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No me pagan el flete o la tarifa acordada

Si no te pagan el flete la respuesta depende de tres cosas: qué contrato firmaron, qué prueba tenés de la prestación y si el deudor tiene bienes para ejecutar. Lo primero es reunir la documentación que acredite el acuerdo y la prestación y reclamar por escrito de forma fehaciente: esa carta puede resolver muchos casos. Si no alcanza, hay alternativas administrativas y judiciales; elegirlas depende de la naturaleza del contrato y de quién sea la contraparte.

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Abogados especializados en este caso

FFI Abogados — Buenos Aires
★ 5,0 (111) Derecho Marítimo y… FFI Abogados (CABA) combina litigio procesal y asesoramiento en áreas sensibles: amparos de salud, derecho civil (daños y perjuicios, sucesiones, alquileres y desalojos), derecho … Buenos Aires
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Villa, Carnero, Agotborde y Asociados - asesoría jurídica. — Buenos Aires
★ 5,0 (25) Derecho Marítimo y… Villa, Carnero, Agotborde y Asociados, con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, combina práctica en Derecho Mercantil, Derecho Laboral y Derecho Administrativo … Buenos Aires
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LegalThink — Buenos Aires
★ 4,9 (38) Derecho Marítimo y… LegalThink es un estudio jurídico boutique de Buenos Aires orientado al marco legal de los negocios y a proyectos de triple impacto. Fundado en … Buenos Aires
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Estudio Jurídico Ramírez — Villa Adelina
★ 5,0 (28) Derecho Marítimo y… Estudio Jurídico Ramírez & Asociados, dirigido por la Dra. Sandra P. Ramírez, ofrece asesoramiento integral en Villa Adelina en áreas concretas como sucesiones, derecho … Villa Adelina
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Estudio Jurídico Venturini — Buenos Aires
★ 4,8 (10) Derecho Marítimo y… Estudio Jurídico Venturini (CABA) ofrece asesoramiento y patrocinio en derecho laboral, con especial experiencia en derecho laboral marítimo, fluvial y portuario, además de intervenciones … Buenos Aires
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Estudio Jurídico Lovera & Asoc. — Tigre
★ 4,9 (31) Derecho Marítimo y… Estudio Jurídico Lovera & Asoc. reúne un equipo multidisciplinario con presencia online que atiende sociedades, derecho inmobiliario, laboral y familia/sucesiones, además de prácticas en … Tigre
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Nicholson y Cano — Buenos Aires
★ 4,1 (99) Derecho Marítimo y… Nicholson y Cano es una firma de abogados full service con sede en CABA (San Martín 140). La firma publica 20 áreas de práctica … Buenos Aires
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Abeledo Gottheil Abogados — Buenos Aires
★ 4,4 (20) Derecho Marítimo y… Abeledo Gottheil Abogados es una firma full‑service con sede en Puerto Madero (Av. Eduardo Madero 1020, piso 5, CABA). Fundada en 1963, el estudio … Buenos Aires
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López Saavedra & Villarroel - Estudio Jurídico — Buenos Aires
★ 3,9 (20) Derecho Marítimo y… López Saavedra & Villarroel (LSVA) es un estudio jurídico con sede en San Martín 662, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que presta asesoramiento integral … Buenos Aires
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Schlagel & Canale — Buenos Aires
★ 5,0 (2) Derecho Marítimo y… Schlagel & Canale es un estudio jurídico con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Av. Callao 420, Piso 6º, Depto. A) especializado … Buenos Aires
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Franza & Asociados — La Plata
★ 4,0 (5) Derecho Marítimo y… Franza & Asociados, con sede en Calle 16 Nro 638 (La Plata), es un estudio jurídico que reúne un equipo multidisciplinario orientado a penal, … La Plata
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RESPONSA PRUDENTIUM — Buenos Aires
★ 4,5 (6) Derecho Marítimo y… RESPONSA PRUDENTIUM combina más de tres décadas de experiencia en comercio internacional y derecho marítimo con asesoramiento corporativo para empresas importadoras, exportadoras, navieras, terminales … Buenos Aires
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Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen — Buenos Aires
★ 3,7 (15) Derecho Marítimo y… Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen (PAGBAM) es un despacho con sede en Buenos Aires (Suipacha 1111, Piso 18) y presencia regional en Santiago … Buenos Aires
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Carrara Abogados — Rosario
★ 3,7 (7) Derecho Marítimo y… Carrara Abogados es un estudio de Rosario con más de siete décadas de trayectoria (fundado en 1946) que ofrece asesoramiento integral a empresas, organizaciones … Rosario
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Recupero Abogados. — Buenos Aires
★ 2,4 (43) Derecho Marítimo y… Silva Ortiz, Alfonso, Pavic & Louge (oficina en Av. Córdoba 1345, Piso 11, C1055AAD, Buenos Aires) ofrece servicios especializados de recupero de activos y … Buenos Aires
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Salvat - Etala & Saravi — Buenos Aires
★ 3,4 (9) Derecho Marítimo y… Salvat, Etala & Saraví es un estudio de abogados con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dedicado principalmente al derecho societario y … Buenos Aires
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R.A.I.S. | Estudio Jurídico, Regulatorio, Logístico y Contable. — Buenos Aires
Derecho Marítimo y… R.A.I.S. combina asesoría jurídica, contable y regulatoria para empresas de la industria alimentaria, farmacéutica, logística y comercio internacional. El estudio, con sede en Olivos, … Buenos Aires
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Lisola Abogados — Buenos Aires
★ 4,8 (0) Derecho Marítimo y… Lisola Abogados (Reconquista 954, CABA) es un estudio fundado en 1988 que combina práctica en derecho comercial y societario con una sólida especialización en … Buenos Aires
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Eskenazi Corp — Buenos Aires
★ 5,0 (0) Derecho Marítimo y… Eskenazi Corp —Consultoría Jurídica & Financiera en Olivos— combina asesoramiento legal y contable orientado a empresas, bancos y aseguradoras. Ofrece servicios de Abogados de … Buenos Aires
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DRA GISELE FICARRA Abogada B.Maritimo — Berazategui
★ 5,0 (2) Derecho Marítimo y… Dra. Gisele Ficarra es abogada matriculada en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (matr. T.97 F.744) y ofrece en Berazategui asesoramiento … Berazategui
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¿Tienes razón?

