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¿Qué hacer si la ART rechazó tu siniestro en Argentina en 2026?

No, el rechazo de la ART no define por sí solo que tu lesión no sea laboral. Lo que importa es cómo ocurrió el hecho, qué tarea hacías, qué dicen los estudios médicos y qué constancias existen de la denuncia. Guardá la notificación de rechazo, reuní la historia clínica y los mensajes vinculados al hecho, y consultá los datos oficiales de esta página para identificar el trámite ante la Comisión Médica que corresponde a tu jurisdicción.

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Actualizado el · 5 fuentes oficiales enlazadas

Datos 2026

Cada dato, con su norma y su fuente oficial.

Consultado el 27 oct 2026

Plazo de la ART para rechazarlo

10 días

La ART tiene 10 días desde que recibe la denuncia para notificar su rechazo de forma fehaciente al trabajador y al empleador. Puede prorrogarlo 10 días más por causas objetivas, si lo notifica dentro de los primeros 10. Si no notifica el rechazo en plazo, el siniestro se considera aceptado.

Decreto 717/96, art. 6 (sustituido por el art. 1 del Decreto 1475/2015, B.O. 31/7/2015) y art. 6 bis (fuente oficial, se abre en otra pestaña)

Comisión médica antes del juicio

Obligatoria (adhesión)

En las jurisdicciones adheridas a la Ley 27.348, antes de ir a juicio hay que pasar por la comisión médica jurisdiccional, con abogado: es una instancia obligatoria y excluyente, y la ART paga el patrocinio letrado y los demás gastos del trabajador en esa instancia. La comisión debe resolver dentro de los 60 días hábiles administrativos desde la primera presentación completa; el plazo puede prorrogarse por razones de hecho fundadas. Contra su decisión hay recurso ante la Comisión Médica Central o ante la justicia laboral, que se presenta por escrito y fundado dentro de los 15 días de notificado el acto; si no se recurre, la decisión queda firme como cosa juzgada administrativa. Los trabajadores no registrados pueden ir directamente a la justicia.

Ley 27.348, arts. 1 a 4 (B.O. 24/2/2017); Resolución SRT 298/2017, art. 16 (no la modifica la Res. SRT 5/2026) (fuente oficial, se abre en otra pestaña)

Plazo para recurrir el dictamen

15 días hábiles administrativos

15 días hábiles desde el día siguiente a la notificación para recurrir: ante la Comisión Médica Central o, si lo elegís, ante la justicia laboral. El recurso se presenta por escrito y fundado en la propia Comisión Médica. Rige donde la provincia adhirió a la Ley 27.348.

Ley 27.348 art. 2; Res. SRT 298/2017 arts. 16 y 29 (fuente oficial, se abre en otra pestaña)

Abogado ante la Comisión Médica

Obligatorio

Ante la Comisión Médica tenés que ir con abogado desde la primera presentación. Si vas con un abogado particular, lo que cuesta su intervención lo paga la ART (o el empleador autoasegurado). Si no tenés abogado, la SRT te asigna uno gratuito.

Ley 27.348 art. 1 (último párrafo); Res. SRT 298/2017 arts. 36 y 37 (fuente oficial, se abre en otra pestaña)

Ver 4 datos más

Prórroga de la Comisión Médica

30 días hábiles

La Comisión Médica puede prorrogar una sola vez su plazo de 60 días hábiles para resolver, como máximo 30 días hábiles más.

Res. SRT 298/2017 art. 7 (sust. Res. SRT 5/2026, vigente desde 02-02-2026) (fuente oficial, se abre en otra pestaña)

Cómo se calcula la incapacidad parcial

53 × ingreso base

Incapacidad permanente parcial definitiva de hasta el 50 %: pago único de 53 veces el ingreso base mensual × % de incapacidad × (65 ÷ edad a la primera manifestación). Si el daño ocurrió en el lugar de trabajo o estando a disposición del empleador, se suma un 20 %.

