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Me demandaron por ser aval o fiador de un préstamo

Si lo demandaron por ser aval o fiador, no necesariamente perderá todo: lo que decide es el contenido del contrato de aval, si hubo notificación o excusión previa y la solvencia del deudor principal. El primer paso es pedir copia íntegra de la demanda y del contrato que alega el banco o acreedor; con esos documentos podrá ver si la obligación está vencida, si firmó como aval solidario o subsidiario y qué defensas puede usar.

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¿Tienes razón?

Su posición depende de cuatro cosas concretas. Primero: qué firmó exactamente. En el aval hay variantes: aval solidario (el acreedor puede reclamarle sin agotar bienes del deudor) y aval subsidiario (el acreedor debe intentar primero con el deudor). Segundo: si el crédito está vencido y el acreedor ha seguido los requisitos contractuales y legales para reclamar. Tercero: si hay cláusulas que limitaron su responsabilidad —por ejemplo, que el aval solo responde por cierto monto o por plazo—, y si usted puede probar que firmó bajo error, coacción o sin capacidad legal. Cuarto: la existencia de pagos, amortizaciones o excusiones previas; si el acreedor ya aceptó un pago parcial sin aclarar su afectación, eso complica la reclamación.

Si usted tiene el contrato y la demanda, ya puede contestar. Si no, pida los documentos a través de la notificación judicial o solicítelos al juzgado. No confíe en lo que le dijeron por teléfono: lo que importa es lo firmado y lo que conste en autos.

Cómo se soluciona

  1. Reúna prueba: busque y escanee el contrato de aval, los comprobantes de pago del deudor principal, extractos bancarios, comunicaciones con el acreedor, y cualquier documento que muestre que el aval estaba limitado (por ejemplo, autorización escrita que excluya determinada deuda). Exporte conversaciones de mensajería y guarde recibos. Si el aval fue firmado ante notario, obtenga copia de la escritura.
  1. Analice la naturaleza del aval: determine si su firma es de aval solidario o subsidiario. Esa distinción cambia la estrategia: si es subsidiario, la defensa puede exigir que el acreedor agote las acciones contra el deudor principal antes de dirigirse a usted.
  1. Conteste la demanda por escrito en el proceso que le notificaron. En la contestación señale las excepciones procesales que correspondan y presente la prueba que reúna. Si la demanda tiene errores formales o no acredita la deuda, pídalo.
  1. Negocie con el acreedor si conviene: a veces es preferible pactar una quita o un plan de pago con garantía que ir a juicio. Si el acreedor reconoce que la deuda principal tiene recursos pendientes, puede acordar antes de una sentencia.
  1. Valore acciones alternativas: si hubo vicios en la firma (error, dolo, incapacidad) o fraude del deudor para involucrarle, esas son defensas que pueden anular o reducir su responsabilidad.
  1. Si la deuda ya se ejecuta, determine si el acreedor puede embargar bienes suyos. En procesos de ejecución, identifique bienes afectables y, si corresponde, solicite medidas para proteger bienes esenciales para su subsistencia.

Qué puede hacer usted hoy: pedir copia de la demanda, reunir contratos y pagos, y exportar conversaciones. Si no tiene los documentos, solicítelos al juzgado o al acreedor por escrito.

Qué puede pasar

1) Se arregla con una carta o acuerdo. Muchas reclamaciones de avales terminan en negociación. El acreedor prefiere cobrar algo antes que prolongar un proceso. Un acuerdo puede implicar quitas, plazos y garantías; aunque le ofrezcan menos dinero, puede ser la opción menos costosa y más rápida.

2) Conciliación o transacción en sede judicial o extrajudicial. En la conciliación puede pactar montos, calendario y garantías. Un acuerdo firmado y protocolizado ante la autoridad tiene fuerza ejecutiva, pero evalúe si las condiciones son manejables.

3) Juicio y ejecución. Si el proceso sigue, puede dictarse sentencia a favor del acreedor. Si pierde, el juzgado podrá ordenar medidas contra bienes ejecutables. En algunos casos, el acreedor puede pedir la venta de bienes para cobrar. Si usted gana, la sentencia puede absolverle o limitar su responsabilidad; pero si el deudor principal es insolvente, una sentencia a su favor no garantiza cobro de la deuda principal.

Y si gana, ¿cobra? Ganar contra el aval no significa que el acreedor recupere el dinero del deudor principal. Una ejecución contra un insolvente produce un título que puede quedarse sin cobro efectivo. Por eso la negociación previa puede ser más útil.

Errores que arruinan el caso

  • No pedir copia íntegra de la demanda y del contrato. Sin esos documentos no sabrá contra qué defenderse.
  • Reconocer la deuda por escrito sin consultar: una admisión puede eliminar defensas como error o exceso de monto.
  • Destruir o no conservar comprobantes de pago y comunicaciones que prueban limitaciones de la obligación.
  • Ignorar la distinción entre aval solidario y subsidiario: actuar como si fuera solidario cuando no lo es puede obligarle a pagar antes de tiempo.
  • Firmar acuerdos de pago sin fijar afectación de pagos y sin garantías claras.

¿Necesitas un abogado para esto?

La primera reclamación o carta la puede preparar usted: pida copia de la demanda, reúna contrato y pagos, y conteste con los hechos. Necesita abogado cuando: la suma es alta, el acreedor ya inició ejecución, la otra parte tiene representación legal, o cuando le ofrecen un acuerdo. Si no puede pagar un abogado, verifique si califica para asistencia judicial gratuita en la Defensoría Pública.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

Sí, el acreedor puede dirigir la acción contra el aval si el contrato lo permite (aval solidario). Si su firma es subsidiaria, puede alegar que primero debían intentar cobrar al deudor principal; eso debe constar en el proceso.

Sí, un mensaje exportado con fecha y destinatario puede ser prueba, pero conviene complementarlo con extractos bancarios o recibos. Exporte la conversación y haga capturas legibles, y conserve el archivo original.

Debe probar que hubo un acuerdo distinto o que firmó bajo error. Sin prueba documental, alegar un límite verbal es difícil. Busque testigos, comprobantes o cualquier documento que respalde su versión.

Depende de cómo se hayan aplicado los pagos. Si el acreedor no aclaró la afectación o hubo acuerdo escrito, puede reclamar el saldo. Conserve comprobantes y exija confirmación escrita de las afectaciones.

Una propuesta puede ser buena, pero si implica renunciar a defensas o reconocer deuda, conviene asesoría. Si acepta, pida que el acuerdo quede por escrito y sea ejecutable; si no tiene recursos, pida ayuda de la Defensoría Pública.

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