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Pelea por remover al gerente o revisor fiscal

Remover al gerente o al revisor fiscal es posible, pero depende del estatuto y del procedimiento: la asamblea suele ser la instancia decisoria. Primer paso: reúna las pruebas de incumplimiento o causa de remoción y solicite por escrito la convocatoria de asamblea; si la administración se niega, la Superintendencia de la Economía Solidaria o un juez pueden ordenar medidas según el caso.

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¿Tienes razón?

Que proceda la remoción depende de tres cosas: 1) las causales y el procedimiento que consigna el estatuto (quién puede convocar la asamblea, quórum y mayorías necesarias), 2) si existe evidencia de incumplimiento, conflicto de interés o incompetencia del gerente o del revisor fiscal, y 3) las pruebas que usted pueda aportar al proceso o a la asamblea. No toda discordia justifica remoción: desacuerdos por gestión o políticas no necesariamente encuadran en causales estatutarias. El revisor fiscal, por su función de control, tiene protección especial en algunos casos; removerlo sin causa razonada puede generar impugnaciones.

Si en la práctica el gerente obstaculiza la convocatoria o la cooperativa no respeta los procedimientos, la Superintendencia de la Economía Solidaria puede intervenir cuando hay indicios de riesgo para los asociados. También puede solicitarse que un juez ordene la convocatoria o la adopción de medidas cautelares para garantizar la transparencia del proceso.

Cómo se soluciona

1) Revise el estatuto y el reglamento interno. Identifique las causales de remoción (incumplimiento, negligencia, conflicto de interés, gestión temeraria) y el procedimiento: quién convoca, requisitos de citación, quórum y mayoría requerida. Si no tiene copia, solicítela por derecho de petición.

2) Reúna pruebas. Documentos que sirvan: informes del revisor fiscal, estados financieros, correspondencia que demuestre falta de rendición de cuentas, contratos polémicos, actas donde se evidencie mala gestión, denuncias anteriores o auditorías que señalen irregularidades.

3) Solicite la convocatoria de asamblea. Si el estatuto permite que un número de asociados o la junta directiva convoque, formule la solicitud por escrito y guarde constancia. Incluya el punto específico sobre remoción y la motivación.

4) Promueva la gestión interna. Antes de llegar a la asamblea, solicite rendición de cuentas y proponga soluciones: medidas temporales, comités de control o auditoría externa. Documente la falta de respuesta.

5) Acuda a la Superintendencia. Si hay riesgo para la continuidad de la cooperativa o evidencia de administración negligente, presente denuncia ante la Superintendencia de la Economía Solidaria con la prueba recopilada; la entidad puede ordenar inspecciones o medidas provisionales.

6) Actúe en la asamblea y utilice la conciliación si procede. Si la asamblea acuerda la remoción, deje constancia en acta. Si la remoción es impugnada, la vía judicial o administrativa es el siguiente paso para confirmar la validez del acuerdo.

Si la administración se niega a convocar y usted tiene legitimación estatutaria para forzar la reunión, un juez puede ordenar la convocatoria previa demostración de incumplimiento administrativo.

Qué puede pasar

1) Remoción y sustitución en asamblea. Lo más directo es que la asamblea vote la remoción y nombre reemplazo. Esto suele resolver la situación rápidamente cuando existe mayoría y prueba clara de incumplimiento.

2) Acuerdo o medidas intermedias. La asamblea puede optar por imponer medidas interinas: suspensión temporal, auditoría externa o pedir al gerente que presente plan de mejora. Un acuerdo suele ser menos conflictivo y evita procesos largos.

3) Impugnación judicial o acción de la Superintendencia. Si la remoción se adoptó sin respetar el estatuto o sin causa, la decisión puede impugnarse en sede judicial y la Superintendencia puede abrir investigación. Si el asunto llega a juicio, el fallo puede ratificar o anular la remoción; si se anula, puede ordenarse restitución o indemnización según el caso.

Y si gana la impugnación, ¿qué ocurre? Si la remoción se anula, es posible restituir administraciones o reconocer daños; la ejecución depende de la situación patrimonial de las partes y de las medidas que el juez ordene.

Errores que arruinan el caso

  • No revisar el estatuto antes de iniciar la acción.
  • Intentar remover sin pruebas documentales claras: el voto puede fallar y la impugnación costar cara.
  • Convocar asamblea sin respetar las formalidades de citación: acta nula.
  • No agotar recursos internos o no dejar constancia por escrito de las solicitudes de rendición de cuentas.
  • Exponer a la cooperativa a litigios públicos sin valorar consecuencias prácticas: a veces una auditoría externa resuelve antes que la remoción definitiva.

¿Necesitas un abogado para esto?

Puede pedir la convocatoria, reunir pruebas y participar en la asamblea sin abogado. Necesita abogado si va a impugnar una remoción, si debe solicitar medidas cautelares sobre bienes o si la gestión del gerente implica responsabilidad civil o penal. Un abogado le ayudará a redactar la solicitud de convocatoria, a fundamentar la remoción y a preparar pruebas; si no tiene recursos, consulte la posible asistencia jurídica gratuita.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

No debería. El revisor fiscal tiene funciones especiales de control; su remoción sin causa y sin respetar el estatuto suele ser impugnable y puede generar sanciones si se obstruye la supervisión.

Actas de junta, contratos dudosos, informes del revisor fiscal, estados financieros con inconsistencias, correos y órdenes de pago injustificadas; también auditaría externa e informes periciales.

Solicite por escrito la convocatoria y guarde constancia; si persiste la negativa y usted tiene legitimación estatutaria, puede solicitar que la Superintendencia o un juez ordene la convocatoria.

La Superintendencia puede ordenar medidas administrativas, incluir intervenciones y tomar decisiones para proteger a los asociados; la remoción formal suele resolverse en la esfera interna o judicial según el caso.

La asamblea es la instancia soberana en la cooperativa: suele tener la facultad de elegir y remover administradores y revisores; por eso agotar la vía asamblearia es clave antes de acudir a la judicial.

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