¿Cómo pedir la pensión por fallecimiento de ANSES en Argentina y cuánto es en 2026?
La pensión por fallecimiento no se concede de manera automática, pero podés solicitarla ante ANSES si eras cónyuge, conviviente o hijo con derecho y la persona fallecida reunía las condiciones previsionales exigidas. El monto no se fija igual para todos: depende de la prestación o los aportes de quien murió y de quiénes tengan derecho. Empezá por reunir el acta de defunción, tus documentos y la prueba del vínculo, y revisá los datos oficiales de esta página.
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Datos 2026
Cada dato, con su norma y su fuente oficial.
Consultado el 27 oct 2026
Viudo/a o conviviente sin hijos
70 %
Viudo/a o conviviente sin hijos con derecho a pensión: 70 % del haber del causante.
Ley 24.241 art. 98 a) (fuente oficial, se abre en otra pestaña)
Viudo/a o conviviente con hijos
50 %
Viudo/a o conviviente con hijos con derecho a pensión: 50 %, más 20 % para cada hijo; entre todos, no más del 100 % del haber del causante.
Ley 24.241 art. 98 b) y c), pauta II (fuente oficial, se abre en otra pestaña)
Quién puede cobrarla
Cónyuge e hijos
Pueden cobrar la pensión el viudo o la viuda, el o la conviviente (5 años de convivencia pública antes del fallecimiento, o 2 si hay hijos reconocidos por ambos) y los hijos solteros hasta los 18 años que no cobren otra prestación; sin límite de edad si están incapacitados para trabajar.
Ley 24.241 art. 53 (fuente oficial, se abre en otra pestaña)
Cuándo y dónde pedirla
Pasados 10 días hábiles
Podés pedir la pensión cuando pasen 10 días hábiles desde el fallecimiento: por mi ANSES hasta los 6 meses, y después en una oficina con turno.
Ficha oficial de ANSES en argentina.gob.ar (fuente oficial, se abre en otra pestaña)
Ver 4 datos más
Haber mínimo jubilatorio
$ 435.748,51
Haber mínimo jubilatorio desde octubre de 2026: $ 435.748,51. En octubre se pagó además un bono de hasta $ 70.000.
Res. ANSES 284/2026 art. 1 (B.O. 23-09-2026) (fuente oficial, se abre en otra pestaña)
Costo del trámite
Gratis
El trámite de la pensión por fallecimiento ante ANSES es gratuito.
Ficha oficial de ANSES en argentina.gob.ar (fuente oficial, se abre en otra pestaña)
Actualización
Por IPC, cada mes
Las jubilaciones y pensiones se actualizan cada mes según la inflación (IPC nacional del INDEC) de dos meses antes; el haber nunca puede bajar. En octubre de 2026 subieron un 1,66 % (IPC de agosto).
Ley 24.241 art. 32 y Anexo (sust. DNU 274/2024) (fuente oficial, se abre en otra pestaña)
Si el fallecido cobraba la PUAM
No genera pensión
La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) es personal: cuando el titular fallece no genera pensión para la familia.
Ley 27.260 art. 15 a) (fuente oficial, se abre en otra pestaña)
Orientativo. Los importes pueden cambiar durante el año. No incluye honorarios. Confirmalo en el juzgado o con un abogado.
El trámite, paso a paso
Reuní los documentos personales y del fallecido
Prepará el acta de defunción, documentos de identidad, constancias del vínculo y papeles previsionales o laborales de la persona fallecida. Si convivían, agregá documentación que muestre domicilio y vida en común. Conservá originales y copias legibles.
Verificá los datos previsionales en ANSES
Consultá la información disponible sobre aportes, actividad laboral y prestaciones de la persona fallecida. Si faltan empleos o períodos relevantes, reuní recibos, certificados y comprobantes que permitan respaldarlos antes de presentar la solicitud.
Iniciá la solicitud por el canal habilitado
Presentá el trámite mediante mi ANSES o solicitá atención en una oficina, según corresponda a tu situación. ANSES recibirá la documentación, abrirá el expediente y podrá requerir información adicional para resolver la pensión.
Guardá todas las constancias del expediente
Descargá comprobantes, anotá los datos del expediente y conservá cada comunicación de ANSES. Si te solicitan documentación adicional, presentala por el canal indicado y guardá la constancia de entrega.
Revisá la resolución y la liquidación
Cuando ANSES resuelva, verificá el vínculo reconocido, las personas incluidas y la liquidación informada. Si hay rechazo, faltan aportes o no entendés el alcance de la decisión, pedí copia completa y evaluá asesoramiento previsional.
Fuentes oficiales
Las cifras, los plazos y las normas de esta página salen de estas fuentes, leídas en su sitio oficial.
- Ley 24.241 art. 98 a) (se abre en otra pestaña) servicios.infoleg.gob.ar
- Ficha oficial de ANSES en argentina.gob.ar (se abre en otra pestaña) argentina.gob.ar
- Res. ANSES 284/2026 art. 1 (B.O. 23-09-2026) (se abre en otra pestaña) servicios.infoleg.gob.ar
- Ley 27.260 art. 15 a) (se abre en otra pestaña) servicios.infoleg.gob.ar
Abogados especializados en este caso
¿Tenés razón?
