¿Cómo salir del Veraz en Argentina?
Depende de si la deuda es real. Si el dato es falso, está mal o ya venció el plazo legal, podés exigir que lo corrijan o lo borren, sin cargo. Si la deuda existe, la ley permite informarla durante un plazo máximo, y si la pagaste, un tiempo más como cancelada. Los plazos están en los datos oficiales de esta página. Primer paso: pedí tu informe.
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El trámite, paso a paso
Pedí tu informe de forma fehaciente
Pedí a la empresa de informes, por un medio que deje constancia, el acceso a tus datos. Es gratis con el intervalo que fija la ley, y desde que la intimás tiene un plazo en días corridos para responder. Consultá también la Central de Deudores del BCRA.
Compará el informe con tus papeles
Revisá quién te reportó, qué monto y desde cuándo. Compará con tus comprobantes de pago y con los plazos oficiales que figuran en esta página: si la deuda impaga superó el plazo máximo o ya la pagaste, el dato no puede figurar como figura.
Reclamá la rectificación por escrito
Pedí que rectifiquen, actualicen o supriman el dato, con copia de tus pruebas, a la empresa de informes y al acreedor que te reportó. Es gratis, y la empresa tiene un plazo en días hábiles para corregir desde que recibe el reclamo.
Denunciá ante la Agencia si no corrigen
Si no responden o no corrigen en plazo, presentá una denuncia gratuita ante la Agencia de Acceso a la Información Pública, por Trámites a Distancia o en su mesa de entradas, con copia de tu pedido y de las respuestas recibidas.
Iniciá un hábeas data si sigue sin resolverse
Si la vía de la Agencia no alcanza, podés pedirle a un juez que ordene corregir o suprimir el dato con la acción de hábeas data, que tramita como un amparo. Para este paso conviene ir con abogado y llevar todo lo actuado.
Datos 2026
Cada dato, con su norma y su fuente oficial.
Consultado el 17 oct 2026
Cuánto figura una deuda impaga
5 años
Una deuda impaga puede figurar en un informe crediticio hasta 5 años, contados desde la última información adversa archivada que muestre que la deuda era exigible.
Si ya pagaste la deuda
2 años
Si la deuda se pagó o se extinguió de otro modo, solo puede informarse durante 2 años desde la fecha precisa en que se extinguió, y debe constar que se canceló.
Plazo para darte tus datos
10 días corridos
El banco de datos debe entregar la información pedida dentro de los 10 días corridos desde que fue intimado de forma fehaciente.
Ley 25.326, art. 14 inc. 2 (fuente oficial, se abre en otra pestaña)
Plazo para corregir un dato
5 días hábiles
El banco de datos debe rectificar, actualizar o suprimir el dato en un plazo máximo de 5 días hábiles desde que recibe el reclamo o advierte el error.
Ley 25.326, art. 16 incs. 2, 3 y 6 (fuente oficial, se abre en otra pestaña)
Ver 3 datos más
Cada cuánto es gratis consultar tus datos
Gratis cada 6 meses
El acceso a los propios datos es gratuito si se pide con intervalos no menores a 6 meses, salvo que se acredite un interés legítimo. Rectificar, actualizar o suprimir datos inexactos o incompletos es siempre sin cargo.
Ley 25.326, arts. 14 inc. 3 y 19 (fuente oficial, se abre en otra pestaña)
Si no responden: hábeas data
Acción de hábeas data
Si el banco de datos no contesta el pedido de acceso en 10 días corridos, contesta de forma insuficiente o no corrige en 5 días hábiles, se puede iniciar la acción judicial de hábeas data, que tramita como un amparo.
Ley 25.326, arts. 14 inc. 2, 16 inc. 3, 33, 36, 37 y 39 (fuente oficial, se abre en otra pestaña)
Organismo de control
AAIP
La Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP), que recibe denuncias gratuitas si el banco de datos no responde o no corrige.
Ver el texto completo
El organismo de control es la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP). Si el banco de datos no responde o no corrige en plazo, se puede presentar una denuncia gratuita ante la AAIP por Trámites a Distancia (clave fiscal nivel 2 o superior) o en su mesa de entradas, con copia de la solicitud con constancia de recepción y de las respuestas recibidas.
Decreto 1558/2001, Anexo I, art. 29; Ley 27.275, art. 19 (fuente oficial, se abre en otra pestaña)
Orientativo. Los importes pueden cambiar durante el año. No incluye honorarios. Confirmalo en el juzgado o con un abogado.
Herramienta gratis para este trámite
- Calcular: Contar los días hábiles del plazo
Contar los días hábiles del plazo
Para saber cuándo vence el plazo que tienen para responderte.
Fuentes oficiales
Las cifras, los plazos y las normas de esta página salen de estas fuentes, leídas en su sitio oficial.
- Ley 25.326 (se abre en otra pestaña) servicios.infoleg.gob.ar
- Decreto 1558/2001 (se abre en otra pestaña) servicios.infoleg.gob.ar
Abogados especializados en este caso
¿Tenés razón?
Veraz y las demás empresas de informes crediticios repiten lo que les informan bancos, financieras y otros acreedores. Lo que podés exigir depende de cuatro cosas.
La primera es si el dato es exacto. Una deuda que no es tuya, un monto equivocado, una deuda que pagaste y figura impaga o un atraso que no existió son datos inexactos. La ley obliga a rectificarlos, actualizarlos o suprimirlos, y eso es siempre sin cargo.
La segunda es si pagaste. Si la deuda se pagó o se extinguió de otro modo, solo puede informarse durante un plazo limitado desde la fecha precisa en que se extinguió, y tiene que constar que se canceló. No desaparece el día que pagás, pero deja de figurar como impaga.
