Me detectaron como EDOS por facturas falsas (69-B)
Ser identificado como entidad dedicada a operaciones simuladas (EDOS) por comprobantes presuntamente inexistentes es serio y puede conllevar bloqueos fiscales y sanciones. Lo que decide tu posición es si puedes probar que las operaciones existieron, que hubo buena fe o que fuiste víctima de facturación apócrifa. Lo primero: reúne toda la evidencia de las relaciones comerciales y contacta a tu contador y a un abogado fiscal para preparar la defensa y, si procede, las denuncias contra terceros.
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¿Tienes razón?
Para saber si la calificación como EDOS está fundada hay que valorar cuatro elementos: la documentación de las operaciones (contratos, órdenes de compra, recibos de entrega, estados bancarios), la cadena de proveedores y clientes, la coincidencia entre la actividad económica declarada y las operaciones y la existencia de indicios de facturación apócrifa por parte de terceros. Si puedes presentar contratos firmados, entregas o comprobantes físicos y pruebas de pago real, tienes una base sólida para desacreditar la acusación. Si no hay soporte o si tus proveedores resultan ser empresas fachada, la situación es grave.
Además, la acusación puede implicar efectos colaterales como la presunción administrativa de inexistencia de operaciones, requerimientos de pago y posibles multas.
Cómo se soluciona
- Reúne toda la documentación relacionada con las operaciones señaladas: contratos, albaranes, evidencias de entrega de bienes o prestación de servicios, correos electrónicos, mensajes y estados de cuenta que muestren pagos. Cuanta más prueba de la relación comercial, mejor.
- Valida los CFDI: verifica los folios, RFC y que los comprobantes estén timbrados. Si detectas CFDI de terceros que no corresponden, documenta la diferencia.
- Solicita al SAT la relación exacta de las operaciones consideradas inexistentes y pide plazos y canales para aportar pruebas. Presenta tus pruebas por el medio que el SAT indique y guarda acuses.
- Si encuentras indicios de facturación falsa por terceros, prepara denuncia ante la autoridad competente y coordina con tu abogado para integrar carpeta probatoria que incluya pruebas de que actuaste de buena fe.
- Si el SAT determina la responsabilidad, existen vías de impugnación administrativa y, posteriormente, judicial. Mientras tanto, evalúa medidas operativas para mitigar impacto en la operación, como revisar cadenas de suministro y hacer auditoría interna.
Qué puedes hacer solo: reunir documentación y presentar aclaraciones administrativas. Qué necesitas un abogado: coordinar defensa fiscal y penal si hay indicios de delito, y preparar recursos contra determinaciones del SAT.
Qué puede pasar
- Se aclara y retiran las observaciones: con prueba de existencia de operaciones el SAT puede desistir de la calificación y solucionar el asunto.
- Regularización con sanciones: el SAT puede requerir pago de contribuciones y aplicar multas si considera que hubo omisión, pero a veces esto se resuelve mediante acuerdo administrativo.
- Determinación de responsabilidades y posible denuncia penal: si hay indicios de delitos fiscales o de asociación con empresas fachada, puede iniciarse investigación penal. En ese escenario, la defensa penal y fiscal es imprescindible. Si el caso llega a sentencia y se pierde, las consecuencias pueden incluir sanciones administrativas y penales; si ganas, la restitución depende del estado procesal y del patrimonio involucrado.
Una resolución favorable administrativa no impide que se ejerzan acciones penales contra terceros si la evidencia muestra delito.
Errores que arruinan el caso
- Borrar o no conservar correos y contratos que prueban operaciones.
- No verificar a tus proveedores antes de operar: no hacer due diligence aumenta el riesgo.
- No responder a los requerimientos del SAT o no aportar pruebas por escrito.
- Intentar ocultar datos o modificar documentación tras recibir la notificación: eso suele agravar la situación.
- No coordinar contador y abogado: la defensa requiere pruebas contables y legales.
¿Necesitas un abogado para esto?
Si cuentas con pruebas documentales claras, el contador puede gestionar la aclaración administrativa. Necesitarás abogado cuando el SAT anuncia determinaciones de inexistencia, cuando hay riesgo de sanción penal o cuando se detecta una red de facturación apócrifa: la defensa técnica y la coordinación con denuncias penales requieren asesoría especializada. Averigua si tienes acceso a asesoría pública en tu estado.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
EDOS es la calificación que el SAT usa cuando considera que una entidad participa en operaciones simuladas mediante comprobantes fiscales presuntamente inexistentes. Implica revisión y posible determinación de obligaciones fiscales y sanciones.
Sí. Si acreditas que tu proveedor emitió facturas apócrifas y que actuaste de buena fe, puedes presentar denuncia ante las autoridades competentes y coordinar con tu defensa fiscal para que el SAT valore esa circunstancia.
Contratos firmados, albaranes de entrega, comprobantes de recepción, estados bancarios con transferencias, correos y cualquier evidencia física o electrónica que muestre la prestación del servicio o la entrega de bienes.
Podrás impugnar la determinación por las vías administrativas y, en su caso, judiciales. La estrategia depende del caso concreto: a veces conviene negociar regularización; otras, litigar. Un abogado fiscal debe valorar la mejor ruta.
Evalúa la relación comercial y consulta al abogado y contador. Mantener operaciones sin clarificar riesgos puede aumentar exposición; en muchos casos conviene suspender nuevas operaciones hasta clarificar la situación.
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