La empresa no me readmitio pese a orden del Inspector
Si la Inspectoría ordenó su readmisión y la empresa no la cumple, la orden tiene efectos y la falta de cumplimiento abre vía para exigir su ejecución y posibles sanciones. Lo que decide el éxito es la constancia de la orden, la forma en que fue comunicada y las actuaciones de la empresa después de la orden. Primer paso: obtenga copia oficial de la resolución del Inspector y notifique fehacientemente a la empresa que debe cumplirla.
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¿Tienes razón?
Su derecho a reclamar cuando la empresa no acata una orden de readmisión depende de varios elementos:
- Que exista una resolución o acta emitida por la Inspectoría del Trabajo que ordene la readmisión y que esa resolución haya sido notificada o esté disponible en el expediente de la Inspectoría.
- Que la empresa haya sido notificada de la orden y que, pese a ello, no haya procedido a la readmisión ni ofrecido una alternativa legalmente válida.
- Las actuaciones posteriores de la empresa: si la empresa reaccionó con intención de cumplir (por ejemplo, solicitando aclaración) o si directamente ignoró la orden.
- Su propia conducta: si usted estuvo disponible para retornar y comunicó su disposición de trabajar, su posición se fortalece.
Si la Inspectoría emitió una orden y la empresa no la cumple, usted tiene base para exigir ejecución e iniciar las medidas administrativas o judiciales que procedan. No es necesario que la empresa acepte la orden por gusto: las resoluciones de la Inspectoría producen efectos y su incumplimiento puede acarrear consecuencias.
Cómo se soluciona
- Solicite copia oficial de la resolución o del acta de la Inspectoría. Pida que se le entregue por escrito o solicite certificación en el Ministerio del Trabajo. Tener el documento oficial es esencial para exigir cumplimiento.
- Notifique a la empresa por escrito que la orden existe y que usted está dispuesto a ser readmitido. Envíe la notificación con acuse de recibo o mediante medio que deje constancia. Guarde copia de la comunicación y de cualquier respuesta.
- Si la empresa hace caso omiso, presente una queja formal en la Inspectoría solicitando ejecución de la orden y recordando la resolución. La Inspectoría está facultada para supervisar el cumplimiento de sus decisiones y, según el caso, imponer medidas administrativas.
- Si la Inspectoría no logra cumplimiento, considere la vía judicial para solicitar ejecución forzada de la orden o una medida que sustituya la readmisión por indemnización equivalente. En algunos casos la vía judicial puede ser la forma de obligar al empleador a cumplir o a responder por daños derivados del incumplimiento.
- Documente todo: fechas en que estuvo disponible, comunicaciones enviadas, ofertas de trabajo rechazadas por la empresa y cualquier daño económico que el incumplimiento le haya causado. Esto será relevante para cuantificar daños o solicitar medidas compensatorias.
Lo que puede hacer sin abogado: solicitar copia de la resolución, notificar a la empresa y presentar la queja en la Inspectoría para ejecución. Necesitará abogado si la empresa se resiste, si se requiere ejecutar la orden en sede judicial o si desea que se cuantifiquen y reclamen daños y perjuicios.
Qué puede pasar
1) La empresa cumple tras la notificación. Con frecuencia, la empresa acata la orden cuando ve que el trabajador tiene el documento oficial y ha iniciado la vía administrativa. Si esto ocurre, la readmisión se concreta y debe restituirse la situación anterior, incluyendo pago de sueldos dejados de percibir si corresponde.
2) Se llega a un acuerdo o conciliación. La empresa puede ofrecer un arreglo económico a cambio de no readmitirle. En ese caso conviene dejar muy claro por escrito qué conceptos se pagan y si se renuncia o no a la ejecución de la orden. Valore la solvencia y el contenido antes de aceptar.
3) Sanciones administrativas y ejecución judicial. Si la empresa persiste en incumplir, la Inspectoría puede iniciar sanciones administrativas y usted puede solicitar la ejecución judicial de la orden o reclamar indemnización por los daños sufridos. En juicio, si gana, obtendrá un título que facilite la ejecución. Si la empresa no tiene bienes, la ejecución puede ser difícil, por lo que perseguir sanciones y daños puede ser una ruta complementaria.
Y si gano, ¿cobro? Obtener una orden o sentencia es un paso; la efectividad del cobro o de la readmisión depende de la conducta de la empresa y de su patrimonio. Por eso conviene perseguir tanto la ejecución de la orden como medidas que garanticen pago (embargos, sanciones administrativas) si la empresa es renuente.
Errores que arruinan el caso
- No pedir copia oficial de la resolución de la Inspectoría; sin ella es difícil exigir cumplimiento.
- No notificar fehacientemente a la empresa que está dispuesto a ser readmitido.
- Aceptar un acuerdo verbal sin que quede registrado ante la autoridad laboral.
- No documentar las pérdidas económicas ocasionadas por el incumplimiento, lo que reduce la posibilidad de reclamar daños.
- Retrasar la actuación y permitir que la empresa argumente que ya no necesitaba al trabajador o que ofreció otras alternativas; la prontitud en reclamar es decisiva.
¿Necesitas un abogado para esto?
Puede iniciar la fase administrativa usted mismo: solicite copia de la resolución, notifique a la empresa y pida ejecución en la Inspectoría. Necesitará abogado si la empresa se niega a cumplir, si se requiere ejecución judicial o si quiere cuantificar y reclamar daños y perjuicios. Si no puede costear abogado, la Defensoría Pública puede brindar apoyo en materia laboral.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Solicite copia certificada de la resolución y notifique a la empresa por un medio que deje constancia. Presente la prueba en la Inspectoría para que se activen los mecanismos de ejecución.
La Inspectoría puede ordenar la readmisión y supervisar su cumplimiento; si la empresa no acata, hay vías para pedir ejecución y posibles sanciones administrativas.
Depende. Un acuerdo puede ser útil si la empresa es solvente y el pago le compensa. Antes de aceptar, pida que se concrete por escrito qué se paga y si renuncia a la ejecución de la orden.
Sí. Si la orden reconoce la readmisión y la empresa no la cumple, puede reclamar los salarios y demás prestaciones que correspondan por el período de incumplimiento.
Si la empresa es insolvente, la ejecución patrimonial puede ser difícil. En ese caso conviene explorar sanciones administrativas, responsables solidarios y otras vías para intentar obtener reparación.
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