La constructora esta en liquidacion y no entrega la obra
Que una constructora esté en liquidación no extingue automáticamente sus obligaciones de entrega. Lo que decide su situación es el contrato, la existencia de garantías o fiducia y la posición del comprador frente al liquidador. Primer paso: obtenga copia del estado de liquidación, su contrato y las garantías; con eso podrá reclamar a la sociedad en liquidación o al liquidador.
¿No tienes claro tu caso de compra de vivienda?
Cuéntanoslo y te lo analizamos gratis en un minuto: qué opciones tienes, qué urge y qué contarle al abogado.
Analizar mi caso gratis Sin compromiso · GratisAbogados especializados en este caso
¿Tienes razón?
Su derecho depende de tres elementos esenciales: las obligaciones contractuales de la constructora respecto a la entrega, las garantías constituídas (como fiducia, pólizas o garantías contractuales) y la posición de sus aportes frente al pasivo en la liquidación. Si el contrato contiene mecanismos de garantía y estos están vigentes, usted puede exigir su activación. Si pagó partes del precio y existe una fiducia o cuenta de administración con destinación específica para la obra, su crédito puede tener mejor posición. Por otro lado, si su aporte fue como un pago corriente sin garantía y la constructora tiene pasivos superiores, su reclamo puede competir con otros acreedores en la masa de la liquidación.
Importa también si la constructora incumplió previamente: pruebas de retraso, comunicaciones y solicitudes de entrega fortalecen su pretensión frente al liquidador. Otro factor decisivo es si existe la posibilidad de terminar el contrato y reclamar devolución o si conviene buscar que un tercero complete la obra con cargo a las garantías. Diferentes escenarios requieren estrategias distintas: reclamar a la fiduciaria, activar la póliza o acudir al juzgado para medidas cautelares o ejecución de garantías.
Cómo se soluciona
- Reúna contrato y garantías. Busque el contrato de compraventa o promesa, las pólizas, el contrato de fiducia, certificaciones de pagos y cualquier comunicación con la constructora sobre entrega.
- Solicite al curador o liquidador información. Identifique quién ostenta la representación de la sociedad en liquidación y pida constancia escrita del estado del proceso, las cuentas y los bienes afectos a la obra.
- Activación de garantías. Si existe fiducia o póliza constituída para garantizar la entrega, diríjase a la entidad fiduciaria o aseguradora para exigir su activación. Guarde las comunicaciones y constancias.
- Conciliación extrajudicial o reclamación ante entidades de control. Antes de litigar, plantee reclamación formal con constancia. Si hay incumplimiento masivo, las autoridades de control o la Superintendencia competente pueden intervenir.
- Vía judicial: demandar al liquidador, solicitar medidas cautelares o ejecutar garantías. Dependiendo de la estructura, el juez puede ordenar la entrega de bienes, la ejecución de pólizas o la preferencia de ciertos créditos. Un abogado le ayudará a seleccionar la acción correcta y a solicitar pruebas periciales sobre el avance de la obra.
Qué puede hacer sin abogado: recopilar contrato y probar la existencia de garantías, y notificar al liquidador y a la fiduciaria. Para ejecutar garantías o plantear medidas cautelares necesitará representación profesional.
Qué puede pasar
Primera posibilidad: activación de la garantía o ejecución de fiducia. Si la garantía es suficiente, la entidad garante puede responder y completar la obra o devolver fondos. Ese suele ser el resultado más directo para recuperar la inversión o la vivienda.
Segunda posibilidad: acuerdo con el liquidador o con un tercero para terminar la obra. El liquidador puede contratar a otro constructor para terminar, o negociar indemnizaciones con los compradores. Un acuerdo suele ser preferible si asegura culminación y pago probado.
Tercera posibilidad: la reclamación pasa a la masa de acreedores de la liquidación. Si su crédito no está asegurado, compite con otros acreedores y la recuperación puede depender del resultado de la liquidación. Una sentencia a su favor necesita ejecución contra bienes suficientes.
Y si gana, ¿cobro? Una sentencia que le reconozca derecho a indemnización vale menos si la masa de liquidación no tiene activos líquidos. Por eso la activación de garantías o acuerdos que garanticen la obra suelen ser más prácticos.
Errores que arruinan el caso
- No conservar copia del contrato, pólizas o contratos de fiducia.
- No notificar al liquidador y a la entidad fiduciaria desde el primer momento.
- Depender solo de la palabra del vendedor o de la constructora sin exigir constancias de pagos y cuenta específica.
- No activar la garantía a tiempo o aceptar ofertas verbales de finalización sin respaldo escrito.
- No considerar la posibilidad de agrupación con otros compradores para ejercer presión o compartir costes de terminación.
¿Necesitas un abogado para esto?
Debe recabar documentos y dirigirse al liquidador y a la entidad garante; esas primeras gestiones las puede hacer usted. Necesita abogado para ejecutar garantías, solicitar medidas cautelares o litigar en contra del liquidador. Si la cantidad es alta y hay posibilidad de agruparse con otros compradores, un abogado o una asociación de afectados puede coordinar la reclamación. Si no puede pagar, revise la opción de asistencia judicial gratuita.
Casos relacionados
Otros problemas frecuentes en compra de vivienda
Preguntas frecuentes sobre este caso
Depende del contrato de fiducia: algunas fiducias están destinadas a asegurar la entrega y financian la terminación; otras solo resguardan dineros. Revise el contrato de fiducia y exija a la fiduciaria que explique el alcance de la garantía.
Si su crédito no está asegurado, la devolución depende del patrimonio de la sociedad en liquidación y del resultado del proceso. Si hay garantía específica, puede ejecutarla. Un abogado le dirá la estrategia más adecuada para intentar recuperar fondos.
Las entidades de control pueden imponer medidas y sanciones y requerir información. Su intervención puede presionar al liquidador o a las aseguradoras, pero no sustituye las acciones civiles para recuperar bienes o dinero.
Depende de las condiciones: pida garantías escritas, plazos, y que se asegure la calidad de la obra. Si hay dudas, no acepte sin asesoría profesional.
Sí. Agruparse puede facilitar la contratación de peritos, reducir costes y aumentar presión sobre el liquidador o entidades garante. Considere organizarse y nombrar representante común para las gestiones.
¿Necesitas resolver este problema legal?
Te conectamos con los mejores abogados especializados. Consulta gratuita y sin compromiso.