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Me han abierto un procedimiento sancionador por infracción muy grave

Un procedimiento sancionador por infracción muy grave es serio: la Administración entiende que hay una conducta especialmente lesiva. Lo que determina el resultado es la prueba de la conducta, la intencionalidad o negligencia grave y la magnitud del daño. Primer paso: recopila y conserva toda la documentación que demuestre tu diligencia, y prepara alegaciones con pruebas y testigos que expliquen la actuación empresarial.

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¿Tienes razón?

Que la Administración te impute una infracción muy grave implica que aprecia una conducta trascendente —por ejemplo, un riesgo grave para la seguridad, un fraude masivo en cotizaciones, o una situación sistemática que vulnera derechos fundamentales de trabajadores— pero no significa que la sanción sea inevitable. Lo que pesa en la evaluación es la prueba que tenga la Administración sobre los hechos, la existencia o no de dolo o negligencia grave, las medidas de prevención que hubieras adoptado y si hubo voluntad de corregir la irregularidad al detectarla.

Para valorar si puedes resistir o reducir el procedimiento, analiza estos elementos: la calidad de la prueba administrativa (actas, informes periciales, testigos), la documentación interna que demuestre procedimientos y protocolos (manuales de seguridad, registros de formación, planes de prevención), y las actuaciones de subsanación posteriores a la detección (correcciones, bajas temporales, regularizaciones). Si puedes demostrar que existió diligencia razonable y medidas de control, tu defensa mejora.

La Administración debe motivar la tipificación como muy grave, por lo que examina factual y jurídicamente tu actuación. En muchos casos, la diferencia entre una infracción leve o grave y una muy grave radica en la existencia de un patrón, la reiteración y el perjuicio real o potencial para trabajadores o terceros.

Cómo se soluciona

1) Conserva toda la prueba documental: actas de Inspección, informes técnicos, partes de siniestros o de incidencia, comunicaciones con trabajadores y con la Inspección, registros de formación y coordinación, contratos y nóminas. No modifiques documentos; conserva copias autenticadas cuando sea posible.

2) Evalúa las medidas preventivas y protocolares que aplicaste: planes de prevención, evaluaciones de riesgos, formación impartida y mantenimiento de equipos. Documenta fechas, contenidos y asistentes. Si no existían medidas, identifica las acciones correctoras inmediatas que adoptaste y documenta su implementación.

3) Prepara alegaciones técnicas y jurídicas. Expón los hechos desde tu perspectiva, aporta prueba que rebata la versión administrativa y presenta informes periciales si la materia es técnica (seguridad, higiene, riesgos). Señala cualquier defecto en la instrucción del expediente: pruebas incompletas, errores materiales o conclusiones no justificadas.

4) Valora negociar o proponer medidas compensatorias. En ocasiones, proponer un plan de corrección y colaborar con la Administración puede mitigar la sanción. Pero si hay prueba sólida contra ti, prepara la defensa judicial si es necesario.

Qué puedes hacer sin abogado: reunir la prueba, documentar actuaciones y presentar alegaciones iniciales. Necesitarás abogado cuando la sanción sea potencialmente grave para la continuidad empresarial, cuando exista imputación penal o cuando la Inspección alegue conducta deliberada. Un abogado experto en Inspección te ayudará a coordinar peritajes, a preparar un relato técnico y a decidir la mejor estrategia entre negociar y litigar.

Qué puede pasar

1) Se sobresee o se archiva tras tus alegaciones y aportación de pruebas. Si demuestras diligencia y corriges fallos puntuales, la Administración puede cerrar el procedimiento sin sanción. Esto sucede cuando la actuación inspectora parte de indicios que se desvirtúan con documentación adecuada.

2) Resolución con sanción y medidas correctoras. La Administración puede imponer una sanción y ordenar medidas para corregir la situación. Aceptar la resolución puede ser preferible si evita procedimientos prolongados y reduce el coste final.

3) Resolución sancionadora impugnada y litigio. Si recurres y pierdes, la sanción puede quedar firme y ser ejecutada; además, podrías afrontar costas y responsabilidades accesorias como recálculo de cotizaciones o mayor alcance de la intervención. Si ganas, la anulación devuelve la situación previa, pero el proceso puede haber causado perjuicios reputacionales y económicos.

Si ganas, la recuperación económica no está garantizada: la anulación de una sanción no elimina siempre las consecuencias administrativas ya ejecutadas (como regularizaciones de cotizaciones) que deben tratarse específicamente.

Errores que arruinan el caso

  • Ocultar información a la Inspección o alterar documentos después de la notificación: eso se interpreta como mala fe.
  • No documentar medidas preventivas o formación: sin prueba, la defensa por diligencia es débil.
  • Tratar la actuación como meramente técnica cuando tiene implicaciones penales o de responsabilidad administrativa extensa: subestimar la gravedad complica la solución.
  • Retrasar la contestación al expediente: contestar tarde reduce opciones de negociación y de aportar prueba que desvirtúe los hechos.

¿Necesitas un abogado para esto?

En asuntos de infracción muy grave conviene contar con abogado desde el primer momento si la sanción puede afectar a la viabilidad del negocio, si hay riesgo penal o responsabilidades de administradores, o si la Inspección ya ha dictado una propuesta sancionadora. Un abogado con experiencia en inspecciones coordinará peritajes, preparará alegaciones técnicas y te asesorará sobre si negociar medidas o impugnar la resolución. Si cumples los requisitos, puedes solicitar justicia gratuita.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

La diferencia suele estar en la magnitud del daño, la reiteración y la posible intencionalidad o negligencia extrema. Una infracción muy grave implica un perjuicio o riesgo significativo para trabajadores o terceros y a menudo un patrón o conducta sistemática. La motivación de la Administración en el expediente explica por qué considera la conducta muy grave.

Sí, proponer y documentar un plan de corrección y colaborar con la Inspección puede contribuir a moderar la sanción. La Administración valora la disposición a subsanar y la colaboración, aunque no elimina automáticamente la responsabilidad si los hechos son graves.

Si hay indicios de delito, el expediente administrativo puede derivar en investigación penal. En ese escenario es esencial contar con defensa penal especializada junto a la laboral, porque los riesgos y estrategias difieren.

Sí, informes de empresas independientes, certificados de formación y auditorías pueden ser prueba relevante para demostrar actuaciones preventivas y diligencia. Asegúrate de que estén fechados y firmados por profesionales acreditados.

La empresa puede ser responsable si no pudo demostrar que había exigido y verificado medidas al proveedor. La responsabilidad por terceros se valora en función del control y las exigencias contractuales y de supervisión que demostrases.

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