Ley 24.557 art. 14.2 a) (sust. Decreto 1278/2000); Ley 26.773 art. 3 (fuente oficial, se abre en otra pestaña)

Piso por incapacidad parcial (por %)

$ 114.354.110

Piso por incapacidad permanente parcial: $ 114.354.110 multiplicado por el porcentaje de incapacidad (período 1-9-2026 a 28-2-2027).

Res. SRT 39/2026 art. 2 (fuente oficial, se abre en otra pestaña)

Plazo para reclamar

2 años

Las acciones de la Ley de Riesgos del Trabajo prescriben a los 2 años desde que la prestación debió pagarse o darse y, en todo caso, a los 2 años del fin de la relación laboral.

Ley 24.557, art. 44.1 (fuente oficial, se abre en otra pestaña)

Orientativo. Los importes pueden cambiar durante el año. No incluye honorarios. Confirmalo en el juzgado o con un abogado.

El trámite, paso a paso

  1. Guardá la notificación de rechazo

    Conservá la carta, correo o constancia por la que la ART negó el siniestro. Registrá la fecha de recepción y reuní certificados, estudios, recetas, chats y datos de testigos vinculados al hecho.

  2. Dejá constancia ante el empleador

    Si el accidente no fue denunciado o necesitás aclarar tu versión, enviá un telegrama laboral o carta documento al empleador. Indicá el hecho, la lesión y el pedido de denuncia y cobertura.

  3. Presentá el trámite ante Comisión Médica

    Con abogado, presentá la revisión del rechazo ante la Comisión Médica jurisdiccional que corresponda. Acompañá la notificación de la ART y la documentación médica y laboral disponible.

  4. Asistí a la evaluación médica

    Llevá estudios, certificados y una descripción de las tareas que realizabas. La Comisión Médica evaluará la contingencia y dictará una decisión sobre el rechazo y las prestaciones.

  5. Revisá si corresponde recurrir

    Si la decisión es desfavorable, el recurso se presenta por escrito y fundado, ante la Comisión Médica Central o, si lo elegís, ante la justicia laboral. Consultá los datos oficiales de esta página para verificar la vía aplicable y su límite temporal.

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Fuentes oficiales

Las cifras, los plazos y las normas de esta página salen de estas fuentes, leídas en su sitio oficial.

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¿Tenés razón?

Que la ART haya escrito que tu lesión es “ajena al trabajo”, que no hubo accidente o que se trata de una enfermedad común no cierra la discusión. La Ley de Riesgos del Trabajo prevé un procedimiento para revisar esa negativa. No hace falta que hayas entendido todo al momento del accidente ni que hayas usado palabras jurídicas: lo relevante es poder reconstruir qué pasó y mostrar el vínculo entre el daño y el trabajo.

Hay varios puntos que pesan. El primero es el hecho: una caída durante la jornada, un golpe con una herramienta, un accidente mientras cumplías una indicación o una lesión durante el trayecto habitual pueden respaldar el carácter laboral. Si no hubo un episodio puntual, también importa describir las tareas repetitivas, posturas, cargas, ritmos de trabajo o exposición que relacionás con la lesión.

El segundo punto es la prueba médica. Guardá guardias, certificados, recetas, estudios, indicaciones de reposo y constancias de tratamiento. Un informe que ubique el inicio de los síntomas cerca del hecho puede ser relevante. También sirve la historia clínica previa, porque permite discutir si había una dolencia anterior y si el trabajo la agravó.

El tercer punto son las comunicaciones. Pesan los avisos al supervisor, al empleador o a la ART, incluso por WhatsApp o correo. Si no dejaste constancia al principio, no significa que el reclamo esté perdido. Puede haber testigos, cámaras, planillas, registros de ingreso, partes internos o atención médica que completen la historia.

