Me cobraron comisiones notariales que no tocan
En general, el banco no puede cobrarle al cliente gastos que legalmente corresponden a la institución o que no están pactados en el contrato. Para saber si le cobraron indebidamente hay que revisar la escritura, el contrato y los comprobantes notariales. Primer paso: solicite al banco un desglose y copia de la factura o recibo del notario.
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¿Tienes razón?
Tres elementos determinan si la comisión notarial es indebida: lo que pactaron en el contrato, qué gastos aparecen en la escritura y quién pagó efectivamente al notario. Algunos contratos prevén que ciertos gastos de constitución se repartan; otros declaran que el cliente asumirá las gestiones propias de la escrituración. Lo que no puede hacer el banco es cobrar cargos no documentados o anotar en un estado de cuenta conceptos que no correspondan a servicios prestados. Si el banco ya pagó al notario y luego le pasó la factura a usted sin que eso estuviera pactado, es reclamo posible.
Revise la escritura pública: ahí suele constar el pago de honorarios notariales y otros gastos (impuestos, derechos de registro). Compare con el contrato de crédito: si el contrato establece que usted asumirá ciertos gastos, la carga puede ser válida. También verifique si el notario emitió factura a nombre del banco o a nombre suyo; la persona que recibió el servicio y a quien se facturó tiene la obligación de pagar en términos fiscales.
Si el cobro aparece en su estado de cuenta bajo un concepto genérico, pida al banco la factura y el comprobante de pago del notario. Si no existe justificante o la factura está a nombre del banco sin que conste acuerdo, usted puede reclamar la devolución.
Cómo se soluciona
- Reúna documentos. Busque escritura pública, contrato de crédito, estados de cuenta donde aparece el cargo y cualquier factura o recibo que le haya entregado el notario. Si no tiene factura, pida al banco copia.
- Solicite por escrito el desglose. Pida al banco que le expliquen el concepto, que aporten copia de la factura fiscal del notario y el comprobante de pago. Exija que le indiquen en qué cláusula del contrato se autoriza ese cargo.
- Presenta reclamación en CONDUSEF. Si la respuesta no es satisfactoria, abra un expediente de reclamación en CONDUSEF. La institución puede mediar y requerir al banco comprobantes.
- Reclamación judicial o administrativa. Si la conciliación falla y el monto justifica el trámite, un juzgado civil puede ordenar la devolución de cobros indebidos. También en algunos casos la autoridad fiscal puede intervenir si hay facturas simuladas.
- Actúe fiscalmente. Si la factura está a su nombre pero usted no recibió el servicio, consulte con un contador: podría existir responsabilidad fiscal por deducciones indebidas; pedir la cancelación o aclaración de la factura puede ser necesario.
Lo que puede hacer sin abogado: pedir facturas, solicitar el desglose por escrito y acudir a CONDUSEF. Necesitará abogado cuando la entidad niegue la devolución, cuando haya documentos que interpretar o cuando le ofrezcan un acuerdo que convenga valorar.
Qué puede pasar
1) Se arregla con devolución parcial o total: el banco reconoce el error o la falta de soporte y devuelve el cobro mediante abono, compensación o descuento en estados futuros.
2) Acuerdo en CONDUSEF: puede proponerse la devolución parcial o la emisión de una factura correcta. Aceptar un acuerdo suele evitar la vía judicial y cerrar la disputa con rapidez; sin embargo, valore si el monto ofrecido compensa renunciar a más.
3) Juicio por cobros indebidos: si llega a juicio y gana, el juez puede ordenar la devolución y el pago de gastos procesales. Si pierde, puede quedar con la carga de las costas. Además, si la factura está a su nombre y existe riesgo fiscal, la discusión puede complicarse.
Y si gana, ¿cobras? La devolución es más fácil de ejecutar frente a una institución bancaria solvente, pero la práctica puede requerir pasos para ejecutar la sentencia.
Errores que arruinan el caso
- No solicitar factura o comprobante al notario: sin documento es más difícil probar la improcedencia.
- Firmar recibos sin leer a quién factura el servicio.
- Aceptar una propuesta verbal del banco; pida todo por escrito.
- No guardar estados de cuenta ni la escritura: son la prueba central.
- Enredarse en discusiones fiscales sin asesoría contable cuando la factura está a su nombre.
¿Necesitas un abogado para esto?
Usted puede iniciar la queja y pedir facturas sin abogado y muchas veces CONDUSEF consigue la devolución. Contrate abogado si el banco se niega, si hay facturación a su nombre que pueda tener efectos fiscales, o si le ofrecen un arreglo que implique renunciar a derechos. Si califica para justicia gratuita, mencione ese dato al abogado o a las instancias públicas.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Solo si eso está pactado en el contrato o si usted firmó un convenio que lo establezca. Si no lo está, el banco debe probar la autorización. Solicite la cláusula y la factura del notario.
Sí, porque si el banco pagó y luego le trasladó un gasto sin base contractual usted puede reclamar la devolución. Pida comprobante de pago y la base contractual que autorizó el cargo.
No: el notario debe emitir comprobante fiscal por sus servicios. Si no lo entrega, solicite el apoyo de la autoridad fiscal o denuncie ante la fiscalía correspondiente.
CONDUSEF puede mediar y proponer soluciones; si el banco acepta, se formaliza el acuerdo. Si no, la vía judicial es la alternativa para obtener una orden de devolución.
Aceptar un acuerdo es una renuncia parcial a reclamar más. A veces conviene por rapidez; otras, no. Considere asesoría legal para valorar la oferta.
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