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Soy comerciante y voy a concurso como persona natural

Que usted, como comerciante, inicie un concurso como persona natural no es automático de perderlo ni de perder su negocio. Lo que decide el resultado son: la naturaleza de sus deudas (personales o empresariales), los bienes que están a su nombre y la viabilidad de un acuerdo con los acreedores. El primer paso práctico es reunir toda la contabilidad, contratos y pruebas de cobro y fijar una consulta con un abogado especializado para evaluar si conviene intentar un acuerdo extrajudicial o tramitar el concurso formalmente.

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¿Tienes razón?

Si usted es comerciante y declara o le declaran el concurso como persona natural, lo que determinará si su posición es fuerte o débil son varios elementos concretos: la separación o mezcla de su patrimonio personal con el del comercio; la existencia de garantías reales o prendas sobre bienes concretos; y la documentación que pruebe ingresos, gastos y pagos parciales. Si su actividad estaba formalizada con libros, facturas y cuentas bancarias solo a nombre del negocio, su situación suele ser más clara. Si mezcló cuentas personales con las del negocio o firmó préstamos con garantías sobre su casa, la posibilidad de conservar esos bienes se complica.

Otro factor clave es si hay pasivos laborales o fiscales: algunos créditos tienen preferencia legal y eso afecta a la propuesta que pueda presentar. Finalmente, su capacidad real de pago —flujo de caja esperado o activos disponibles para liquidar— determina si un convenio con acreedores tiene sentido. Reúna pruebas: contratos, facturas, comprobantes de transferencias, libros contables y cualquier comunicación con acreedores. Sin esos documentos su reclamo o negociación será más débil.

Cómo se soluciona

  1. Reúna la documentación esencial. Busque contratos de crédito firmados, estados de cuenta bancarios, libros de ventas, facturas, recibos de pago a proveedores y cualquier garantía inscrita. Exporte conversaciones de mensajería y conserve originales de cheques o transferencias. Si tiene empleados, tenga las nóminas y actas de finiquito que se hubieran tramitado ante la autoridad laboral.
  1. Separe patrimonios. Aunque no siempre sea posible retroactivamente, identifique qué bienes están a su nombre y cuáles pertenecen a la empresa. Aclare titularidades con documentos registrales de vehículos, inmuebles y cuentas bancarias.
  1. Valore alternativas extrajudiciales. Antes de abrir el concurso formal, muchos comerciantes logran una reestructuración mediante un acuerdo con los acreedores: quitas, refinanciación o moratorias manejadas por un abogado pueden salvar la actividad. Prepare una propuesta razonada con un flujo de caja proyectado y ofertas de pago realistas.
  1. Solicite la apertura del concurso si no hay alternativa. El concurso implica presentar una relación de acreedores y bienes; un profesional lo asistirá en ese trámite y en la defensa ante la autoridad judicial correspondiente. Durante el proceso se discuten convenios y se controla la masa concursal.
  1. Si procede, negociar un convenio. El convenio puede permitir continuar la actividad con condiciones de pago nuevas. Su abogado debe preparar la negociación y presentar pruebas de viabilidad económica; si obtiene adhesión suficiente de acreedores, la autoridad aprobará el convenio.
  1. En caso de liquidación: preparar lista de bienes y colaborar con el administrador concursal. Si la liquidación es inevitable, participe aportando documentación para que la masa se administre correctamente y los bienes se valoren y vendan conforme a ley.

Acciones que usted puede hacer solo: reunir documentación, exportar mensajes, intentar conversaciones documentadas con acreedores y presentar propuesta básica. Acciones que requieren abogado: presentar el concurso, negociar convenios formales, impugnar créditos y representar frente al juzgado o administrador concursal.

Qué puede pasar

  1. Acuerdo informal o carta de entendimiento. Muchas situaciones se arreglan con una carta o acuerdo simple: un calendario de pagos firmado por las partes y pruebas de cumplimiento son suficientes y evitan entrar en un proceso largo. Este resultado suele ser el más rápido y eficaz si usted tiene algún flujo de caja.
  1. Convenio aprobado en concurso. Un convenio formal reestructura deudas y puede permitir que usted continúe con la actividad. Aceptar un convenio suele implicar ceder parte del reclamo de los acreedores, pero ofrece seguridad y evita la venta forzada de bienes.
  1. Liquidación y resolución judicial. Si no hay alternativa viable ni concordancia entre acreedores, el concurso puede derivar en liquidación. En ese caso, los bienes se venden para pagar la masa; los créditos con garantía real se satisfacen con el bien afectado y los créditos preferentes se pagan primero. Si usted pierde, las costas del proceso y los honorarios del administrador o peritos pueden deducirse de la masa, y usted mantiene, en la medida en que la ley lo permita, derechos frente a embargos sobre bienes no integrados en la masa.

Y si gana, ¿cobra? Una resolución favorable o un convenio aprobado no garantizan pago inmediato: el cumplimiento depende de la masa de bienes y del plan aprobado. Una sentencia o convenio obliga, pero si el deudor es insolvente, la efectividad del cobro puede demorarse o depender de ventas de activos.

Errores que arruinan el caso

  • No separar cuentas personales y del negocio; mezclar ingresos facilita que los acreedores alcancen bienes personales.
  • No conservar pruebas de pagos y transferencias: cheques sin respaldo, capturas de pantalla sueltas y mensajes que no se exportaron pueden perderse.
  • Firmar acuerdos verbales o admitir por escrito más deuda sin asesoría: cualquier reconocimiento puede fortalecer una reclamación en su contra.
  • No explorar un acuerdo extrajudicial antes de abrir el concurso; abrir proceso puede acelerar solicitudes de ejecución por parte de ciertos acreedores.
  • No declarar todos los acreedores y bienes: ocultar pasivos o activos puede derivar en calificaciones negativas y sanciones.

¿Necesitas un abogado para esto?

La primera propuesta la puede preparar usted y presentarla a los acreedores; en muchos casos una carta bien fundamentada logra un acuerdo. Necesita abogado cuando vaya a presentar el concurso formalmente, cuando haya que negociar un convenio con varios acreedores, o si le ofrecen un acuerdo de pago: entonces conviene que un profesional valore la propuesta. Si no puede costearlo, la Defensoría Pública puede orientar en casos que califiquen para asistencia gratuita.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

Sí; ambos tipos de créditos forman parte de la masa, pero los laborales suelen tener preferencia. Es clave declarar todos los pasivos correctamente para evitar sanciones y para que la autoridad y el administrador concursal puedan priorizar pagos.

Sí, los mensajes de WhatsApp pueden ser prueba si se exportan correctamente y se vinculan con otras evidencias como transferencias o facturas. Exporte la conversación y guarde capturas con fecha y número de teléfono.

Si la casa tiene garantía hipotecaria que respalda un crédito, ese acreedor puede hacer valer su derecho sobre el bien. La realidad depende de si el bien integra la masa y de la existencia de otros créditos preferentes.

Depende de su flujo y de los acuerdos que alcance. En algunos casos conservar relaciones comerciales y pagar prioridades menores facilita la continuidad; consulte con su abogado antes de detener pagos generalizados.

Lleve contratos de crédito, estados de cuenta bancarios, facturas, comprobantes de pago, escrituras o matrículas de bienes, nóminas si tuvo empleados y cualquier comunicación con acreedores. Si no tiene todo, recopile lo que pueda y anote fechas relevantes.

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