No puedo decirte «sí» o «no» sin ver papeles, pero hay tres factores que determinan si tu reclamo tiene peso. Primero: el contrato. Si existe un contrato por escrito (charter party, contrato de transporte, conocimiento de embarque o booking confirmation) que establece precio y condiciones, tu posición es más clara. Segundo: la prestación. Si podés probar que cargaste la mercadería, que el buque zarparó o que prestaste el servicio pactado, eso respalda la factura. Tercero: la solvencia y la conducta del deudor. Si el deudor reconoce la deuda o ofreció pagar y no cumplió, es fuerte; si dice que no corresponde o que hubo daños, necesitás prueba técnica.

Si tu acuerdo fue verbal, no significa necesariamente que estés sin recursos: recibos, mails, mensajes, órdenes de embarque y testigos pueden completar el cuadro. En cambio, si firmaste un recibo que admite pago, eso complica tu posición. También importa si la contraparte es un particular, una empresa local, un importador/exportador extranjero o un armador: eso cambia la vía posible de cobro.

Cómo se soluciona

1) Reunir toda la prueba que tenés. Copias del contrato (charter party, booking, conocimiento de embarque), facturas, remitos, certificados de zarpe, cartas de porte, comunicaciones por mail o WhatsApp, y comprobantes bancarios. Exportá chats y guardá PDF de correos. Si hubo entrega de mercadería, buscá la constancia de recepción y fotos del estado de la carga.

2) Emitir una reclamación fehaciente. Mandá una carta documento o telegrama (según corresponda) reclamando el pago, con detalle de lo adeudado y la fecha de prestación. Conservá constancias de envio y recepción. Esto obliga a la otra parte a tener una respuesta formal y, muchas veces, evita que aleguen desconocimiento.

3) Evaluar la vía administrativa o arbitral. Revisa el contrato: puede exigir arbitraje o una jurisdicción concreta. Si hay cláusula arbitral, suele ser previa a acudir a la justicia ordinaria. Si tu cliente es un consumidor o se aplica la Ley de Defensa del Consumidor, puede haber instancias administrativas a considerar.

4) Intentar una solución negociada. Muchas partidas se arreglan con una propuesta de pago fraccionado o con retenciones menores para evitar juicio. Si te ofrecen un acuerdo, pedí que conste por escrito y que incluya fechas y garantías.

