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Compré una vivienda sobre plano y la escritura no se ajusta al proyecto

No siempre pueden cambiar lo esencial: si la escritura no respeta lo pactado en el proyecto, puedes reclamar; lo que decide el caso es lo firmado en el contrato de compraventa, la publicidad entregada y la documentación técnica. Primer paso: compara el contrato, el proyecto y la escritura y pide a la promotora una explicación por escrito con acuse de recibo o burofax con certificación de contenido.

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¿Tienes razón?

Tres cosas determinan si tienes derecho a exigir que la escritura se ajuste al proyecto y, si procede, reclamar daños o resolución: qué prometía la promotora en el contrato o en la publicidad; qué figura en la documentación técnica que te entregaron (planos, memoria de calidades, catastro, proyecto visado); y cuál es la diferencia concreta entre lo contratado y lo que figura en la escritura. Si el contrato recoge listas de calidades y planos y la escritura omite elementos esenciales (como metros útiles, anejos, lindes o plaza de garaje que se había incluido), tu posición puede ser fuerte. Si, en cambio, lo que cambia son detalles decorativos o acabados menores, la discrepancia suele resolverse de otra forma.

Hay que atender también a quién firmó qué y cuándo: si la escritura incorpora matices que aceptaste en la notaría sin protestar por escrito, eso complica la reclamación. Pero no te prives de reclamar: la existencia de una divergencia no dice automáticamente que estés perdiendo.

Cómo se soluciona

  1. Documenta y copia todo. Reúne contrato de reserva, contrato de compraventa, planos, memoria de calidades, folletos comerciales, correos y mensajes con la promotora, el certificado final de obra y la escritura pública. Escanea y organiza en una carpeta cronológica.
  1. Compara con detalle. Señala por escrito las diferencias concretas entre lo ofrecido y lo inscrito en la escritura: metros, fachadas, elementos privativos o comunes, ubicación de plazas, servidumbres, numeración registral. Haz un cuadro claro que puedas adjuntar a cualquier reclamación.
  1. Exige una aclaración fehaciente a la promotora. Remite una reclamación por escrito con certificación de contenido (por ejemplo, burofax con acuse de recibo) en la que pidas la corrección o una propuesta de solución. Adjunta tu cuadro comparativo y solicita copia de la documentación que justifique la escritura.
  1. Solicita informe técnico si procede. Si la discrepancia afecta a la distribución, a metros útiles o a la seguridad jurídica de tu vivienda, pide un informe de un arquitecto o aparejador que valore el alcance y prepare un dictamen técnico.
  1. Valora la negociación. Muchos casos se cierran con correcciones en la escritura, anotaciones rectificativas en el Registro o compensaciones económicas. Si la promotora propone un acuerdo, pide todo por escrito y consulta con un abogado antes de firmar.
  1. Si no hay solución amistosa, prepara la reclamación judicial. La vía dependerá de lo que pidas: nulidad, rectificación de la escritura, resolución del contrato o indemnización por daños. Llevarás mejor el caso si antes has agotado la reclamación por escrito y tienes informe técnico.
  1. Comprueba cargas registrales. Antes de acudir a juicio, pide nota simple y certificación registral para ver si hay cargas o limitaciones que compliquen ejecutar una sentencia si la obtienes.

En qué puedes actuar tú y cuándo necesitas ayuda profesional: puedes reunir documentos, enviar la reclamación fehaciente y encargar el informe técnico. Necesitas abogado cuando la promotora ofrece un acuerdo que implique renunciar a derechos, cuando hay propuestas de rectificación en la escritura o si vas a iniciar demanda.

Qué puede pasar

1) Se arregla con una carta y corrección: la promotora acepta la discrepancia y propone rectificar la escritura o anotar una rectificación en el Registro. Esto es frecuente y rápido si la diferencia es administrativa o fruto de un error en la trasposición del proyecto.

2) Acuerdo o conciliación: podéis pactar una compensación económica o la modificación del título en escritura pública. Un acuerdo puede ser preferible a una sentencia porque se ejecuta antes y elimina el riesgo de pérdida. Valora si te ofrecen garantías de cumplimiento y plazos claros.

3) Juicio: si no hay acuerdo, la demanda puede pedir la nulidad o la rectificación registral y/o indemnización. En caso de perder, podrías afrontar las costas del juicio; si la promotora es insolvente, una sentencia a tu favor puede quedar sin cobro efectivo hasta que aparezcan bienes ejecutables. Antes de demandar, conviene evaluar la solvencia del demandado.

Y si ganas, ¿cobras? Una sentencia es un título ejecutivo pero su eficacia depende de la capacidad de la otra parte para pagar o de que existan bienes embargables. Por ello, negociar con garantías suele ser más eficaz que esperar a una ejecución incierta.

Errores que arruinan el caso

  • No conservar la publicidad ni los planos originales: sin esos documentos el argumento principal se debilita.
  • Firmar rectificaciones o aceptar verbalmente cambios en la notaría sin dejarlos por escrito y sin asesoramiento.
  • No enviar reclamación fehaciente antes de litigar: te priva de argumentos sobre intento de solución extrajudicial.
  • Ignorar cargas registrales: presentar demanda sin saber si podrás ejecutar una sentencia contra la promotora.
  • Aceptar un acuerdo verbal o una promesa de futuro sin garantías escritas y firmadas.

¿Necesitas un abogado para esto?

La primera reclamación por escrito la puedes hacer tú; adjunta la comparación documental y pide rectificación. Busca abogado si la promotora propone un acuerdo o rectificación en la escritura, si quieres calcular indemnización o si vas a demandar. Si la otra parte ya tiene abogado o la oferta implica renuncias, un abogado se paga solo. Si cumples condiciones económicas, puedes solicitar justicia gratuita; pregunta en tu colegio de abogados.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

Sí, puedes reclamar cuando la diferencia afecta a lo esencial del objeto vendido; lo determinante es lo que figura en el contrato y en la documentación entregada. Es útil un informe técnico que traduzca la diferencia a efectos prácticos y económicos.

Sí. Los folletos, planos y la memoria de calidades forman parte de la oferta y pueden obligar a la promotora si aparecen en el contrato o fueron entregados antes de la firma. Es mejor conservarlos en original o copia con fecha.

No necesariamente. Hay que comprobar qué firmaste exactamente y si la escritura reproduce acuerdos posteriores. Tu defensa se apoya en la documentación previa y en si la modificación se te presentó y aceptaste expresamente.

Sí, puedes pedir la rectificación registral, pero suele requerir un título rectificatorio (acuerdo de la promotora o resolución judicial). Un abogado te ayudará a elegir la vía más eficaz.

La situación cambia: la reclamación puede necesitar tramitarse como crédito en el concurso y las posibilidades de cobro pueden reducirse. En esos casos, conviene asesoramiento profesional para presentar y valorar el crédito.

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