Si te han provocado una infección hospitalaria evitable
Si ha contraído una infección dentro de una institución de salud y la evidencia indica que se debió a prácticas deficientes (higiene, esterilización, control de dispositivos), puede reclamar. Lo que decide si procede es la prueba de que la infección se originó durante la hospitalización y que hubo fallas en los protocolos. El primer paso es conseguir su historia clínica y registrar fechas, exámenes y tratamientos.
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¿Tienes razón?
Para evaluar si tiene fundamento deberán concurrir: la temporización (que la infección se detectó durante la estancia o pronto después), la ausencia de factor infeccioso previo documentado, y evidencia de incumplimiento de protocolos de control de infecciones por parte de la IPS. Lo que buscará el perito es demostrar que la institución no aplicó medidas razonables: asepsia en procedimientos invasivos, limpieza de quirófanos, manejo de antibióticos, cuidado de catéteres o de heridas quirúrgicas. Las guías clínicas y los registros de control epidemiológico internos son clave.
Si su infección aparece tras una intervención o durante la hospitalización y la historia clínica no documenta riesgo previo, su posición es más sólida. También cuentan notificaciones internas de eventos adversos, partes de enfermería sobre asepsia y resultados microbiológicos que muestren el germen y su relación con procedimientos. La EPS o la Secretaría de Salud local pueden haber recibido reportes si se trata de un evento grave o de vigilancia en salud pública.
Cómo se soluciona
1) Reúna pruebas médicas y administrativas. Solicite su historia clínica completa, formatos de control de infecciones, resultados de cultivo, registros de curaciones y procedimientos realizados (por ejemplo, colocación de catéteres, cirugía). Guarde facturas de medicamentos y tratamientos por la infección. Tome fotografías de lesiones y documentos.
2) Documente la estancia. Anote fechas de ingreso, procedimientos, nombres del personal que lo atendió y cualquier observación en las hojas de novedades. Solicite la bitácora de quirófano o del servicio si es posible.
3) Pida concepto médico independiente. Un infectólogo o especialista que revise documentación puede emitir un dictamen sobre la relación entre la atención y la infección.
4) Reclame a la IPS y notifique a su EPS. Haga un derecho de petición solicitando explicaciones, copia de protocolos y registros relacionados con el evento. La institución debe contestar. Si la IPS es pública, puede existir la obligación de reportar el evento a la autoridad sanitaria.
5) Denuncia ante la autoridad sanitaria. Si sospecha de prácticas sistemáticas que ponen en riesgo a otros pacientes, puede acudir a la Secretaría de Salud departamental o municipal y a la Superintendencia Nacional de Salud para que investiguen la IPS.
6) Conciliación o demanda por daños. Para reclamar reparación por gastos, perjuicios y daño moral puede iniciarse la vía civil, previa conciliación cuando sea procedente. Si hay vulneración grave de derechos a la salud, la tutela puede aportar medidas inmediatas de atención.
Qué puede pasar
1) Resolución extrajudicial. La IPS puede ofrecer cobertura de los tratamientos necesarios, corrección de atención y, en algunos casos, una compensación. Es habitual que las instituciones intenten resolver internamente.
2) Acuerdo o conciliación. Una conciliación puede incluir pago de gastos médicos, rehabilitación o compensación por daño moral. Un acuerdo escrito y claro suele ser más rápido que litigar y evita el coste del proceso.
3) Juicio. Si no hay acuerdo, la demanda requerirá prueba pericial y documental. En juicio se decidirá sobre responsabilidad, reparación y, eventualmente, sanciones administrativas a la IPS. Si pierde, existe riesgo de pagar costas; si gana, la ejecución dependerá de la solvencia del demandado.
Y si gana, ¿cobro? Cobrar una sentencia puede ser sencillo si la IPS es privada y solvente; puede ser más complejo contra entidades públicas por procedimientos de reconocimiento y orden de pago. Un abogado le orientará sobre la viabilidad de ejecución.
Errores que arruinan el caso
- No pedir o no conservar exámenes microbiológicos y resultados de laboratorio.
- No documentar la temporalidad entre procedimiento y aparición de la infección.
- No notificar a la EPS o a la autoridad sanitaria cuando procede; perderá una vía de reclamación.
- Eliminar fotos o mensajes que demuestran falta de higiene o condiciones deficientes.
- Aceptar pagos sin dejar constancia escrita clara sobre alcance de la reparación.
¿Necesitas un abogado para esto?
Puede iniciar las gestiones solo pidiendo la historia clínica y denunciando ante la Secretaría de Salud. Necesita abogado cuando la EPS o la IPS ofrecen un acuerdo, cuando el nexo causal requiere peritaje o cuando la cuantía y la complejidad del caso hagan necesario un proceso judicial. Si no puede pagar, puede solicitar asesoría gratuita o defensoría pública.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Se necesita demostrar que la infección apareció durante la hospitalización o inmediatamente después, que no existía antes y que hubo fallas en protocolos o procedimientos. Documentos clave son la historia clínica, resultados de cultivos, registros de procedimientos y concepto médico que relacione la infección con la atención recibida.
Sí. La Superintendencia puede recibir denuncias por vulneración en la prestación de servicios de salud y abrir investigaciones. También puede dirigirse a la Secretaría de Salud local para que haga vigilancia y control del establecimiento si hay riesgo para otros usuarios.
Sí. Solicitar el informe o los registros de control de infecciones puede aportar prueba sobre prácticas institucionales. Pida esa información vía derecho de petición y adjúntela al reclamo o denuncia; puede demostrar que hubo deficiencias sistemáticas.
Puede interponer un derecho de petición pidiendo el servicio y, si la negativa viola sus derechos fundamentales, acudir por la tutela para obtener la atención. Paralelamente, documente todo para una posible reclamación de daños por la negativa.
La sentencia reconoce la obligación de reparar, pero su ejecución depende de la solvencia del obligado y de si es una entidad pública o privada. En procesos contra el Estado hay mecanismos específicos para el pago. Un abogado le orientará sobre la probabilidad y vías de ejecución.
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