Infecciones nosocomiales y negligencia sanitaria: cómo reclamar
Si contrajo una infección dentro de un centro de salud y existe posibilidad de que se previniera, puede reclamar. Lo que cuenta legalmente es probar la relación entre la atención y la infección, la ausencia de medidas adecuadas y el daño sufrido. Primer paso: pedir copia completa de su historia clínica y registrar todo lo ocurrido: síntomas, fechas y comunicaciones con el centro de salud.
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¿Tienes razón?
Su derecho a reclamar depende de demostrar tres elementos: que estuvo expuesto a atención sanitaria, que la infección se produjo durante esa atención (vinculación temporal y causal), y que hubo omisión en las medidas de prevención o tratamiento por parte del centro o del personal. En Colombia, los centros de salud tienen protocolos de control de infecciones y están obligados a llevar registros y a aplicar estándares de bioseguridad; si esos protocolos no se siguieron y la infección pudo evitarse, existe fundamento para la reclamación.
La existencia de un diagnóstico positivo por cultivo, la historia clínica con evolución adversa y constancia en el expediente de procedimientos (por ejemplo, catéteres, sondas, cirugías) ayudan a establecer la conexión. También son relevantes los informes de la institución sobre eventos adversos, comités de infecciones y notificaciones que haya hecho el centro.
No todo resultado adverso es negligencia: algunas infecciones aparecen pese a seguir los protocolos, y en esos casos no siempre hay responsabilidad. La diferencia la marcará la prueba pericial médica que determine si hubo falla en la atención, en los protocolos de asepsia o en el seguimiento.
Cómo se soluciona
- Solicite inmediatamente la historia clínica completa y el informe de enfermería. Pida además copia de las órdenes, los resultados de cultivos, imágenes y el registro de procedimientos invasivos. La historia clínica es la columna vertebral de la reclamación.
- Documente su estado: guarde resultados de laboratorio, fotografías de lesiones o sitios de infección y las recetas o facturas por medicamentos y procedimientos. Si dejó registros de comunicaciones con el hospital o con la EPS, guárdelos.
- Informe por escrito al centro de salud y a la EPS/Paciente responsable. Realice un derecho de petición solicitando explicaciones y copia de protocolos y del comité de infecciones si considera que hubo defecto en la atención. La respuesta administrativa puede contener información útil y obligatoria.
- Busque una segunda opinión y un informe pericial de un infectólogo o especialista que evalúe la relación causal y el manejo clínico. Ese informe debe describir si el manejo fue adecuado y si la infección podría haberse evitado.
- Si la EPS o el centro no responde adecuadamente, considere interponer reclamación administrativa ante la entidad de control correspondiente o acudir a la vía judicial civil por responsabilidad extracontractual o contractual, según el vínculo existente. Antes de demandar, verifique si procede conciliación extrajudicial en derecho según la naturaleza del reclamo.
- En casos de vulneración de derechos fundamentales (por ejemplo, riesgo inminente de salud, falta de atención) puede plantearse una acción de tutela. La tutela busca protección inmediata del derecho a la salud cuando está en riesgo y puede servir para obtener órdenes provisionales como la entrega de medicamentos o la realización de procedimientos.
- Presentar demanda civil. En la demanda se reclamarán gastos médicos, perjuicios morales y, si procede, lucro cesante. La prueba pericial médica será decisiva para probar la falla y cuantificar el daño.
Qué puede hacer solo: pedir historia clínica, hacer derecho de petición y reunir pruebas básicas. Para peritajes, negociación con EPS o demanda, es recomendable apoyo jurídico.
Qué puede pasar
- Se arregla con una carta y rectificación. La institución puede ofrecer cobertura de tratamientos adicionales, reembolso de gastos o medidas de reparación sin litigar. Es frecuente que la EPS o el hospital propongan soluciones administrativas.
- Acuerdo o conciliación. Un acuerdo puede incluir el pago de gastos médicos, tratamiento futuro, y una compensación por daño moral. A veces este camino es el más práctico porque evita la prueba pericial larga y costosa.
- Juicio. En juicio se discutirá la culpa y la cuantía. Si la demanda prospera, el juez ordenará reparación. Si pierde, puede asumir costas judiciales que el juzgado fije. Y si gana, cobrar dependerá de la solvencia del demandado: contra una EPS o un hospital solvente suele ser más ejecutable que contra una persona natural.
Y si gana, ¿cobra? La ejecución de la sentencia depende de la capacidad económica del responsable. Una sentencia contra una entidad de salud o una EPS, por lo general, tiene más chances de ser satisfecha que contra un responsable individual sin bienes.
Errores que arruinan el caso
- No solicitar la historia clínica inmediatamente o permitir que se pierdan registros.
- No preservar resultados de laboratorio o cultivos que prueben la infección.
- Confiar sólo en explicaciones verbales del hospital sin documentarlas por escrito.
- No solicitar una pericia especializada cuando la causalidad es discutida.
- Firmar conformidades o documentos expedidos por la institución sin leer o sin copia.
¿Necesitas un abogado para esto?
Puede empezar sin abogado: pida la historia clínica y haga el derecho de petición. Necesita abogado cuando la EPS o el centro ofrecen soluciones parciales, cuando la causalidad médica es discutida o cuando quiera demandar: un abogado ayudará a gestionar peritos, calcular indemnización y presentar la reclamación en la vía adecuada. Si tiene escasos recursos puede solicitar asesoría gratuita o acudir a la Defensoría del Pueblo.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Infección nosocomial es la que se adquiere dentro de un centro de salud. No siempre da lugar a reclamación: para reclamar debe acreditarse que la infección está vinculada a la atención y que hubo omisión en medidas de protección o tratamiento. La prueba pericial es clave para distinguir casos inevitablemente adversos de negligencia.
Sí, la acción de tutela puede pedir protección inmediata del derecho a la salud cuando hay amenaza grave. La tutela no siempre decide la responsabilidad civil, pero puede ordenar medidas urgentes como suministro de medicamentos o intervenciones mientras se tramita la reclamación principal.
Puede presentar un derecho de petición solicitando la historia clínica; si la EPS no responde o niega injustificadamente, puede acudir a la Superintendencia de Salud o interponer tutela si hay afectación inmediata del derecho a la salud. La falta de la historia clínica dificulta mucho cualquier reclamación civil.
Sí, en la mayoría de los casos un perito médico independiente es esencial para demostrar la relación causal y la existencia de falla en la atención. El perito evalúa si se siguieron protocolos y si el daño pudo prevenirse.
La conciliación suele ser una vía razonable: permite obtener reparación y tratamiento sin la demora del juicio. Sin embargo, antes de firmar cualquier acuerdo conviene revisar con un profesional qué cubre exactamente y si la oferta compensa los daños presentes y futuros.
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