La tercera es la antigüedad del dato. Una deuda impaga puede figurar en un informe crediticio hasta un plazo máximo, contado desde la última información adversa archivada que muestre que la deuda era exigible. Pasado ese plazo, ya no pueden informarla, aunque siga sin pagarse. Los dos plazos están en los datos oficiales de esta página.
La cuarta es quién te reportó. Si el dato viene de un banco o una financiera, suele estar también en la Central de Deudores del Banco Central, que podés consultar con tu CUIT o CUIL en la web del BCRA. Ahí ves quién informó, el período y la situación. Figurar en la Central no significa estar en mora: también se informan deudas al día.
Si la deuda es real, está impaga y es reciente, la ley permite que figure. La salida en ese caso es pagarla o negociarla, no reclamar.
Cómo se soluciona
- Pedí tus datos. Por la Ley de Protección de los Datos Personales, tenés derecho a acceder gratis a tus datos, con un intervalo mínimo entre consultas que fija la ley. Pedilo a la empresa de informes por un medio fehaciente: desde que la intimás, tiene un plazo en días corridos para responder. También podés pedir que te diga lo que informó sobre vos en los últimos meses y, si los datos le llegaron por cesión, a quién.
- Identificá el error. Compará el informe con tus comprobantes de pago, resúmenes y contratos. Anotá qué dato está mal y por qué.
- Pedí la rectificación o la supresión por escrito, con copia de tus pruebas. Mandala a la empresa de informes y al acreedor que te reportó. La empresa tiene un plazo en días hábiles para corregir desde que recibe el reclamo.
- Si pagaste, pedí al acreedor el libre deuda o el comprobante de cancelación y la actualización del dato.
- Si no responden o no corrigen en plazo, tenés dos caminos: la denuncia gratuita ante la Agencia de Acceso a la Información Pública, por Trámites a Distancia o en su mesa de entradas, con copia de tu pedido y de las respuestas; o la acción judicial de hábeas data, que tramita como un amparo.
Qué puede pasar
Primer escenario: corrigen el dato con tu reclamo escrito. Suele pasar cuando el error es evidente y tenés el comprobante, por ejemplo un pago que el acreedor no informó.
Segundo escenario: la deuda es real. Si la pagás o la cancelás con un acuerdo, va a figurar como cancelada durante el plazo legal y después debe desaparecer. Antes de pagar una deuda vieja, revisá desde cuándo figura: si ya pasó el plazo máximo, no pueden seguir informándola, pagues o no.
Tercer escenario: no te responden. La denuncia ante la Agencia es gratuita y no necesita abogado. El hábeas data es un proceso judicial, rápido como un amparo, en el que el juez puede ordenar la corrección o la supresión.
Errores que arruinan el caso
- Reclamar por teléfono y no por escrito: no queda prueba de la fecha del pedido.
- Pagar una deuda vieja para «salir» sin revisar si ya venció el plazo de informe.
- Pagar sin pedir el libre deuda o el comprobante de cancelación.
- Reclamar solo a Veraz cuando el dato lo informa un banco: el error hay que corregirlo también en el origen.
- Contratar a un gestor que promete «limpiarte» una deuda real y vigente: la ley permite que figure.
¿Necesitás un abogado para esto?
Para pedir tu informe, reclamar la rectificación y hacer la denuncia ante la Agencia de Acceso a la Información Pública no necesitás abogado, y todo es gratuito. Muchos errores se corrigen con un reclamo escrito bien documentado. Un abogado tiene sentido cuando la empresa de informes o el acreedor no responden y querés iniciar un hábeas data, cuando el dato falso te hizo perder un crédito o un trabajo y querés reclamar los daños, o cuando el acreedor te ofrece un acuerdo y no sabés qué firmar.
Casos relacionados
Otros problemas frecuentes en protección de datos y privacidad
Preguntas frecuentes sobre este caso
Si la deuda está impaga, puede figurar en un informe crediticio hasta un plazo máximo que fija la Ley 25.326, contado desde la última información adversa archivada que muestre que la deuda era exigible. Si la pagaste o se extinguió de otro modo, solo puede informarse durante un plazo más corto desde la fecha de cancelación, y tiene que constar que se canceló. Los dos plazos están en los datos oficiales de esta página.
Porque la ley permite seguir informándola durante un tiempo después de cancelada, pero como deuda pagada, no como impaga. Si figura impaga, el dato es inexacto: pedí al acreedor el libre deuda y reclamá por escrito la actualización a la empresa de informes y al acreedor. La empresa tiene un plazo en días hábiles para corregirlo, y la rectificación es siempre gratis. Si no corrigen, podés denunciar ante la Agencia.
Sí. La ley garantiza el acceso gratuito a tus propios datos, siempre que no lo pidas con más frecuencia que la que fija, salvo que acredites un interés legítimo. Pedilo por un medio fehaciente: desde que la intimás, la empresa tiene un plazo en días corridos para entregarte la información. Corregir, actualizar o suprimir un dato inexacto también es siempre gratis. Los plazos están en los datos oficiales de esta página.
Si no contesta tu pedido de acceso en plazo, contesta de forma insuficiente o no corrige el dato, tenés dos caminos. Uno es la denuncia gratuita ante la Agencia de Acceso a la Información Pública, el organismo de control, por Trámites a Distancia con clave fiscal o en su mesa de entradas, con copia del pedido y de las respuestas. El otro es la acción judicial de hábeas data, que tramita como un amparo.
Es un informe que publica el Banco Central con las financiaciones que bancos, financieras y otros proveedores de crédito informan de cada persona: quién informó, período, monto, situación y días de atraso, además de los cheques rechazados. Se consulta con el CUIT o CUIL en la web del BCRA y se actualiza cada mes. Muchas empresas de informes toman ese dato, así que un error suele corregirse en el origen.
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