Impago de facturas entre empresas: cómo reclamar
Si una empresa no te paga una factura, en general puedes reclamar: lo que determina si recuperarás el dinero son la prueba documental del acuerdo, los justificantes de entrega o prestación y las comunicaciones fehacientes previas. Primer paso: reúne todas las facturas, albaranes, contratos y comunicaciones (email, WhatsApp exportado, transferencias) y envía una reclamación por escrito con acuse de recibo o burofax que deje constancia del impago.
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¿Tienes razón?
Cuando una factura no se paga, tu posición depende de cuatro cosas claras.
1) Existencia de la obligación: ¿hay contrato, pedido aceptado o factura con tu prestación claramente descrita? Si existe un documento que pruebe que prestaste bienes o servicios y el cliente lo aceptó (por firma, por conformidad en un pedido o por recepciones), eso juega a tu favor.
2) Entrega o prestación: guarda albaranes, partes de entrega, correos donde el cliente confirma la recepción o pruebas de que el servicio se prestó (fotos, comprobantes, registros de trabajo). Sin entrega probada, el cliente puede alegar falta de conformidad.
3) Prueba del precio y del vencimiento: la factura debe mostrar el importe debido y, si hubo negociación, correos o presupuestos donde se acuerda el precio. Si el vencimiento quedó pactado, cualquier comunicación sobre plazos es útil.
4) Comunicaciones y reclamaciones previas: reclamaciones por escrito con acuse de recibo, burofax o cualquier prueba de que exigiste pago antes de iniciar acciones legales fortalecen tu caso y sirven para negociar.
Si reúnes estas pruebas tu caso es viable; si no tienes nada firmado pero puedes demostrar entrega y aceptación, sigues teniendo opciones aunque el procedimiento será más de prueba y quizá más lento y costoso.
Cómo se soluciona
1) Reúne la documentación (tú solo): busca contrato o pedido, factura original, albaranes o partes firmados, correos o mensajes que confirmen entrega o aceptación, justificantes de los materiales o horas trabajadas, y extractos bancarios que prueben cobros parciales si los hubo. Exporta conversaciones de mensajería y guarda PDFs de emails. Digitaliza todo si hay papeles.
2) Reclama por escrito de forma fehaciente (puedes hacerlo tú): remite una carta o un burofax con certificación de contenido y, si procede, acuse de recibo; describe la factura impagada, la cantidad reclamada y solicita pago indicando que, de no recibir respuesta, iniciarás acciones legales. Conserva el justificante.
3) Intenta un acuerdo extrajudicial (puedes hacerlo tú o con abogado): propone un plan de pago, quita o refinanciación por escrito. Un acuerdo firmado evita costes y demora; documenta todo y pide un reconocimiento de deuda si ofrecen pagar fraccionado.
4) Procedimiento monitorio (conviene un abogado/procurador si la cantidad y la complejidad lo justifican): si la deuda está documentada por factura y comunicaciones, se puede presentar un procedimiento monitorio en el juzgado de primera instancia. Para deudas claras y documentadas es la vía habitual.
5) Demanda declarativa o ejecución (requiere abogado y procurador): si hay oposición al monitorio o la deuda necesita mayor acreditación, la causa pasa a juicio ordinario o verbal según la cuantía, y puede terminar en ejecución contra bienes del deudor.
6) Medidas cautelares y negociación paralela (profesional): en casos con riesgo de insolvencia del cliente, el abogado puede solicitar medidas cautelares para asegurar bienes o proponer acuerdos de pago con garantías adicionales.
Qué puede pasar
1) Se arregla con una carta o negociación: frecuentemente, basta una reclamación fehaciente y la oferta de un plan para que la empresa pague. Esto suele ser la solución más rápida y con menos coste. Acepta un acuerdo por escrito y prueba el pago.
2) Acuerdo o conciliación: si la negociación se complica, se puede llegar a un acuerdo formal ante abogado o mediador. Un acuerdo con quita o aplazamiento puede ser preferible a esperar una sentencia que tarde más y cueste más.
3) Procedimiento judicial y ejecución: si no hay acuerdo, la vía judicial puede terminar en sentencia favorable. Pero incluso ganando, el cobro efectivo depende de que el deudor tenga bienes o liquidez. Una sentencia contra un insolvente es una obligación reconocida, pero de difícil cobro sin patrimonio ejecutable.
Y si ganas, ¿cobras? Depende de la solvencia del deudor y de las medidas de ejecución que puedas practicar. Si el deudor está insolvente, la sentencia no garantiza la recuperación inmediata. Por eso en la práctica se valora mucho la posibilidad de acuerdos con garantías (pago con avales, retenes, garantías reales) antes de litigar.
Errores que arruinan el caso
- No conservar albaranes ni partes firmados: sin prueba de entrega te obligan a una discusión larga sobre si realmente prestaste el servicio.
- No reclamar por escrito: dejar pasar sin dejar rastro porque el juzgado no verá tu esfuerzo extrajudicial.
- Enviar solo emails pendientes de leer: no equivalen a una reclamación fehaciente si no queda constancia de recepción.
- Firmar un reconocimiento de deuda sin asesoramiento: reconocimientos mal redactados o con cláusulas que amortiguan tus derechos pueden limitar acciones posteriores.
- Empezar a facturar sin pedidos claros: trabajar sobre la base de conversaciones orales dificulta todo.
¿Necesitas un abogado para esto?
La primera reclamación la puedes hacer tú con un burofax; en muchos casos sirve. Necesitas abogado cuando la otra parte se opone, ofrece un acuerdo que no te convence, o cuando haya indicios de insolvencia. También conviene abogado si el importe justifica los costes de procurador y juicio, o si quieres solicitar medidas cautelares o ejecutar bienes. Si cumples requisitos económicos, puedes solicitar justicia gratuita para que abogado y procurador te representen.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Sí. Una obligación verbal es válida, pero necesitarás otras pruebas: albaranes, correos, testigos, justificantes de entrega o medios de pago que muestren la relación comercial. La falta de contrato escrito complica la prueba, pero no impide reclamar.
Sí, los mensajes de WhatsApp pueden utilizarse como prueba si se exportan y se adjuntan junto con otros documentos que confirmen la relación comercial. Es mejor combinarlos con albaranes, facturas y justificantes de entrega.
Pide por escrito una explicación de los descuentos o devoluciones y exige que documenten la diferencia. Si no hay acuerdo, puedes reclamar la factura íntegra y someter la discrepancia a peritaje o juicio para que el juez decida.
La ley reconoce intereses por mora en operaciones comerciales cuando no se paga en el plazo pactado y si lo has reclamado; infórmate con tu asesor para documentar la fecha de vencimiento y las comunicaciones previas para poder reclamarlos.
Ir a juicio implica costes de abogado y procurador y mayor tiempo. Por eso muchas empresas optan por acuerdos. Valora si la cuantía justifica los costes y si hay posibilidades reales de cobro antes de litigar.
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