Que hayas convivido, estado casada o casado, o dependido económicamente de una persona fallecida no alcanza por sí solo para que ANSES liquide una pensión. Tampoco significa que no tengas derecho si falta algún papel. La respuesta depende de la combinación de varios puntos concretos.
El primero es la situación previsional de la persona fallecida. ANSES revisa si cobraba una jubilación o un retiro por invalidez, si trabajaba con aportes registrados, si era monotributista o autónoma, o si reunía los requisitos para que sus derechohabientes accedan a una prestación. La historia laboral y los comprobantes de actividad pueden ser decisivos cuando aparecen períodos sin registrar.
El segundo punto es el vínculo. El matrimonio se acredita con la partida correspondiente. Si eran convivientes, ANSES puede pedir elementos que demuestren una convivencia pública y estable: domicilio compartido, servicios, obra social, contratos, resúmenes, hijos reconocidos o documentación donde ambos figuren vinculados. No haber registrado la unión convivencial no te deja automáticamente afuera, pero obliga a cuidar mucho más la prueba.
También importa quiénes integran el grupo con derecho. Puede haber hijos que reclamen la prestación junto con el cónyuge o conviviente. La distribución y el monto se consultan en los datos oficiales de esta página, porque dependen de la composición familiar y de la situación del causante. Si cobrás una jubilación u otra prestación propia, preguntá expresamente a ANSES cómo se combina con la pensión antes de tomar decisiones: esta página no da una respuesta general sobre eso.
Cómo se soluciona
- Reuní y ordená la documentación antes de iniciar el trámite. Buscá el acta de defunción, tu DNI, la partida de matrimonio si corresponde, constancias de domicilio y cualquier documento previsional de la persona fallecida. Sumá recibos de sueldo, constancias de monotributo, comprobantes de pagos, credenciales de obra social y comunicaciones de ANSES que hayan quedado en poder de la familia. Sacá copias legibles y conservá los originales.
- Si eras conviviente, armá una carpeta de prueba del vínculo. Reuní contratos de alquiler, facturas de servicios, resúmenes bancarios, pólizas, constancias médicas, documentos escolares de hijos, fotos con fecha verificable y mensajes que ayuden a ubicar la vida en común. Exportá las conversaciones relevantes desde la aplicación y guardalas también fuera del teléfono. Una captura aislada puede discutirse; una conversación completa, con contexto, tiene más fuerza.
- Revisá los datos de aportes en ANSES y verificá si la persona fallecida tenía una prestación en curso. Podés consultar la información disponible en los canales oficiales y pedir orientación sobre la documentación requerida para el caso. Si detectás empleos que no aparecen, guardá recibos, certificados laborales, constancias de alta, transferencias bancarias y cualquier elemento que permita reconstruir esa actividad. No inventes períodos ni presentes documentación alterada: un error así puede trabar todo el expediente.
- Iniciá la solicitud por los canales habilitados por ANSES. Según la antigüedad del fallecimiento y las características del caso, puede realizarse mediante mi ANSES o requerir atención en una oficina con turno. Presentá únicamente la documentación que te corresponda y pedí constancia de cada gestión. Anotá el número de expediente, descargá los comprobantes y conservá las comunicaciones que reciba tu correo o tu cuenta de ANSES.
- Leé con cuidado cualquier requerimiento o resolución. Si ANSES pide más prueba de convivencia, aportes o identidad, presentá lo solicitado dejando constancia. Si rechaza el beneficio o reconoce una liquidación que no se entiende, pedí copia completa de la resolución y de los fundamentos. No firmes una conformidad si no sabés qué alcance tiene ni qué reclamo podrías estar cerrando.
- Buscá asesoramiento profesional si hay aportes faltantes, convivencia discutida, familiares con posiciones enfrentadas o una resolución negativa. Un estudio previsional puede revisar el expediente administrativo, ordenar la prueba y evaluar la vía de reclamo que corresponda. La discusión no siempre termina en juicio: muchas observaciones se corrigen con una presentación documentada ante ANSES.
Qué puede pasar
Una posibilidad frecuente es que el trámite avance sin conflicto cuando el vínculo está documentado y los datos previsionales del fallecido figuran correctamente. ANSES puede reconocer la pensión y comunicar la forma de cobro. El importe debe verificarse en los datos oficiales de esta página y en la liquidación individual, porque no surge de una regla única aplicable a todas las familias. Las prestaciones previsionales se actualizan conforme al mecanismo vigente vinculado a la inflación, y el haber no puede disminuir por esa actualización.
También puede haber un expediente con observaciones. ANSES puede pedir que acredites mejor la convivencia, que aclares un dato personal o que incorpores constancias de aportes. A veces el problema se resuelve al completar la documentación; otras veces existe una diferencia real sobre quién tiene derecho o sobre la base de cálculo. Si te proponen firmar una aceptación, revisá si el documento sólo acredita una presentación o si implica conformidad con una liquidación o un alcance determinado. Un cierre administrativo puede dar previsibilidad, pero debe compararse con la prueba disponible y con lo que efectivamente corresponde.
