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Mi inquilino con contrato vencido no se marcha

Si tu inquilino sigue en la vivienda después de que el contrato haya vencido, no necesariamente puede quedarse. Lo que determina si puedes recuperar la posesión es cómo terminó la relación contractual (desistimiento, prórroga tácita, prórroga forzosa) y si has hecho las notificaciones formalmente. Primer paso: reúne el contrato, los recibos y cualquier comunicación escrita y reclama por burofax con certificación de contenido y acuse de recibo.

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¿Tienes razón?

Si el contrato ha vencido y el inquilino no se marcha, tu capacidad para exigir la vivienda depende de varias cosas: si el contrato preveía prórroga o prórroga tácita; si existió una comunicación formal pidiendo la entrega de la vivienda; si el inquilino continúa pagando renta o se ha negado a hacerlo; y si hay acuerdos verbales posteriores que puedan entenderse como renovación. Piensa en esto como cuatro interruptores: el contrato escrito, las comunicaciones entre las partes, los pagos que se han seguido haciendo y cualquier conducta que indique que las partes acordaron continuar. Si tienes firmado un acuerdo de prórroga o recibos que demuestran que aceptaste seguir cobrando la renta, tu reclamación es más difícil; si no hay nada de eso, tu posición es fuerte.

¿El hecho de que el contrato venza significa que el inquilino debe marcharse automáticamente? No siempre. En algunos casos la ley o el propio contrato permiten prórrogas, y en otros la continuación en la vivienda sin tu consentimiento puede entenderse como ocupación. Lo importante es que lo que decide es la combinación de contrato y actos de las partes, no solo la fecha en el papel. Reúne la documentación: contrato original, anexos, recibos de pago, comunicaciones por escrito, fotos del estado de la vivienda y testigos si los hay.

Cómo se soluciona

  1. Reúne la prueba. Busca el contrato original, cualquier anexo o cláusula sobre prórrogas, los justificantes de pago de la renta desde la fecha de vencimiento, mensajes de WhatsApp o correo electrónico donde se hable de continuar o terminar el alquiler, y nombres de testigos (vecinos, portero). Exporta conversaciones del móvil y guárdalas en varios formatos.
  1. Reclama por escrito de forma fehaciente. Envía un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido reclamando la entrega de la posesión y, si procede, cuantificando la deuda. Adjunta copia del contrato y los justificantes que apoyen tu petición. Conserva la prueba del envío y la recepción.
  1. Valora un acuerdo. Si el inquilino propone salir a cambio de una quita, plantéalo: un acuerdo firmado con plazo y condiciones puede ser más rápido y menos costoso que pleitear. Si aceptas, deja constancia escrita de la entrega y de cómo se quedan las cosas con la fianza.
  1. Procedimiento judicial. Si el inquilino no se marcha y no hay acuerdo, tendrás que iniciar la vía judicial para recuperar la posesión. Entra la demanda en un juzgado competente y, según la situación probatoria, el juzgado resolverá sobre la entrega de la vivienda. Ten en cuenta que la demanda exige pruebas sólidas y suele necesitar procurador y, en muchos casos, abogado.
  1. Ejecutar la resolución. Si el juzgado acuerda la entrega y la sentencia es firme, comienza la ejecución para recuperar la posesión. Si el inquilino se resiste, la ejecución puede implicar lanzamiento de la vivienda.

Qué puedes hacer hoy sin abogado: busca y copia todos los documentos, exporta conversaciones, envía un burofax, y anota fechas y testigos. Cuándo llamar a un abogado: si la otra parte ofrece dinero para salir, si hay pagos que complican la interpretación, o si la otra parte ya tiene abogado.

Qué puede pasar

1) Se arregla con una carta. A menudo la simple comunicación fehaciente y la oferta de un plazo de salida obliga al inquilino a marcharse. Si alcanzas un acuerdo, fírmalo y deja constancia de la entrega de llaves y de la situación de la fianza.

2) Acuerdo o conciliación. Si ambas partes negocian, puede firmarse un convenio donde el inquilino se compromete a entregar la vivienda y, si procede, a pagar una cantidad. Un acuerdo puede ser preferible a ganar en juicio porque se resuelve antes y evita costes y la incertidumbre de ejecución.

3) Juicio y riesgo. Si no hay acuerdo, la vía judicial puede obligar al lanzamiento y al pago de las cantidades adeudadas. Si pierdes en juicio por no probar lo que afirmas (por ejemplo, si hay recibos que benefician al inquilino), puedes asumir las costas. Además, una sentencia contra un inquilino insolvente puede ser difícil de cobrar; ganar no siempre equivale a cobrar de forma inmediata.

Y si ganas, ¿cobras? Depende: si el inquilino tiene bienes o ingresos embargables, la sentencia es útil para cobrar; si es insolvente, la sentencia puede quedar como un crédito que tarde en satisfacerse.

Errores que arruinan el caso

  • No conservar los recibos de las rentas o aceptar pagos en negro sin documento.
  • Destruir o no exportar conversaciones que prueban un acuerdo posterior.
  • No enviar reclamación fehaciente y pretender luego que el juzgado ignore la falta de prueba de que pediste la entrega.
  • Aceptar verbalmente que el inquilino se quede y no firmar nada.
  • Actuar por tu cuenta con fuerza coercitiva (cambiar cerraduras, cortar suministros) que puede volverse en tu contra.

¿Necesitas un abogado para esto?

Puedes probar por ti mismo la primera reclamación: redacta y envía un burofax con copia del contrato y los recibos, y ofrece una fecha para la entrega. Necesitarás un abogado si la otra parte ofrece un acuerdo económico para salir, si la situación probatoria es compleja o si vas a iniciar la demanda en el juzgado. Si no tienes recursos, podrías solicitar turno de oficio en la jurisdicción civil.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

No es aconsejable. Actuar por tu cuenta puede considerarse intrusión o allanamiento y volverse en contra: los juzgados suelen exigir la vía procesal para recuperar la posesión. Mejor documenta la situación y reclama por burofax.

Sí, un WhatsApp puede ser prueba, pero conviene exportarlo y acompañarlo de otras evidencias (pagos, testigos). La prueba electrónica debe conservarse de forma que no pueda alterarse.

No necesariamente, pero los pagos pueden interpretarse como aceptación tácita de la continuación del contrato. Evalúa los recibos y las conversaciones: en algunos casos un pago puntual no implica prórroga automática.

Si hay daños o cantidades pendientes, documenta con fotos y presupuestos; la fianza sirve para cubrir esas deudas, pero no sustituye la reclamación de la posesión. Un acuerdo escrito sobre la fianza evita problemas posteriores.

Depende: la demanda te da la razón legalmente, pero si el inquilino es insolvente, cobrar puede ser difícil. Valora un acuerdo o medidas alternativas antes de litigar.

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