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La auditoría externa solicita documentación y hay irregularidades: qué hacer

Si una auditoría externa pide documentación y aparecen irregularidades, la fundación no puede ocultarlas ni improvisar. Lo que importa es la naturaleza de la irregularidad, si afecta a la responsabilidad de los gestores y si supone riesgo de sanción o de reproche por el Protectorado. El primer paso es recopilar la prueba, evaluar el alcance y decidir correcciones y comunicaciones formales.

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¿Tienes razón?

No siempre que la auditoría encuentra “irregularidades” hay delito o responsabilidad grave. Tres factores determinan la gravedad. Primera, la tipología de la irregularidad: errores formales de contabilización no son lo mismo que apropiación indebida de fondos o falsedad documental. Segunda, la intención: una deficiente práctica administrativa por desconocimiento tiene distinta consecuencia que la manipulación deliberada. Tercera, el alcance: si el problema afecta a una cifra insignificante para la entidad el remedio puede ser interno; si compromete la solvencia, los objetivos fundacionales o la confianza de financiadores públicos, las consecuencias serán mayores.

La auditoría externa tiene poder para solicitar información y emitir un informe que refleje su opinión. Si el auditor detecta hechos que podrían ser constitutivos de infracción administrativa o delito, puede advertirlo en su informe o informar a las autoridades competentes según su deber de colaboración. Por eso no es buena estrategia esconder información: eso suele agravar las consecuencias.

Cómo se soluciona

  1. Reúne la documentación solicitada por la auditoría de forma ordenada: contratos, facturas, justificantes de pago, cuentas bancarias, actas de los órganos de gobierno, convenios, informes de proyecto, listados de personal y documentación de subvenciones. Exporta correos y conserva copias firmadas cuando existan.
  1. Realiza una revisión interna para delimitar el problema. Identifica qué principio contable o exigencia legal se ha incumplido, desde cuándo y quiénes han intervenido. Elabora un informe interno que explique hechos, causas y propone medidas correctoras.
  1. Suspende operaciones que puedan agravar el daño si procede. Por ejemplo, paraliza pagos relacionados con la irregularidad, bloquea cuentas implicadas o retira accesos a sistemas a personas cuya actuación se investiga. Documenta cada medida en acta.
  1. Comunica lo que tengas que comunicar a los financiadores públicos y privados cuando la normativa o los contratos lo exijan. En muchos casos las ayudas requieren justificar el destino de los fondos; la falta de comunicación empeora la posición.
  1. Si las irregularidades apuntan a posible responsabilidad penal o administrativa, busca asesoramiento jurídico inmediato. Un abogado ayudará a evaluar riesgos, a preparar la respuesta formal al auditor y a negociar con autoridades o financiadores.
  1. Implementa medidas de corrección: regularización contable, reintegro de fondos si procede, modificación de procedimientos internos, formación del personal y refuerzo de controles. El objetivo es demostrar que la fundación corrige y previene la repetición.
  1. Facilita la cooperación con el auditor. Contestar con transparencia y ofrecer el plan de corrección suele mitigar el impacto del informe y facilitar acuerdos con terceros.

Qué puedes hacer sin abogado: recolectar la documentación, documentar las medidas internas y comunicar a financiadores cuando los contratos lo exijan. Cuándo necesitas abogado: si hay indicios de delito, riesgo de sanción administrativa relevante, o si los financiadores amenazan con recuperar ayudas.

Qué puede pasar

  1. Resolución interna y mejora: lo más frecuente cuando se trata de errores administrativos es corregir las anotaciones contables, mejorar controles y presentar un plan de cumplimiento al auditor y a los financiadores. Esto preserve la reputación y evita sanciones.
  1. Negociación con financiadores o autoridades: si la irregularidad afecta a subvenciones, a veces se acuerda un reintegro parcial o un plan de regularización. Aceptar una corrección puede ser preferible a un procedimiento largo y costoso, incluso si la cuantía es discutible.
  1. Sanción administrativa o responsabilidad penal: si hay apropiación, falsedad o conducta dolosa, la situación puede conducir a procedimientos sancionadores o a denuncia penal. En esa vía la fundación y sus gestores pueden verse implicados y enfrentar consecuencias económicas y personales.

Y si ganas, ¿cobras? En procedimientos sancionadores o penales no suele haber una “cobranza” a favor de la fundación salvo que la sentencia ordene reparaciones. La recuperación efectiva depende de la situación patrimonial de los responsables y de la existencia de seguros que cubran la responsabilidad.

Errores que arruinan el caso

  • Ocultar documentación o borrar correos: destruye la confianza y agrava la exposición legal.
  • No suspender operaciones relacionadas: seguir operando puede incrementar el perjuicio y las responsabilidades.
  • Reaccionar sin pruebas: acusar públicamente a empleados sin investigación puede derivar en demandas por despido improcedente o vulneración de derechos.
  • No comunicar a financiadores cuando exige el contrato: la falta de comunicación facilita la exigencia de reintegro.
  • No implantar medidas correctoras visibles: sin ellas, el informe del auditor puede motivar sanciones.

¿Necesitas un abogado para esto?

Si las irregularidades son formales y no afectan a terceros ni a subvenciones, puedes gestionar internamente la corrección y la comunicación con el auditor. Necesitarás abogado si hay riesgo de sanción administrativa o penal, si los financiadores exigen reintegros, o si la situación implica posibles responsabilidades personales de gestores. Un abogado te ayudará a redactar comunicaciones, coordinar la defensa y negociar con autoridades. Si la fundación puede acceder a asistencia jurídica, consúltalo.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

Sí, según su deber profesional el auditor puede apuntar en su informe hechos que puedan ser constitutivos de infracción y, en algunos supuestos, existe la posibilidad de comunicación a autoridades competentes. La mejor conducta es colaborar y preparar una explicación documentada de lo ocurrido.

Reconocer errores y presentar un plan de corrección ayuda a mitigar consecuencias, especialmente cuando la conducta nació de una mala praxis administrativa. Sin embargo, si hay indicios de conducta dolosa, la corrección no evita necesariamente sanciones o responsabilidades penales.

Contratos, facturas, extractos bancarios, actas de órgano de gobierno, listados de personal, justificantes de subvenciones, informes de proyectos y documentación contractual con financiadores son las piezas más habituales. Ten todo ordenado y accesible.

Si el informe contiene errores relevantes y motivan daños a la fundación, existe la posibilidad de reclamar al auditor. Eso requiere un análisis técnico y jurídico para valorar la procedencia de la reclamación y la posibilidad de reparación.

La decisión de suspender debe tomarse con prudencia y con base en indicios sólidos. Suspender sin causa puede derivar en reclamaciones laborales; no suspender ante indicios claros puede agravar responsabilidades. Evalúa con asesoramiento y documenta la decisión.

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