Cómo se soluciona

  1. Guardá el rechazo y armá una carpeta de prueba. Conservá la carta, correo o notificación por la que la ART rechazó el siniestro. Sacale una copia legible y anotá cuándo la recibiste. Sumá certificados médicos, estudios, recetas, constancias de guardia y comprobantes de gastos. Exportá los chats con el encargado, compañeros o recursos humanos; no confíes en que sigan disponibles en el teléfono. Si hubo cámaras, identificá el lugar y quién puede pedir la preservación de las imágenes.
  1. Reconstruí por escrito lo que pasó. Escribí un relato simple: dónde estabas, qué tarea hacías, qué ocurrió, qué parte del cuerpo se lesionó, a quién avisaste y dónde recibiste atención. Incluí nombres y datos de contacto de quienes vieron el hecho o conocieron tus síntomas luego del episodio. No adornes ni supongas diagnósticos. Una versión clara y consistente vale más que una explicación exagerada que después no coincide con los documentos médicos.
  1. Dejá constancia fehaciente ante el empleador si faltó la denuncia. Si el empleador no denunció el hecho, o si necesitás dejar asentada tu versión, podés enviar un telegrama laboral o una carta documento. El telegrama laboral del trabajador es gratuito. El texto debe identificar el accidente o la dolencia, el lugar de trabajo, la fecha de conocimiento y el pedido de denuncia y cobertura. Esta comunicación no reemplaza el trámite ante la Comisión Médica, pero evita que el empleador sostenga que nunca fue informado.
  1. Presentá la revisión ante la Comisión Médica. En las jurisdicciones adheridas a la Ley de Riesgos del Trabajo, el rechazo se discute primero ante la Comisión Médica jurisdiccional. Es una instancia obligatoria antes del juicio para trabajadores registrados. La presentación debe incluir la notificación de rechazo y la prueba disponible. Desde la primera presentación tenés que contar con abogado. Podés elegir un abogado particular, cuya intervención en esa instancia está a cargo de la ART o del empleador autoasegurado, o pedir que la Superintendencia de Riesgos del Trabajo te asigne patrocinio gratuito.
  1. Participá de las evaluaciones médicas con documentación ordenada. La Comisión Médica puede citarte a examen. Llevá originales y copias de los estudios, relatá las limitaciones que realmente tenés y explicá qué tareas hacías. No firmes una declaración que no refleje lo ocurrido sin pedir que se incorpore tu aclaración. Si te entregan documentos, pedí copia. Tu abogado puede observar la prueba, acompañar informes médicos y plantear por qué el rechazo de la ART no corresponde.
  1. Revisá la decisión y la vía de recurso. La Comisión Médica dicta una decisión sobre el carácter laboral de la contingencia, las prestaciones y, si corresponde, la incapacidad. Si la resolución es desfavorable, podés recurrirla ante la Comisión Médica Central o, si lo elegís, ante la justicia laboral. El recurso debe presentarse por escrito y con fundamentos. Consultá los datos oficiales de esta página: hay un plazo límite y la falta de recurso puede dejar firme la decisión administrativa. Los trabajadores no registrados pueden tener una vía judicial directa, que requiere analizar el caso concreto.

Qué puede pasar

El primer escenario es que la ART revise su postura. Una presentación bien documentada puede llevar a que reconozca el siniestro, otorgue prestaciones médicas o continúe un tratamiento que había interrumpido. A veces la discusión se ordena cuando aparecen estudios, testigos o registros que la ART no había considerado. No es una concesión: es el resultado de que exista una prueba clara del vínculo laboral.

El segundo escenario es una solución mediante acuerdo o por la decisión de la Comisión Médica. Si aparece una incapacidad o una diferencia sobre prestaciones, puede haber una propuesta de acuerdo sobre el porcentaje de incapacidad y la indemnización. Ante la Comisión Médica ese acuerdo tiene que homologarse, y la indemnización tiene mínimos legales que no se pueden perforar (los ves en los datos de esta página). Aceptar un porcentaje menor al que pretendías puede ser razonable si permite resolver el conflicto sin una discusión larga y con acceso más rápido a recursos. Pero antes de aceptar, hay que revisar qué lesión reconoce, si contempla secuelas, qué documentación se firma y si renunciás a discutir aspectos que todavía no están claros.

