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Me han extraído piezas por un tratamiento mal hecho

Que le hayan extraído piezas dentales por un tratamiento mal ejecutado no es necesariamente inevitable ni normal. Lo que determina si tiene acción son tres cosas: la existencia de un error técnico evitable, el nexo entre ese error y la extracción, y la prueba documental o pericial que lo demuestre. Primer paso: reunir toda la documentación y comunicar el reclamo por escrito con constancia de recibido.

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¿Tienes razón?

Que le hayan quitado dientes tras un tratamiento no implica automáticamente que el odontólogo o la clínica sea responsable. Lo que decide si su caso es reclamable son, básicamente, cuatro elementos: 1) qué se ejecutó exactamente durante el tratamiento y si esa actuación se apartó de la práctica aceptada; 2) si la extracción fue consecuencia directa de esa actuación o de una condición previa no informada; 3) si usted recibió información adecuada y firmó consentimiento informado; y 4) si existe prueba que respalde lo anterior: partes, radiografías, fotografías, historias clínicas y, de ser posible, un informe pericial independiente.

En la práctica: si el profesional usó una técnica inadecuada, si hubo una instrumentación negligente o si omitió medidas preventivas y eso llevó a la pérdida de la pieza, su posición puede ser fuerte. Si la extracción se justificó por una infección previa avanzada no tratable por causas ajenas al profesional, la responsabilidad puede ser menor o inexistente. El consentimiento informado también pesa: si firmó sin entender riesgos básicos, eso debilita la reclamación; si no le informaron de alternativas razonables, eso la fortalece.

Cómo se soluciona

1) Reúna prueba ahora mismo. Busque y haga copias del consentimiento informado que firmó, las radiografías, las órdenes de procedimiento, las facturas, los consentimientos de anestesia, las recetas y cualquier comunicación por WhatsApp o correo con la clínica. Haga fotografías de la boca y guarde todo en dos lugares distintos (nube y memoria física).

2) Solicite la historia clínica completa por escrito mediante un derecho de petición o comunicación con constancia de recibido. La historia clínica es el documento principal: en ella debe constar lo que se le practicó, las indicaciones y las complicaciones registradas. Si la clínica se resiste, acuda a la Defensoría del Pueblo o a la Superintendencia Nacional de Salud para orientarse sobre cómo obtenerla.

3) Pida valoración por un perito o por otro odontólogo independiente. Un informe pericial que explique técnicamente por qué la actuación fue negligente y que relacione esa negligencia con la pérdida de la pieza es la pieza clave en la reclamación. Si no puede pagar un perito, averigüe si en su ciudad hay entidades que apoyan con peritajes o si puede acceder a defensoría o justicia gratuita.

4) Reclame por escrito al prestador con constancia de recibido. Explique los hechos, adjunte copia de la historia clínica disponible y solicite reparación (reposición, tratamiento reparador, reembolso, indemnización). Guarde copia y el acuse de recibo.

5) Si la respuesta no satisface, valore dos vías: la queja administrativa ante la Superintendencia Nacional de Salud (si fue una IPS o si el caso involucra un prestador del régimen contributivo o subsidiado) y la conciliación extrajudicial en derecho previa a la demanda civil para responsabilidad extracontractual o contractual. La conciliación es requisito en muchos casos y, además, una oportunidad real de obtener reparación sin juicio.

6) Si la conciliación fracasa, podrá demandar ante el juzgado civil competente. El litigio exige prueba técnica y manejo de costas; por eso, cuando le ofrezcan un acuerdo —especialmente si ya hay informe pericial— consulte con un abogado.

Qué puede hacer usted solo: solicitar la historia clínica, reunir pruebas y presentar la queja administrativa. Cuándo buscar abogado: cuando la clínica le ofrezca un acuerdo, cuando la prueba técnica sea compleja o cuando el daño sea irreversible y necesite valoración de perjuicios.

Qué puede pasar

1) Arreglo con la clínica. Muchas veces el primer resultado es un acuerdo: desde reponer la pieza con prótesis hasta compensaciones económicas o tratamientos gratuitos. Es habitual y suele ser la vía más rápida. Un acuerdo aceptable puede evitar años de litigio y gastos. Valore si lo que le ofrecen repara el daño real: a veces un tratamiento dental complejo cuesta más en tiempo y dolor que la suma que le proponen.

2) Conciliación o acuerdo extrajudicial. Si la parte contraria acepta conciliar, se formaliza un acuerdo que tiene fuerza de cosa juzgada si se protocoliza. Un acuerdo puede incluir obligaciones de hacer (colocar prótesis) o de pagar. La ventaja: control sobre el contenido y tiempos. El inconveniente: puede implicar renunciar a acciones futuras si no se les presta atención al redactar la cláusula de desistimiento.

3) Juicio civil. Si no hay acuerdo, la demanda busca probar la falla, el nexo causal y el perjuicio. Si gana, el juez puede condenar a reparar material y moralmente y a cubrir costas procesales. Pero tenga en cuenta: una sentencia contra una persona o clínica insolvente puede quedar en papel si no hay con qué ejecutar; por eso la situación económica del demandado importa.

Y si gana, ¿cobra? No siempre automáticamente. La sentencia obliga, pero si el prestador no tiene bienes líquidos, la ejecución puede ser lenta o infructuosa. Por eso es relevante documentar pagos, seguros de responsabilidad profesional o la solvencia del prestador desde el inicio.

Errores que arruinan el caso

  • No pedir ni asegurar la historia clínica inmediatamente: ese documento puede ser modificado o incompleto si no lo solicita por escrito.
  • Tirar o perder radiografías y fotos. La imagen es prueba fundamental.
  • Aceptar ofertas verbales o pagos informales sin documento. Si le proponen dinero por fuera, pida un recibo y que se haga constar que usted renuncia a futuras reclamaciones si acepta.
  • Firmar un documento que reconozca negligencia propia o admita culpa sin asesoría.
  • Retrasar la reclamación hasta que el daño sea irreversible o hasta que la clínica cierre, porque pierde oportunidades de peritaje y referencia del tratamiento.

¿Necesitas un abogado para esto?

Puede empezar solo: solicite la historia clínica y haga el reclamo por escrito. Un abogado es recomendable si la clínica ofrece un acuerdo económico, si necesita cuantificar perjuicios o si la pericia técnica es compleja. Si no puede pagar, verifique si califica para asistencia judicial gratuita. La presencia de un abogado suele marcar la diferencia al negociar un acuerdo serio.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

En estos casos suele existir un límite temporal para actuar, pero su vencimiento depende de las circunstancias y de cuándo descubrió el daño. Lo primero es pedir la historia clínica y una valoración técnica; eso le permitirá saber si tiene fundamento para reclamar.

Sí, los mensajes pueden ser prueba valiosa si se conservan y se exportan correctamente. Añádalos a la carpeta de prueba junto con radiografías y facturas. Sin embargo, para probar negligencia necesitará además una valoración técnica que conecte ese mensaje con el daño.

Sí, la reposición o la realización del tratamiento reparador son pedidos habituales en la reclamación. La viabilidad depende de lo que el perito diga sobre posibilidad técnica y de si la clínica acepta o un juez lo ordena.

Si el prestador hace parte del sistema de salud y hay vínculos con una EPS, puede usar canales administrativos. Para casos de prestación privada, la EPS no siempre interviene; use el derecho de petición y, si aplica, la Superintendencia Nacional de Salud.

Un informe pericial explica técnicamente qué se hizo, si la actuación fue conforme a la práctica adecuada, el nexo causal con la pérdida de la pieza y las medidas necesarias para reparación. Es la prueba clave en un juicio.

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