5) Iniciar juicio de cobro o ejecutivo. Si hay título que permita ejecución (por ejemplo una factura con reconocimiento, un pagaré, o un conocimiento de embarque que funcione como título ejecutivo) podés iniciar la vía correspondiente. Si la contraparte es extranjera, puede requerir acciones sobre garantías, cartas de crédito o medidas cautelares sobre la carga.

Qué podés hacer hoy: recopilá todo, exportá conversaciones y mandá una intimación fehaciente. Si te ofrecen un pago parcial, registralo por escrito antes de aceptar.

Qué puede pasar

1) Se arregla con una carta. Es muy frecuente: la intimación fehaciente provoca que la otra parte proponga un pago o un calendario. A veces alcanza con que aceptes una quita o un pago diferido. Un arreglo aporta rapidez y evita costos, y puede ser la mejor opción si la otra parte demuestra capacidad de pago razonable.

2) Acuerdo o conciliación. Llegar a un acuerdo a través de mediación o negociación formal reduce riesgos: no hay costas de juicio y recibís dinero más rápido que con un proceso. Un acuerdo mal redactado puede complicarte después; exigí respaldo bancario o garantía si el importe o la solvencia del deudor lo ameritan.

3) Juicio. Si no hay acuerdo, podés iniciar un juicio de cobro. El resultado depende de la prueba y de la procedencia del título ejecutivo. Si perdés, el juzgado puede condenarte a costas. Y si ganás, cobrar depende de la solvencia del condenado; una sentencia contra un bankrupt o una empresa sin activos puede ser difícil de ejecutar.

Y si ganás, ¿cobrás? Una sentencia no garantiza la percepción inmediata: primero hay que ejecutar, embargar bienes o cuentas, o trabar medidas sobre la carga o sobre créditos. Si el deudor no tiene bienes, la sentencia puede quedar como un título cierto pero de difícil cobro.

Errores que arruinan el caso

  • No conservar mensajes ni exportar chats. Un WhatsApp puede probar un acuerdo, pero hay que exportarlo correctamente.
  • No intimar fehacientemente antes de demandar. Perder la oportunidad de mostrar que exigiste el pago resta argumento en procedimientos que valoran la previa comunicación.
  • Firmar un recibo que admite pago sin resguardar la diferencia. Un simple «recibí en concepto de» puede interpretarse como renuncia a reclamos posteriores.
  • Aceptar un pago verbal o parcial sin prueba escrita y sin garantía para el saldo.
  • Iniciar acciones sin verificar la jurisdicción o la cláusula arbitral del contrato: un tribunal que no corresponde puede desestimar o devolver el expediente.

¿Necesitas un abogado para esto?

La primera intimación la podés hacer vos con una carta documento si te manejás; en muchos casos eso basta. Buscá asesoramiento cuando la otra parte ofrezca un acuerdo, cuando haya cláusula arbitral o cuando tengas dudas sobre la prueba técnica (estado de la carga, tiempo de demoras) o la jurisdicción. Si te ofrecen plata es el momento más claro para consultar: un abogado puede mejorar el trato y asegurar garantías. Si no tenés recursos, consultá si calificás para patrocinio o asistencia legal gratuita.

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Preguntas frecuentes sobre este caso

Sí, sirve si lo exportás correctamente y está contextualizado con otros documentos. Mensajes que acepten la deuda o confirmen condiciones pueden ser prueba, pero suelen necesitar respaldos (factura, conocimiento, testigos) para tener la misma fuerza que un contrato firmado.

Primero revisá el contrato por cláusulas sobre jurisdicción o arbitraje y si hay cartas de crédito o garantías bancarias. Podés intimar por los canales formales y explorar medidas sobre la carga o sobre manifiestos en el puerto. La ejecución internacional requiere pasos adicionales y asesoría especializada.

La posibilidad de retener depende del título que tengas y del tipo de contrato; hacerlo sin respaldo legal puede exponerte a demandas por retención indebida. Lo aconsejable es intimar y, si tenés la carga bajo tu custodia, consultar con un abogado antes de tomar medidas.

Puede convenir si la alternativa es no cobrar nada. Antes de aceptar, pedí que el pago quede por escrito y que incluya garantías del saldo o una quita acordada. Evaluá los costos y tiempos de ir a juicio frente a la propuesta.

Contrato o booking, conocimiento de embarque o carta de porte, factura, remitos, comprobantes de entrega, comunicaciones por mail/WhatsApp exportadas y cualquier certificado de prestación (zarpe, manifiesto). Si falta un documento, reforzá con testigos o reportes técnicos.

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