El tercer escenario es el juicio laboral. Allí se puede discutir el rechazo, la relación entre la lesión y el trabajo, las prestaciones y las consecuencias de una incapacidad. El resultado depende de la prueba médica, documental y testimonial. Si perdés, puede haber costas y gastos del proceso, según la jurisdicción y la decisión judicial. Si ganás, la sentencia debe ejecutarse para cobrar. Frente a una ART o un empleador autoasegurado, la posibilidad de cobro suele ser distinta a la de reclamar contra una persona sin patrimonio, pero igual conviene analizar a quién se demanda y qué se resolvió exactamente.

Errores que arruinan el caso

  • Tirar la notificación de rechazo o no registrar cuándo llegó. Ese documento marca el inicio de decisiones que no conviene dejar sin respuesta.
  • Confiar sólo en capturas sueltas. Exportá conversaciones, guardá audios y conservá el teléfono si contiene mensajes relevantes.
  • Cambiar el relato según quién pregunta. Contá lo ocurrido con precisión, sin agregar hechos para que parezca más grave.
  • Ir a una evaluación médica sin estudios, certificados ni explicación de las tareas que realizabas.
  • Firmar un acuerdo, un alta o una conformidad sin leer qué lesión se reconoce y qué efectos tiene.
  • Dejar de atenderte por tu cuenta. La continuidad médica también muestra la evolución real de la lesión.

¿Necesitás un abogado para esto?

Podés reunir documentos, guardar chats, pedir copias de tu historia clínica y enviar un telegrama laboral por tu cuenta. Pero para cuestionar el rechazo ante la Comisión Médica necesitás abogado desde la primera presentación. No tenés que llegar con el caso resuelto: el estudio puede ordenar la prueba, leer la notificación y explicar qué se discute. Si elegís abogado particular, su intervención en esa instancia la paga la ART o el empleador autoasegurado; también podés solicitar patrocinio gratuito ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Si hubo una oferta de acuerdo, una incapacidad, tratamiento negado o una decisión desfavorable, conviene revisarla antes de firmar.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

Sí, podés plantearlo. No todas las contingencias laborales nacen de una caída o un golpe visible. Una lesión vinculada a movimientos repetitivos, posturas forzadas, cargas o exigencias sostenidas necesita una explicación médica y laboral consistente. Guardá estudios, certificados y una descripción de las tareas reales que hacías, no sólo el nombre del puesto. También ayudan mensajes, planillas, compañeros y cualquier registro que muestre cómo era el trabajo cotidiano.

Puede servir, especialmente si muestra a quién avisaste, qué contaste y cuándo lo hiciste. Conservá la conversación completa, con el nombre o número del destinatario y los mensajes anteriores y posteriores que den contexto. Exportala y guardala en más de un lugar. Una captura aislada puede ser discutida con facilidad. El WhatsApp no reemplaza siempre una comunicación fehaciente, pero puede apoyar tu relato junto con certificados médicos, testigos y registros internos.

Una dolencia previa no elimina automáticamente la posibilidad de que el trabajo haya causado una lesión nueva o agravado una existente. La discusión suele centrarse en cómo estabas antes, qué tareas realizabas, cuándo aparecieron o empeoraron los síntomas y qué muestran los estudios. Pedí copia de tu historia clínica y reuní antecedentes médicos. Evitá negar tratamientos anteriores si existieron: es preferible explicarlos con precisión y discutir el agravamiento con respaldo profesional.

La ART puede negar prestaciones si sostiene que el daño no tiene origen laboral, pero esa postura puede revisarse por la vía correspondiente. No dejes de atenderte por falta de cobertura: guardá constancias de guardia, consultas, recetas, estudios y comprobantes de lo que pagues. Esos documentos pueden demostrar continuidad de síntomas y necesidad de tratamiento. La devolución de gastos depende del reconocimiento posterior y de cómo se acrediten.

Depende de dónde trabajabas, de si la jurisdicción adhirió al sistema de Comisión Médica y de tu situación laboral. Para trabajadores registrados, la regla suele ser pasar primero por esa instancia administrativa con abogado. Si no estabas registrado, puede existir acceso directo a la justicia laboral. También cambia el tribunal competente según la provincia. La notificación de rechazo y los datos oficiales de esta página permiten identificar cuál es la ruta aplicable.

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