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No encuentro el testamento original de un ser querido

Si no aparece el testamento original, no significa que haya perdido todo: lo que importa es si existió uno y dónde quedó registrado. En Colombia muchos testamentos están en notarías, en bancos o en manos de un albacea. Primer paso: buscar en la última notaría donde el fallecido pudo haber hecho trámites y pedir búsqueda. Si no hay original, reúne pruebas y busca asesoría para pedir la apertura de sucesión o la declaración de herederos.

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¿Tienes razón?

Que no aparezca el testamento original es común y no le quita automáticamente validez a las últimas voluntades. Lo que determina si su ausencia le perjudica es, principalmente:

  1. Si el fallecido dejó constancia en una notaría sobre la existencia del testamento (muchas notarías llevan registros o copias).
  2. Si existe copia autorizada o testimonio notarial del testamento. La copia autorizada por la notaría tiene fuerza probatoria distinta a una simple fotocopia.
  3. Si alguien alega tener el original y lo presenta con apariencia de autenticidad o, por el contrario, niega su existencia.
  4. Si hay pruebas extrínsecas (correos, grabaciones, testigos, recibos de pago a un abogado, o el albacea designado) que permitan demostrar el contenido o la existencia de un testamento.

Si en la notaría aparece un testimonio o copia autorizada, su posición es fuerte: esas copias se usan para iniciar la sucesión. Si no hay nada en notaría, no significa que no hubiera testamento, pero usted tendrá que probar su existencia con medios ordinarios: testigos, comunicaciones, documentos previos. También existe la posibilidad de una sucesión intestada si no aparece prueba suficiente.

Cómo se soluciona

1) Localice posibles lugares donde el testamento pudo haberse guardado.

  • Vaya a la notaría donde el fallecido realizó trámites habituales (cédula de ciudadanía, escrituras, compraventas). Pregunte por búsqueda de testamentos a nombre del difunto; anote el número de registro, la fecha y la persona con quien habló.
  • Consulte en otras notarías de la ciudad donde vivió o adquirió bienes.
  • Pregunte al abogado o notario que asesoró al fallecido, si lo hubo, y al banco donde tenía cuentas o cajas de seguridad.
  • Revise papeles personales: carpetas, archivadores, cajas fuertes, correos electrónicos y chats en los que pudiera haber instrucciones sobre el testamento.

2) Reúna pruebas que demuestren su existencia o contenido.

  • Copias de un borrador, correos con el abogado, mensajes que mencionen que se había otorgado testamento o que se depositó en tal notaría.
  • Testigos presenciales que conozcan la voluntad del testador (personas que presenciaron la firma o que hablaron con él sobre su testamento).
  • Recibos de pago a notaría o a abogado por servicios de testamento.

3) Solicite la expedición de copia autorizada o testimonio en notaría.

  • Si la notaría tiene el testamento, pida copia o testimonio para presentar en la sucesión. Si la notaría no lo localiza por sistema, solicite constancia escrita de la búsqueda.

4) Si no se encuentra el original ni copia autorizada, prepare una apertura de sucesión declarativa o petición de declaración de herederos.

  • Con las pruebas recogidas puede iniciar trámite ante el Juzgado Civil Municipal o de Circuito competente. En ese proceso se describen bienes, se citan herederos y se valoran pruebas sobre la existencia o no del testamento.
  • Si alguien alega tener el testamento, el juez valorará su autenticidad. Aquí la prueba pericial caligráfica u otros medios pueden ser necesarios.

5) Actúe con documentación organizada.

  • Lleve copia de la cédula del fallecido, registro civil de defunción, certificados de tradición si hay inmuebles, extractos bancarios y cualquier documento que ubique bienes.

Qué puede hacer usted hoy: pedir búsqueda en notarías y bancos; exportar conversaciones de WhatsApp o correos que contengan instrucciones; hablar con familiares y testigos clave; y, si encuentra resistencia o documentos dudosos, consultar con un abogado para valorar la evidencia y preparar la demanda de sucesión o la impugnación si alguien presenta un testamento falso.

Qué puede pasar

1) Se arregla con una carta o acuerdo entre herederos.

  • Si la familia coincide en que no existe testamento o en su contenido, suele resolverse con una repartición amistosa y la correspondiente sucesión o escritura pública en la notaría. Esto es lo más rápido y evita costos judiciales.

2) Conciliación o acuerdo ante un centro de conciliación o en el proceso de sucesión.

  • Si hay discrepancias sobre la existencia o el contenido del testamento, las partes pueden conciliar. Un acuerdo puede incluir entrega de bienes, abonos o pagar diferencias. A veces un acuerdo parcial evita una larga discusión judicial.

3) Juicio de sucesión o impugnación del testamento.

  • Si hay contestación sobre autenticidad o una parte presenta un documento dudoso, se monta un proceso en el juzgado. El juez admitirá pruebas (periciales, testimoniales, documentales). Si usted pierde, puede quedar con una decisión que no reconozca su pretensión; las costas se repartirán según decisión judicial y la parte perdedora podrá ser condenada a pagarlas, o el juez podrá imponer las que considere procedentes. Además, una sentencia a su favor puede ser difícil de cobrar si los bienes están embargados o carecen de valor.

Y si gana, ¿cobro?

Si el juez reconoce que los bienes le corresponden, la sentencia ordenará la adjudicación. No obstante, si el patrimonio está vacío o los bienes están embargados, tener sentencia no siempre garantiza que reciba dinero efectivo. Por eso conviene valorar la situación patrimonial antes de litigar.

Errores que arruinan el caso

  • Destruir o perder documentos: tirar papeles sin revisarlos o romper correspondencia que luego podría probar la existencia del testamento.
  • No pedir búsqueda en notarías: asumir que “no hay” sin buscar en las notarías donde vivió o tramitó bienes.
  • Confiar en versiones orales sin tomar declaración por escrito de testigos: no obtenga declaraciones firmadas o exporte las conversaciones que tengan relevancia.
  • Entregar el conflicto a una sola persona sin documentación: aceptar acuerdos verbales con terceros que dicen representar al testador sin recibir constancia escrita.

¿Necesitas un abogado para esto?

La primera búsqueda puede hacerla usted mismo: pedir búsqueda en notarías, revisar cajas fuertes y exportar chats se hace sin abogado. Necesita abogado cuando hay disputa entre herederos, sospecha de un testamento falso, o alguien ofrece un acuerdo: en esos momentos conviene asesoría para valorar pruebas, cuantificar bienes y, si corresponde, representar en juicio. Si tiene pocos recursos, puede calificar para defensoría o justicia gratuita.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

Empiece por la notaría donde el fallecido firmó escrituras o compró vivienda; si no sabe, pregunte en notarías del municipio donde vivió y en la que tramitó su cédula o contratos. También revise bancas y el abogado de confianza del fallecido.

Una fotocopia puede ser indicio, pero tiene menos fuerza que una copia autorizada de notaría. Si solo hay fotocopias, necesitará pruebas complementarias (testigos, correos, peritajes) para que el juez le dé valor.

Pida que lo presente ante notaría o juzgado. Si rehúsa, su abogado podrá solicitar medidas probatorias y, en el proceso, el juez ordenará pruebas para determinar autenticidad y posesión.

Sí. Si no hay prueba de testamento válido, se abre sucesión intestada o declarativa para repartir bienes conforme a la ley. Eso no impide luego que alguien intente probar la existencia de un testamento.

La notaría debe dejar constancia por escrito de la búsqueda. Si no lo hace, pídala por escrito. Esa constancia será útil en el proceso y para demostrar que usted cumplió con las diligencias.

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