No me pagan mi factura (CFDI)
Si emitiste un CFDI y no te han pagado, tienes derecho a reclamar la contraprestación. Lo que importa es el contrato de prestación, la entrega real del servicio o bien, y los comprobantes de las obligaciones vencidas. Primer paso: reúne el CFDI, contratos, pruebas de entrega y toda la comunicación con el cliente; eso determina si la acción es administrativa, civil o mercantil.
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¿Tienes razón?
Tres factores clave: el CFDI por sí solo acredita la operación a efectos fiscales, pero no siempre basta para probar el cumplimiento de la obligación en litigio; necesitas demostrar que entregaste el bien o prestaste el servicio según lo contratado. Segundo, la existencia de contrato o pedido confirma los términos: plazos, montos, retenciones, condiciones para facturar y exigir pago. Tercero, la relación con el receptor: si es consumidor final o empresa, la vía puede variar; en relaciones comerciales entre empresas suele aplicarse la normativa mercantil o civil local.
Si el cliente reconoce la deuda por escrito, tu caso mejora. Si el receptor alega incumplimiento en la prestación, necesitarás prueba que avale tu comportamiento: informes, entregas firmadas, correos con acuse. Guarda correspondencia y registros operativos que demuestren que cumpliste.
Cómo se soluciona
- Reúne todo: CFDI, contrato o pedido, comprobantes de entrega, correos, actas de recepción, órdenes de compra y cualquier documento que muestre aceptación. Si hubo retenciones o descuentos, ten claros los montos y el motivo.
- Emite un requerimiento de pago formal. Envía el reclamo por correo certificado o medio que deje constancia de recepción, adjuntando copia del CFDI y del contrato. Solicita liquidación del saldo y ofrece alternativas de pago si lo consideras.
- Si el cliente es comercio y no responde, valora presentar reclamación por incumplimiento contractual ante la vía civil o mercantil. En muchos estados la demanda mercantil es la vía natural cuando la relación es entre comerciantes y la deuda deriva de actos de comercio.
- Si la deuda es con una institución financiera o por servicios bancarios, acude a CONDUSEF para orientación y posible conciliación. Si la relación es de consumo, PROFECO puede mediar.
- Si te ofrecen convenio, documenta plazos, abonos y reconocimientos de adeudo. Si aceptas un pago parcial, exige recibo con detalle de lo abonado.
Qué puedes hacer hoy solo: compilar CFDIs, contratos y órdenes de compra. Envía un requerimiento formal. Qué hace un abogado: valorar la vía mercantil o civil, cuantificar el adeudo incluyendo accesorios aplicables y preparar demanda y medidas de apremio.
Qué puede pasar
1) Resolución extrajudicial. Con un requerimiento formal muchas empresas reaccionan y pagan o negocian un acuerdo. Es la solución más rápida y económica.
2) Conciliación. Si ambas partes aceptan, se firma un convenio ejecutable que facilita cobros posteriores. Un convenio bien redactado evita ambigüedades sobre abonos y plazos.
3) Juicio mercantil o civil. Si no hay acuerdo, la demanda busca obtener título ejecutivo y, finalmente, ejecución. Si la parte demandada se opone y el tribunal falla a tu favor, quedas con una sentencia que permite embargar bienes. Si la parte demandada es insolvente, ganar no garantiza cobrar rápidamente.
Y si gano, ¿cobro? La sentencia permite ejecutar sobre bienes, pero la eficacia práctica depende del patrimonio y de si la deuda fue vendida a un tercero o si hay bienes embargables. Valora la solvencia antes de litigar.
Errores que arruinan el caso
- Emitir CFDI sin tener bien entregado el producto o sin haber prestado el servicio acordado.
- No conservar pruebas de entrega o aceptación del servicio.
- Aceptar descuentos u ofrecer quitas sin documentarlo por escrito.
- No revisar si la factura incluye cláusulas de cobro o penalizaciones pactadas.
- No identificar si la relación es mercantil o de consumo y acudir a la autoridad incorrecta.
¿Necesitas un abogado para esto?
Puedes intentar la primera reclamación por cuenta propia y muchas empresas responden. Necesitas abogado cuando la cantidad es elevada, cuando la otra parte disputa la entrega o calidad, cuando te ofrecen un acuerdo o cuando el reclamado es una empresa con recursos. Un abogado mercantil te ayuda a convertir tu derecho en un título ejecutivo y a calcular accesorios aplicables. Si no puedes pagar, pregunta por mecanismos de asesoría pública o gratuita.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
El CFDI acredita la operación fiscal, pero en juicio necesitarás demostrar que cumpliste con la entrega o prestación. El CFDI es una pieza relevante, pero conviene complementarla con pruebas de cumplimiento.
Sólo si el contrato lo prevé o si existe causa justa documentada. Cualquier quita o compensación debe constar por escrito para evitar disputas posteriores.
CONDUSEF orienta sobre servicios financieros y puede mediar con bancos. Para deudas entre empresas la vía suele ser civil o mercantil; CONDUSEF no tramita deudas comerciales ordinarias.
Solicita comprobante de pago y conciliación bancaria. Conserva tus extractos y compara montos y fechas. Si hay discrepancia, un requerimiento formal suele clarificar la situación.
Es posible, pero arriesgado: facturar sin entregar puede ser impugnado por la contraparte o generar responsabilidades fiscales. Asegura que la factura refleje la realidad del negocio.
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