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Me pueden devolver a un país donde corro peligro (non-refoulement)

No, no deberían devolverlo si existe un riesgo real de persecución, tortura o daño grave: ese es el principio de non-refoulement y está reconocido en la protección internacional. Lo que decide son las autoridades migratorias y de protección, y usted debe mostrar pruebas de riesgo. Primer paso: documente todo lo que pueda y pida asistencia de un abogado o una organización que trabaje con refugiados; también puede presentar una solicitud de protección internacional ante la autoridad competente.

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¿Tienes razón?

Lo que determine si pueden devolverlo o no depende de tres cosas principales: la naturaleza del riesgo, la evidencia que lo pruebe y la ruta migratoria o administrativa por la que lo están expulsando. Primero, el riesgo debe ser del tipo que la protección internacional cubre: persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política, pertenencia a un grupo social, o riesgo de tortura u otras violaciones graves de derechos humanos. Segundo, ese riesgo tiene que ser creíble y concreto: no basta decir "tengo miedo"; hay que dar indicios, relatos, documentos o testimonios que lo respalden. Tercero, el procedimiento por el que se pretende devolverlo importa: si la autoridad no evaluó su solicitud de protección internacional o no le dio la oportunidad real de exponer su riesgo, la devolución puede ser ilegal.

En la práctica hay matices: su nacionalidad, el contexto en su país de origen, y si alguna autoridad colombiana ya reconoció o inició un trámite de protección son factores que pesan. También cuenta si usted ya fue sujeto de medidas en frontera o fue detenido por Migración Colombia: en esos escenarios la defensa debe centrarse en impedir la expulsión hasta que se evalúe el riesgo.

Si piensa que hay riesgo, búsquelo por escrito: pida que el funcionario deje constancia de su temor y solicite expresar los motivos por los que teme volver. Esa petición queda como evidencia en su expediente.

Cómo se soluciona

  1. Reúna pruebas
  • Escriba una declaración lo más detallada posible: fechas, lugares, nombres, hechos concretos.
  • Junte documentos que apoyen su relato: denuncias ante autoridades, partes médicos, amenazas por escrito, recortes de prensa, constancias de detenciones, mensajes de WhatsApp o redes sociales.
  • Consiga testigos: contactos que puedan dar una declaración sobre lo que ocurrió. Pídales que redacten y firmen su versión o que estén disponibles para declarar.
  1. Hable con la autoridad y pida reconocimiento de protección
  • Si está en un punto fronterizo o en una sede migratoria, solicite expresamente que su caso sea considerado como solicitud de protección internacional o asilo. Pida que lo registren por escrito.
  • Si la autoridad rechaza o intenta proceder con una devolución, pida que conste en acta la negativa y la razón. Eso es clave para impugnar la medida luego.
  1. Use los recursos administrativos y constitucionales
  • Puede interponer los recursos administrativos que procedan contra una decisión de Migración Colombia para evitar la salida forzada. En paralelo, la acción de tutela es una herramienta potente cuando están en riesgo derechos fundamentales, puesto que busca protección rápida y no requiere abogado.
  • Presente un derecho de petición para solicitar copia de su expediente migratorio y las motivaciones de cualquier decisión que le afecte.
  1. Busque apoyo de ONG y defensoría
  • Organizaciones que trabajan con refugiados y la Defensoría del Pueblo suelen ayudar con asesoría, traducciones y acompañamiento en la presentación de pruebas. También pueden ayudar a contactar abogados pro bono.
  1. Si le notifican una orden de salida forzosa
  • No firme documentos que reconozcan hechos en contra de su interés sin leerlos. Solicite copia y consulte antes con un abogado o una organización. Si le exigen firmar, deje constancia de que firma "sin prejuzgar su derecho a defensa" y solicite una copia.
  1. Vía judicial
  • Si los recursos administrativos no bastan, se puede impugnar la decisión ante la jurisdicción contencioso administrativa o mediante tutela por vulneración de derechos fundamentales. En muchos casos la tutela consigue que se suspenda la medida mientras se revisa el riesgo.

