Estoy en un proceso concursal y tengo relaciones con entidades financieras, ¿cómo me asesoran?
Tener relaciones con entidades financieras durante un proceso concursal exige coordinación: sus créditos, garantías y relaciones contractuales tendrán tratamiento especial en el proceso. Lo que marque la diferencia es la naturaleza de sus deudas, la existencia de garantías reales y cómo se declaró el concurso. Primer paso: informe al conciliador o al juez del concurso y reúna toda la documentación bancaria.
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¿Tienes razón?
En un proceso concursal la posición frente a las entidades financieras depende de tres factores esenciales:
- La naturaleza del crédito: si es garantía real (hipoteca, prenda) o crédito quirografario sin garantía. Las garantías reales tienen un grado de prioridad distinto y pueden mantenerse fuera de la masa en ciertos supuestos; las obligaciones sin garantía compiten en la masa concursal.
- El estado de las relaciones contractuales y si hay actos previos al concurso susceptibles de impugnación por la masa (por ejemplo, pagos preferentes o constitución de garantías poco antes del concurso). Los administradores concursales o terceros pueden impugnar actos que perjudiquen a la masa.
- Las propuestas de reorganización o liquidación. La forma de pago y trato a las entidades financieras será decidida en el plan concursal: en un plan de reorganización puede proponerse reestructurar deuda con bancos; en liquidación, se procede a realizar activos y distribuir el producto.
Si usted está en un concurso, el tratamiento de su relación con bancos no es discrecional: obedece a las normas concursales y a lo decidido por el conciliador o juez del concurso. Por tanto, documentar la deuda y las garantías, y actuar coordinadamente con el representante en el proceso, es fundamental.
Cómo se soluciona
- Reúna toda la documentación bancaria. Obtenga contratos de crédito, extractos, certificados de saldo, títulos de garantía (hipoteca, pagarés, prendas), comunicaciones con las entidades y comprobantes de pagos. Entregue todo al administrador o representante concursal.
- Informe al conciliador o al juez concursal. Asegúrese de que la relación con las entidades financieras figura en la masa pasiva y que las garantías constan en el inventario de activos y pasivos. Si usted dirigió o administró la empresa, colabore con el representante para evitar impugnaciones posteriores.
- Identifique créditos preferentes o con privilegio. Verifique si existen créditos con prelación especial (por ejemplo, laborales, fiscales) y cómo se ordenan respecto de las entidades financieras. Esto afecta la expectativa de cobro de los bancos.
- Negocie con las entidades financieras dentro del marco del proceso. Si pretende reestructurar deuda, presente propuestas alineadas con el plan concursal. Una oferta formal y transparente aumenta las probabilidades de aceptación.
- Valore la venta o realojo de activos gravados. Si una garantía impide alcanzar un acuerdo para toda la masa, puede ser necesario negociar la subrogación del banco o la venta del activo con autorización del conciliador.
- Consulte la posibilidad de acciones impugnativas. Si existen pagos preferentes o constitución de garantías en perjuicio de la masa, el representante concursal puede promover acciones contra beneficiarios; usted debe colaborar y aportar documentación.
Qué puede hacer usted por su cuenta: reunir y entregar la documentación al representante del concurso, y comunicar claramente a los bancos la situación. Cuándo necesita abogado: desde el inicio. En concursos la intervención de abogado especializado es casi siempre necesaria: para negociar con los bancos, elaborar el plan, y para defenderle frente a impugnaciones o ejecuciones de garantías.
Qué puede pasar
- Se arregla con una carta o negociación. Con frecuencia los bancos aceptan planes de pago o reestructuración que mantienen la actividad y permiten recuperar parte de la deuda. Un acuerdo dentro del concurso evita costes y preserva activos productivos.
- Acuerdo o conciliación en el marco del proceso. El plan concursal aprobado puede incluir quitas, prórrogas o conversión de deuda. Aceptar un plan puede ser preferible a la liquidación si busca continuidad empresarial.
- Liquidación y juicio. Si no hay acuerdo, puede prosperar la liquidación: se venderán activos para pagar la masa pasiva y las entidades financieras cobrarán según prelación. Los bancos con garantía real podrán ejecutar sobre esos bienes, y la masa puede impugnar actos que se hubieran realizado con anterioridad.
Y si gana o se aprueba el plan, ¿cobro? Para los acreedores el cobro depende del plan aprobado y de la real situación patrimonial. Un plan puede garantizar pago parcial o aplazado; la ejecución depende de que la empresa cumpla y de la existencia de activos realizables.
Errores que arruinan el caso
- No entregar a la administración concursal la documentación bancaria completa.
- Negociar individualmente con un banco sin informar al conciliador o sin coordinar con los demás acreedores.
- Constituir o reforzar garantías poco antes del concurso sin asesoría, lo que puede dar lugar a impugnaciones.
- No valorar las implicaciones de liquidar activos gravados sin autorización del proceso.
- No contratar desde el principio un abogado con experiencia en derecho concursal y financiero.
¿Necesitas un abogado para esto?
En procesos concursales la asesoría legal especializada es esencial. Necesita abogado si hay garantías reales, riesgo de impugnación de pagos o si busca negociar un plan con entidades financieras. Un profesional le ayudará a presentar el plan, negociar con bancos y evitar errores que generen responsabilidades personales. Si su capacidad económica es limitada, explore la asistencia pública o la representación por defensoría en materia empresarial si procede.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Depende del estado del proceso y de la naturaleza de la garantía. En algunos casos, las ejecuciones siguen su curso respecto de garantías reales salvo intervención del conciliador o decisiones judiciales que las suspendan. Consulte inmediatamente con el representante concursal.
Los bancos son acreedores que presentan su crédito y la documentación; su derecho al cobro se ordena según el tipo de crédito y las garantías. Participan en la aprobación del plan y pueden aceptar o objetar las propuestas de pago.
La masa puede impugnar actos realizados en perjuicio del patrimonio común, como pagos preferentes a ciertos acreedores o constitución de garantías poco antes del concurso. Es importante documentar y justificar operaciones previas.
Negociar fuera del proceso puede suponer ventajas, pero si no se coordina con la masa puede dar lugar a impugnaciones. Informe y coordine con el representante concursal y su abogado antes de pactar.
El administrador o representante concursal gestiona la masa y representa los intereses de los acreedores. Es la figura que coordina documentación, ofertas y la ejecución del plan; colabore con esa persona y entregue toda la información bancarios necesaria.
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