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Mi avalista ha recibido una reclamación de la deuda

Que reclamen la deuda al avalista es una posibilidad real: el banco puede exigirle el pago si el deudor principal no cumple, y su responsabilidad suele depender de lo que firmó como aval. Lo que determina si esa reclamación es correcta son el contenido del contrato de garantía, si la obligación está vencida y si el banco siguió las formalidades. Primer paso: pide copia de la reclamación y del contrato de garantía y revisa si el aval ya fue notificado correctamente.

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¿Tienes razón?

Tres factores determinan si la reclamación contra tu avalista está fundada: el alcance de la garantía que firmó el avalista (si fue aval a primer requerimiento, solidario o subsidiario), la existencia de una deuda exigible y las notificaciones formales que exige el contrato o la ley. Si el aval es solidario o de primer requerimiento, el banco puede dirigirse directamente contra el avalista sin agotar remedios contra el deudor principal. Si es subsidiario, primero debe perseguir al deudor. Además, algunos contratos establecen requisitos de notificación o de vencimiento automático que el banco debe cumplir; si no lo hizo, la reclamación puede ser prematura.

Otro aspecto clave es la validez del aval: que lo haya firmado quien dice y que no haya vicios en la firma (error, dolo, incapacidad). Si el avalista firmó sin entender la naturaleza de lo que garantizaba o fue inducido por información falsa, la garantía puede ser impugnable. Finalmente, hay que mirar si el banco incluyó intereses, gastos o comisiones no pactadas, porque esos cargos agravan la deuda y a veces permiten discutir la exigibilidad.

Cómo se soluciona

  1. Reúne prueba: pide al avalista copia del contrato de garantía, la escritura del préstamo hipotecario, los últimos estados de cuenta, la carta o comunicación que recibió el avalista y cualquier comprobante de pago. Escanea o fotografía los documentos y guarda las conversaciones (WhatsApp, SMS). Exporta las conversaciones; no confíes en que seguirán en el teléfono.
  1. Comprueba la notificación: solicita al banco que te acredite la notificación. Si el avalista dice que recibió una carta, pide copia con fecha y constancia de entrega. Si la notificación no cumple lo pactado en el contrato, escríbeles reclamando esa falta y solicitando la documentación completa de la deuda.
  1. Calcula la deuda: con los extractos y el contrato revisa si los intereses aplicados coinciden con lo pactado. Si observas cobros no autorizados, deja constancia por escrito y solicita su rectificación al banco y, si procede, al SERNAC.
  1. Responde por escrito: el avalista debe enviar una carta reclamando la aclaración y pidiendo suspensión de acciones hasta que se acredite la deuda. Envía la carta por medio fehaciente (certificada, carta con acuse de recibo o interposición en notaría) y guarda prueba de envío.
  1. Negocia: si la deuda es real y la capacidad de pago existe, valora una negociación para evitar un juicio ejecutivo. Un acuerdo puede presentar ventajas: evita costas y se concreta antes que un proceso judicial. Si la otra parte ofrece un acuerdo, consúltalo con un abogado antes de firmar.
  1. Si procede la impugnación: si hay vicios del aval o cobros indebidos, hay que preparar antecedentes para una demanda civil o una oposición en el procedimiento ejecutivo. Un abogado te ayudará a cuantificar las defensas y a presentar excepciones.
  1. Justicia gratuita: si el avalista tiene recursos limitados, puede calificar para asistencia gratuita; la Corporación de Asistencia Judicial puede ayudar con trámites y representación.

En todo esto distingue claramente lo que puedes hacer por tu cuenta (reunir documentos, enviar la carta, negociar) de lo que ya requiere intervención profesional (impugnar la validez del aval, presentar excepciones en juicio).

Qué puede pasar

1) Se arregla con carta: muchas reclamaciones se frenan con una respuesta razonada que exige documentación y corrige cargos. El banco, ante la duda o por trámite, puede paralizar gestión de cobro y abrir revisión interna. Esto suele ser lo más rápido y evita costos.

2) Acuerdo o conciliación: si la deuda existe, lo habitual es negociar una reestructuración o pago parcial que libere al avalista. Un acuerdo puede incluir condonaciones, quitas o plazos distintos. Aceptar un monto menor contra la liberación del avalista puede ser razonable; valora el riesgo de un juicio largo frente al beneficio inmediato.

3) Juicio: si no hay acuerdo, el banco puede iniciar un juicio ejecutivo sobre la hipoteca o acciones directas contra el avalista. En un juicio, si el avalista pierde, se puede ordenar el pago y eventualmente medidas de ejecución. Si el avalista pierde y es insolvente, ganar la sentencia no garantiza cobro inmediato; una sentencia contra un deudor insolvente puede quedar como crédito sin realización. En el juicio, quien pierde puede quedar obligado a pagar las costas del proceso si la sentencia así lo dispone.

Y si ganas, ¿cobras? Una sentencia favorable declara la improcedencia de la reclamación o reduce la deuda; pero la efectividad del cobro depende de la liquidez del banco o del patrimonio del deudor. Contra entidades bancarias, una resolución firme suele obligar a rectificaciones contables y devolución de cobros indebidos, pero la ejecución contra personas depende de sus bienes.

Errores que arruinan el caso

  • No pedir copia de la comunicación de reclamación: sin ese documento no puedes verificar fechas y cargos.
  • Destruir o perder los comprobantes de pago y estados de cuenta; guarda todo en nube y copia física.
  • Firmar acuerdos sin leer la cláusula que libera o mantiene la obligación del avalista.
  • Dejar de responder o ignorar notificaciones: puede dar lugar a ejecución sin defensa preparada.
  • Confundir negociación informal con liberación efectiva: pide siempre un documento firmado que pruebe la liberación del avalista.

¿Necesitas un abogado para esto?

La primera carta y la recopilación de documentos las puedes hacer tú. Necesitas un abogado cuando hay duda sobre la validez del aval, si la otra parte ya inició acciones judiciales, o cuando te ofrecen un acuerdo: entonces conviene que un abogado revise la redacción. Si no tienes recursos, consulta la Corporación de Asistencia Judicial para valorar representación gratuita.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

Depende del tipo de aval. Si el aval es solidario o de primer requerimiento, el banco puede dirigirse directamente contra el avalista. Si el aval es subsidiario, normalmente debe intentar cobrar primero del deudor principal. Revisa la cláusula de garantía en la escritura para saber qué se pactó.

Un WhatsApp puede ser prueba, pero su valor depende del contexto y de que se pueda autenticar. Es preferible obtener comunicaciones por escrito y acuses de recibo. Exporta y guarda las conversaciones con fecha y remitente.

Sí, en general quien paga en calidad de avalista tiene derecho a subrogación frente al deudor: puede reclamar lo que pagó. Para eso es útil conservar comprobantes y dejar constancia de la liberación o pago.

Sí. Solicita por escrito el detalle de la liquidación de la deuda: capital, intereses, comisiones y gastos. Si detectas cobros no pactados, reclama por escrito y, si procede, acude al SERNAC o a un abogado.

La garantía firmada por una persona sin capacidad legal puede ser impugnable por vicio de capacidad. Si ese es el caso, consulta con un abogado para preparar la impugnación basada en incapacidad o en falta de consentimiento válido.

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