Qué puede hacer solo: reunir pruebas, presentar solicitudes formales y tutela. Qué necesita con abogado: litigar en sede contenciosa administrativa, estructurar una solicitud de reconocimiento de refugiado con pruebas complejas, o cuando la administración afirma motivos de orden público para negar la protección.

Qué puede pasar

1) Se arregla con una suspensión o protección inmediata: la autoridad decide no devolverlo mientras se analiza su caso, o le reconoce medidas de protección temporal. Esto sucede cuando la evidencia es clara y la administración opta por evitar un conflicto.

2) Acuerdo o reconocimiento administrativo: las autoridades pueden reconocer que su situación amerita protección internacional o concederle una medida humanitaria o permiso de residencia. Un acuerdo administrativo evita litigios largos y le da seguridad; muchas veces es la opción más rápida.

3) Juicio: si la autoridad insiste en devolverlo y usted gana en sede judicial, el tribunal puede ordenar que no lo expulsen y que se evalúe su caso. Si pierde, la orden de devolución puede ejecutarse. En caso de perder en juicio, suelen aplicarse costas procesales en términos que dependen del resultado y de si la actuación fue considerada temeraria; además, una sentencia contra una administración solvente suele ser más útil que una contra una persona sin recursos—es decir, ganar no garantiza que la protección material llegue si no existen mecanismos efectivos para implementarla.

Y si gana, ¿cobro? En este tipo de asuntos la “remuneración” no es económica: lo que se obtiene es el reconocimiento de protección o la anulación de la deportación. Si la sentencia ordena medidas que impliquen prestaciones administrativas, su cumplimiento depende de la capacidad de la entidad.

Errores que arruinan el caso

  • No documentar las amenazas o hechos: confiar solo en la memoria oral sin respaldos escritos.
  • Firmar formularios donde renuncia a alegar riesgo o reconoce hechos que no son ciertos.
  • No pedir por escrito que su situación sea tratada como solicitud de protección internacional en el momento de la detención o retención.
  • Destruir o borrar conversaciones, mensajes o fotos que prueben amenazas.
  • Buscar soluciones informales (volver de inmediato o aceptar la devolución) antes de agotar recursos y pedir asesoría.

¿Necesitas un abogado para esto?

La primera gestión puede hacerla usted: redactar su relato, reunir pruebas y presentar una tutela si siente que sus derechos fundamentales están en riesgo. Busque ayuda profesional cuando la administración ya haya ordenado su salida, cuando necesite litigar en contencioso administrativo, o si la evidencia requiere valoración técnica (peritajes, informes médicos). Si le ofrecen una solución administrativa o le proponen un acuerdo, consulte con un abogado: ese es el momento en que un abogado suele pagarse solo. Si no tiene recursos, busque asesoría en ONG, la Defensoría del Pueblo o asistencia jurídica gratuita.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

El principio de non-refoulement impide devolver a una persona a un lugar donde corre riesgo de persecución o daño grave. En Colombia ese principio se aplica por normas de protección internacional y por la Constitución: las autoridades deben evaluar su riesgo antes de ejecutar una expulsión.

Sí. Un mensaje de WhatsApp puede ser prueba si se conserva correctamente: exporte la conversación, guarde los metadatos (fechas), y obtenga capturas o respaldos. Combine esos mensajes con otros elementos para fortalecer su relato.

Sí. La tutela protege derechos fundamentales y se puede usar para impedir una expulsión si hay indicios de riesgo. No siempre gana, pero suele obtener medidas provisionales mientras se revisa el caso.

Puede impugnar la decisión por la vía administrativa o recurrir a la jurisdicción contencioso administrativa. La asesoría legal ayuda a estructurar los argumentos y a reunir pruebas adicionales.

Acuda a organizaciones de protección a refugiados, la Defensoría del Pueblo, las casas de justicia o oficinas de asistencia humanitaria de la alcaldía o gobernación; muchas ofrecen asesoría y acompañamiento gratuito.

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