoria puede incluir responsabilidad civil que permite reclamar una indemnización. Sin embargo, cobrar depende de la solvencia del condenado: una sentencia no garantiza el cobro si la persona no tiene bienes o ingresos ejecutables.
Errores que arruinan el caso
- No dejar constancia inmediata: no anotar fechas, horas o testigos cuando el hecho ocurre. La memoria sola no basta.
- Eliminar mensajes o conversaciones pensando que ‘complican’ la relación. Borrar pruebas resta fuerza a la denuncia.
- Intentar responder o afrontar al agresor por tu cuenta: esto puede convertir una vulneración penal en un conflicto mutuo y dificultar la prueba.
- No pedir copia de la resolución: sin ella no sabes exactamente qué prohibición se está incumpliendo.
- Entregarse a terceros para mediar sin garantías: que un familiar intente convencer al agresor de que deje de acercarse puede hacer desaparecer pruebas y complicar responsabilidades.
¿Necesitas un abogado para esto?
La primera denuncia la puedes presentar sola y en muchos casos la intervención policial basta para frenar la conducta. Llama a los servicios de atención a víctimas y pide información. Busca abogado cuando la conducta se repite, cuando te ofrezcan un acuerdo o cuando necesites que se soliciten medidas cautelares ante el juez. Si la persona que incumple tiene abogado o hay hijos implicados, valora la asistencia letrada: suele compensar el coste. Si no puedes costearlo, solicita el turno de oficio —puedes acceder a justicia gratuita.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Sí, pero conviene exportar la conversación completa y conservar metadatos. Si es posible, acompáñala de otros medios (testigos, llamadas, acta de presencia policial). El juzgado valora el conjunto probatorio.
No tomes medidas que puedan ser interpretadas como vulneración de derechos del otro. Si hay resolución que prohíbe acercarse, informa a la policía y solicita medidas. Cambiar cerraduras sin valorar la situación puede complicar tu defensa si hay disputa sobre propiedad o posesión.
La policía toma tu denuncia, recoge pruebas y puede actuar de urgencia si hay indicios de riesgo. Remite las diligencias al juzgado o a la fiscalía para que se acuerden las medidas penales oportunas.
Sí: puedes solicitar la activación de protocolos de protección a víctimas y valorar la adopción de medidas judiciales adicionales. Los servicios de atención a víctimas y la policía te orientarán sobre los recursos disponibles en tu localidad.
La negación es habitual; en ese caso la valoración se basa en la prueba objetiva y en los testimonios. Por eso es importante conservar mensajes, fotografías y declarar a testigos que hayan visto la situación.
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