La alternativa más compleja es un rechazo administrativo o una liquidación discutible que requiera reclamo judicial. Allí se analiza el expediente, se ofrece prueba y se cuestiona la decisión de ANSES ante el tribunal competente. Perder puede implicar gastos del proceso; cómo se reparten las costas en los juicios previsionales tiene reglas propias, y conviene preguntarlo antes de demandar. Ganar tampoco significa que el depósito aparezca de inmediato: puede ser necesario seguir la etapa de cumplimiento y controlar que la liquidación respete la decisión. ANSES es un organismo público y el cobro sigue sus mecanismos administrativos, no depende de que la familia del fallecido tenga dinero disponible.
Errores que arruinan el caso
- Presentar sólo una declaración de convivencia cuando tenés documentos objetivos que podrían respaldarla.
- Confiar en que las fotos o chats siguen guardados en el celular y no exportar ni hacer copias.
- Dejar sin revisar la historia laboral porque la persona fallecida decía tener todos los aportes al día.
- Entregar originales sin conservar copia ni pedir constancia de la presentación ante ANSES.
- Confundir la pensión por fallecimiento con una herencia. Son trámites distintos y se prueban de manera diferente.
- Firmar formularios, desistimientos o conformidades sin leer qué expediente abarcan.
- Suponer que la PUAM genera una pensión para la familia. La PUAM es personal y no genera pensión por fallecimiento.
¿Necesitás un abogado para esto?
Podés reunir documentos, consultar tu información previsional e iniciar una solicitud clara ante ANSES sin abogado. En muchos casos, si el matrimonio o la convivencia y los aportes están bien acreditados, el trámite administrativo alcanza. Conviene hablar con un estudio cuando ANSES rechaza la solicitud, exige prueba que no sabés cómo conseguir, faltan aportes, hay familiares que también reclaman o el monto liquidado no coincide con lo que surge de la situación previsional. También es una buena idea si te presentan un documento para firmar. Si no podés afrontar patrocinio, averiguá por servicios públicos de orientación jurídica y patrocinio gratuito disponibles en tu jurisdicción.
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Preguntas frecuentes sobre este caso
Depende de cómo era la relación al momento del fallecimiento, de la existencia de un vínculo matrimonial vigente, de la convivencia efectiva y de la situación de otras personas que puedan invocar derecho. Una separación de hecho no se analiza igual que un divorcio, ni una convivencia posterior se prueba del mismo modo en todos los expedientes. Llevá la partida de matrimonio, cualquier resolución familiar relevante y la documentación que muestre tu situación. ANSES debe revisar el caso concreto antes de definir si corresponde la prestación.
Sí, la falta de registro no impide por sí sola acreditar una convivencia, pero necesitás prueba consistente. Sirven documentos con domicilio compartido, servicios, contratos, cobertura médica, cuentas, constancias de hijos, comunicaciones y testigos que conozcan la vida en común. No alcanza con afirmar que eran pareja: ANSES evalúa si la convivencia era pública, en aparente matrimonio, y si duró el tiempo mínimo que exige la ley justo antes del fallecimiento (lo ves en los datos de esta página). Ordená las pruebas por fecha y guardá copias. Si existen contradicciones de domicilio o familiares que objetan el vínculo, puede ser conveniente que un estudio revise la carpeta antes de presentarla.
Que fuera monotributista no cierra automáticamente la posibilidad de una pensión, pero ANSES revisará su situación previsional y los aportes acreditados. Reuní constancias de inscripción, pagos, facturación, movimientos bancarios, declaraciones y cualquier comprobante de actividad. No supongas que una deuda o una falta de pago resuelven por sí solas el expediente: importa el conjunto de antecedentes y el encuadre previsional. Si aparecen períodos discutidos, una revisión profesional puede ayudar a determinar qué documentación es útil y qué reclamo corresponde.
Esta página no puede darte una respuesta general sobre si la pensión se cobra junto con un sueldo o con una jubilación propia: depende del tipo de prestación y de las reglas aplicables a tu caso. Presentá la solicitud y preguntá expresamente a ANSES cómo queda cada beneficio antes de tomar decisiones sobre tu empleo o sobre otra prestación. Revisá los datos oficiales de esta página para conocer la información vigente sobre montos y actualizaciones, porque esos datos pueden modificarse.
Pedí copia de la resolución y de los fundamentos del rechazo. Revisá qué documento o hecho considera insuficiente ANSES y buscá prueba concreta para responder: partidas, constancias de domicilio, recibos, registros laborales, documentación médica o testigos, según el motivo. Guardá la constancia de notificación: desde ella pueden empezar a correr plazos para recurrir o reclamar. Un estudio previsional puede analizar si conviene ampliar la prueba, presentar un recurso administrativo o acudir a la justicia.
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